13 DE MAYO DE 2019

Tipo de documento

En Lezo, siendo las 8:00horas del lunes, 13 de mayo de 2019, se celebra en la Sala de Gobierno la SESIÓN ORDINARIA de la Junta de Gobierno Local, que tiene lugar en primera convocatoria, bajo la presidencia del alcalde Jesus Maria Martiarena Jaca y con la asistencia de los/as corporativos/as Maria Noemí Arberas Oses y Miguel Ángel Sánchez Antúnez (grupo municipal EAJ-PNV).

Irlentz Ortega Ugalde (grupo municipal EAJ-PNV) y Jose Ángel Sánchez Gallardo (Socialistas Vascos) no han asistido a la reunión.

Actúa de secretario Xabier Loiola Aristi.

Antes de proceder al examen y votación de los asuntos del orden del día enviado junto con la convocatoria, el Alcalde propone a la Junta de Gobierno Local tratar con urgencia la propuesta para la corrección de error detectado en las bases aprobadas para la selección de un/a Técnica/o de Modernización e Innovación. Justifica dicha urgencia en que el proceso selectivo se ha iniciado y al ser una corrección de error en relación a una de las pruebas interesa realizar la corrección cuanto antes. Los tres miembros presentes de la Junta de Gobierno Local aprueban por unanimidad la urgencia, por lo que se procede al examen del tema en la sesión ordinaria de hoy. Dicho asunto se incluirá como punto 8 del orden del día.

APROBACIÓN DE ACTA.

1. Aprobación, si procede, del acta de la sesión celebrada el día 30 de abril de 2019 (2019ID210008).

Se aprueba el acta sin ninguna observación.

URBANISMO, OBRAS Y SERVICIOS

2. Propuesta para comprar el 80 % de la parcela 01- 136 ofrecida al Ayuntamiento (2018H0380002).

Mediante escrito presentado en el registro municipal del Ayuntamiento de Lezo con fecha de 29 de octubre de 2018 (código de entrada: 2545), don I.O.H. realiza una oferta de venta al Ayuntamiento de una parcela de su propiedad; concretamente, el 80% de la parcela 01-136 recogida en el catastro de Lezo.

Junto con la oferta presenta el plano de situación de la parcela, así como un certificado, en el que se indica que su superficie total es de 8.880 m2. De acuerdo con lo mencionado por el interesado, es una parcela compuesta por árboles de diferentes tipos; la mayoría son robles autóctonos, aunque también hay hayas, castaños, pinos y plataneros.

En su escrito el interesado ofrece un precio de 2,75 euros/m2. Teniendo en cuenta que se ofrece el 80% de una parcela de 8.880 m2, el precio total sería de 19.536 euros.

La Junta de Gobierno Local con fecha 28 de enero de 2019 acordó informar favorablemente la compra del 80% de la parcela citada por un precio inferior a 0,45 €/m².

Con objeto de concretar el precio final por m², en conversaciones mantenidas por representantes del Ayuntamiento con I.O.H. se ha acordado un precio de 0,25 €/m²

Por todo lo anterior, a propuesta de este Concejal Delegado de Urbanismo, Medio Ambiente, Obras y Servicios la Junta de Gobierno Local ACUERDA:

PRIMERO: Comprar el 80 % de la parcela 01-136 ofrecida al Ayuntamiento por I.O.H..

SEGUNO: Teniendo en cuenta el informe del Departamento de Desarrollo Rural, Litoral y Políticas Europeas del Gobierno Vasco, de marzo de 2018, y las características de la parcela que se ofrece, establecer un precio de 0,25 euros/m2 para la compra de la parcela 01-136.

CULTURA

3. Propuesta para validar la clasificación de las propuestas para el contrato de un servicio que contemplará la infancia de manera integral (ludoteca, colonias de verano y control de entradas) de 2019 a 2023 y requerir al primer clasificado para que entregue documentación (2018ID170003).

La Junta de Gobierno Local, en la sesión ordinaria celebrada el 25 de febrero de 2019, aprobó el expediente para la contratación de un servicio integral para la infancia (ludoteca, colonias abiertas y control de entrada de espectáculos) desde 2019 a 2023.

Tramitado el expediente, y de conformidad a los informes técnicos obrantes en el mismo, a propuesta de la Mesa de contratación la Junta de Gobierno Local ACUERDA:

PRIMERO: Validar la clasificación de las propuestas:

1.- Hezkide Eskola.

SEGUNDO: Requerir al primer clasificado para que dentro del plazo de diez (10) días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, entregue la documentación que se especifica en la cláusula 33.2.1 del PCAP que rigen la presente licitación.

Se exceptuará de dicha cláusula la siguiente documentación:

- La garantía definitiva del 5% recogida en el punto l).

Este último documento junto a la póliza de responsabilidad civil requerida en la cláusula 38.4 del PCAP se entregarán antes de firmar el contrato, una vez que el Alcalde dicte la resolución de adjudicación, y finalizado el plazo de 15 días hábiles para interponer el recurso especial en materia de contratación.

TERCERO: Advertir al primer clasificado que según la cláusula 33.2.3 del mismo PCAP, de no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que la empresa licitadora ha retirado su oferta.

CUARTO: Facultar al alcalde para que proceda a adjudicar el contrato al primer clasificado en cuanto presente la documentación requerida, siempre y cuando esta sea conforme y se entregue dentro del plazo requerido. Asimismo, facultar al Alcalde para firmar cuantos documentos públicos y privados sean precisos para la formalización de este acuerdo y, en su caso, la formalización del contrato de servicio correspondiente.

PERSONAL

4. Propuesta para aprobar del Plan de Empleo de Lezo para el año 2019 y encomendar a Oarsoaldea, S.A. los trabajos de asistencia técnica y ejecución del plan (2019PE110001)

Este Ayuntamiento, en los últimos años, viene aprobando lo que se ha denominado “plan de empleo propio” para la contratación de personas desempleadas del municipio, que se financia con cargo al presupuesto municipal

En el presente ejercicio 2019, se ha considerado conveniente en un principio contratar un oficial albañil y un peón.

En años anteriores, la relación jurídica entre el Ayuntamiento de Lezo y la Agencia de Desarrollo Comarcal OARSOALDEA, para el desarrollo del “plan de empleo propio” venía a formalizarse mediante un Convenio de Colaboración aprobado y suscrito entre las partes. Sin embargo, en el año 2018 OARSOALDEA S.A. pasa a tener la consideración de medio propio de los Ayuntamientos de Errenteria, Lezo, Pasaia y Oiartzun, quienes podrán conferirle encargos en todos los ámbitos materiales que integran el objeto social de la sociedad.

Ante esta nueva situación el Ayuntamiento de Lezo estima oportuno proceder al encargo de determinadas tareas a la Agencia de desarrollo comarcal Oarsoaldea S.A., con el fin de materializar el plan de empleo propio del año 2019.

Por todo lo expuesto y vistos los informes del Secretario, Interventor y del técnico de Oarsoaldea a propuesta de esta Alcaldía la Junta de Gobierno Local ACUERDA:

PRIMERO: Aprobar el Plan de Empleo Propio de Lezo para el año 2019, y contratar en principio un oficial albañil y un peón.

SEGUNDO: Encargar a la agencia de desarrollo comarcal y medio propio del Ayuntamiento de Lezo, OARSOALDEA, SA la realización de los trabajos denominados de asistencia técnica y ejecución del plan de empleo propio de Lezo para el año 2019.

TERCERO: Establecer en concepto de compensación tarifaria a percibir por el medio propio por la ejecución del encargo la cantidad de 21.944,89€, 18.937,69 € por los costes de las contrataciones laborales a efectuar y 3.007,20 € por tarifa de encargo a la agencia.

CUARTO: Autorizar y disponer un gasto a favor de OARSOALDEA, SA por importe de 21.944,89€. El gasto se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria del capítulo 4 (partida1.421.99.241.00).

QUINTO: El encargo a OARSOALDEA entrará en vigor el día siguiente de la publicación del presente acuerdo en el perfil de contratante y finalizará el día 31 de diciembre de 2019, sin perjuicio de que este plazo de ejecución podrá ser ampliado de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula 7 de esta resolución.

SEXTO: El presente encargo se regirá por las siguientes: CLÁUSULAS:

1.- Ámbito de aplicación subjetivo.

El presente encargo tiene naturaleza instrumental y no contractual, por lo que, a todos los efectos se constituye mediante esta resolución una relación de carácter interno, dependiente y subordinado. Este encargo, se configura, por tanto, como una orden de ejecución que se ha de llevar a cabo conforme a las instrucciones que fija unilateralmente el Ayuntamiento. OARSOALDEA, S.A. no es un tercero en esta relación, sino que actúa como medio propio personificado del Ayuntamiento de Lezo. La actuación de OARSOALDEA, S.A. deberá ser realizada bajo las instrucciones del ayuntamiento.

2.- Objeto del encargo.

Los trabajos a ejecutar se corresponderán con la relación de los trabajos descritos en los antecedentes de este acuerdo.

3.- Dirección del encargo.

Oarsoaldea, S.A. designara designará un interlocutor responsable a los efectos de cualquier gestión relacionada con el desarrollo de los trabajos encomendados y lo notificará al Ayuntamiento.

Asimismo, el Ayuntamiento designará las personas encargadas de la coordinación y supervisión del presente encargo.

4.- Régimen económico y financiero.

El presupuesto se ha establecido de conformidad con los trabajos y detalle de costes del informe del técnico de Oarsoaldea, que no se encuentra sujeto a IVA.

El Ayuntamiento no asumirá ninguna responsabilidad por la relación contractual de los contratos laborales.

5.- Abono de los trabajos.

El abono de los trabajos efectuados en desarrollo al plan de empleo se efectuará de la siguiente forma:

  • 40% al inicio de las contrataciones.
  • 40 % a los dos meses
  • 20 % una vez finalizado el plan de empleo y presentada la memoria.

    El abono de la tarifa de encargo a la agencia se realizará dentro del ejercicio del año 2019.

    Finalizada la actuación se realizará el correspondiente reconocimiento administrativo y liquidación por parte del Ayuntamiento en el plazo máximo de seis meses.

    6.- Subcontratación.

    OARSOALDEA, S.A. podrá requerir la colaboración de empresarios particulares en los términos de la Ley de Contratos del Sector Público, sin que el importe de dicha colaboración pueda ser igual o superior al 50 por ciento del importe total del proyecto, salvo autorización del Ayuntamiento al amparo de lo establecido en el artículo 32 de la Ley de Contratos del Sector Público.

    Excepcionalmente podrá superarse dicho porcentaje de contratación siempre que el encargo al medio propio se base en razones de seguridad, en la naturaleza de la prestación que requiera un mayor control en la ejecución de la misma, o en razones de urgencia que demanden una mayor celeridad en su ejecución.

    7.- Plazo de vigencia y entrada en vigor.

    El encargo a OARSOALDEA S.A. entrará en vigor el día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el perfil de contratante y finalizará el día 31 de diciembre.de 2019. En el supuesto de que no se hubieran concluido los trabajos contenidos en el encargo, el plazo de ejecución se podrá ampliar, previa petición motivada de OARSOALDEA, S.A. antes de la finalización del mismo. La ampliación del plazo de ejecución no excederá de la mitad del plazo establecido inicialmente en el encargo formulado, y se otorgará por Resolución de Alcaldía.


    8.- Régimen en caso de discrepancias.

    Las controversias que pudieran plantearse sobre la interpretación y ejecución del presente encargo serán resueltas de forma ejecutiva por el Ayuntamiento de Lezo y se comunicarán a OARSOALDEA, S.A. teniendo las mismas, consideración de orden de ejecución del presente encargo. En todo lo no previsto se aplicará, analógicamente, lo dispuesto en la normativa de contratación pública para resolver las dudas y lagunas que surjan con relación a las incidencias de carácter técnico que se planteen en la ejecución del encargo. En ningún caso serán de aplicación los aspectos que, por su propia naturaleza, sean incompatibles con el carácter instrumental de la relación.

    SEPTIMO: Designar al empleado municipal K.E.S., persona encargada de la coordinación y supervisión del presente encargo.

SERVICIOS SOCIALES

5. Propuesta para aprobar el convenio del año 2019 entre el Ayuntamiento de Lezo y la Asociación para el Desarrollo Rural Behemendi (2019GZ360003).

Examinado el expediente para el convenio entre el Ayuntamiento de Lezo y la Asociación para el desarrollo Rural Behemendi para el año 2019, a propuesta de la Concejal delegada de Servicios Sociales, la Junta de Gobierno Local ACUERDA:

PRIMERO: Aprobar el convenio del año 2019 entre el Ayuntamiento de Lezo y la Asociación para el Desarrollo Rural Behemendi.

SEGUNDO: Aprobar a la Asociación para el Desarrollo Rural Behemendi una subvención de 6.000€ para impulsar el servicio de transporte Bidez-Bide (AD-366).

TERCERO: El Ayuntamiento de Lezo realizará el pago de la subvención a la Asociación para el Desarrollo Rural Behemendi en dos plazos. El 70% de la subvención se pagará a la aprobación de la misma y el 30% restante tras la justificación del gasto.

6. Propuesta para conceder el servicio de ayuda domicilio (2019GZ010002).

Vista la solicitud de ayuda domiciliaria realizada por E.R.G. y el informe social realizado por la trabajadora social, a propuesta de la Concejal delegada de Servicios Sociales, la Junta de Gobierno Local ACUERDA:

PRIMERO: Conceder el servicio de ayuda domicilio a E.R.G. El servicio será de atención personal y se dará de lunes a viernes en dos sesiones de una hora. La dedicación del servicio se podrá ampliar o reducir en función de las necesidades.

SEGUNDO: La aportación económica por el servicio será en un principio de 4,53€/hora. Una vez actualizada la pensión y una vez aclarada las posiciones actualizadas de las cuentas de la beneficiaria del servicio, se revisará dicha aportación.

7. Propuesta para conceder el servicio de ayuda domicilio (2019GZ010003).

Vista la solicitud de ayuda domiciliaria realizada por E.L.E. y el informe social realizado por la trabajadora social, a propuesta de la Concejal delegada de Servicios Sociales, la Junta de Gobierno Local ACUERDA:

PRIMERO: Conceder el servicio de ayuda domicilio a E.L.E. El servicio será de atención personal y mantenimiento del hogar, y se dará de lunes a viernes de forma díaria en sesiones de una hora. La dedicación del servicio se podrá ampliar o reducir en función de las necesidades.

SEGUNDO: la aportación económica por el servicio será en un principio de 11,51€/hora. Una vez actualizada la pensión y una vez aclarada las posiciones actualizadas de las cuentas de la beneficiaria del servicio, se revisará dicha aportación.

PERSONAL

8. Propuesta para la corrección de error detectado en las bases aprobadas para la selección de un/a Técnica/o de Modernización e Innovación (2019PE090001).

Examinadas las bases aprobadas por la Junta de Gobierno Local el 28/01/2019 para la selección de un/a Técnica/o de Modernización e Innovación, se ha detectado un error en el texto en castellano de dichas bases.

En la cláusula décima: Fase de oposición, en el cuarto ejercicio pone “Obligatorio y no eliminatorio” y debe de poner “Obligatorio y eliminatorio” tal como reza en las bases en euskara, texto original en el que se elaboraron las bases.

En su vista, a propuesta de esta Alcaldía la Junta de Gobierno Local ACUERDA:

PRIMERO: Corregir la cláusula décima de las bases en castellano aprobadas por la Junta de Gobierno Local el 28/01/2019 para la selección de un/a Técnica/o de Modernización e Innovación.

En la cláusula décima: Fase de oposición, en el cuarto ejercicio pone “Obligatorio y no eliminatorio” y debe de poner “Obligatorio y eliminatorio”.

SEGUNDO: Publicar el acuerdo en el BOG.

ALCALDÍA Y DELEGADOS

9. Dación de cuenta de resoluciones de Alcaldía.

El alcalde da cuenta de las resoluciones adoptadas desde la celebración de la última Junta de Gobierno, desde el 30 de abril de 2019.

RUEGOS Y PREGUNTAS

10Ruegos y preguntas

No ha habido ruegos ni preguntas.

Cierre del acta.

Y no habiendo más asuntos que tratar, siendo las 8:30 horas, la presidencia da por finalizada la sesión, levantándose la presente acta en las hojas oficiales números 1432897 al 1432903, de todo lo cual doy fe, con el visto bueno de Alcaldía.

Eguna