23 de Enero de 2003

Tipo de documento

En Lezo, siendo las 10:15 horas del día 23 de enero de 2003, se celebra en la Sala de Comisiones de Gobierno la SESION ORDINARIA de la Comisión de Gobierno, que tiene lugar en primera convocatoria, bajo la presidencia del alcalde, Aitor Sarasola Salaberria y con la asistencia de los siguientes corporativos: Mikel Mitxelena Iza e Inmaculada Muñoz Martínez.

Actúa de secretario Xabier Loiola Aristi.

APROBACIÓN DE ACTA.

1.- Aprobación, si procede, del acta de la sesión celebrada el 19 de diciembre de 2002.

Se aprueba por unanimidad el acta de la sesión celebrada el 19 de diciembre de 2002.

ALCALDIA

2.- Informes y dación de cuenta de Alcaldía.

El alcalde da cuenta del Decreto 17 de 2003. Por el mismo se resuelve conceder a José Ramón Cuesta Garmendia la adjudicación del quiosco situado en el cruce entre Avenida Jaizkibel y calle Aralar. La Comisión de Gobierno ratifica la resolución.

3.- Propuesta para aprobar el Manual de Identidad Corporativa del Ayuntamiento de Lezo.

La Comisión de Gobierno, en sesión celebrada el 29 de noviembre de 2002, dio el visto bueno al manual de identidad del Ayuntamiento de la Universidad de Lezo.

Así mismo se acordó informar al resto de corporativos sobre dicho documento, a fin de que realicen sus aportaciones en el plazo de 15 días.

Respondiendo a dicha invitación, Iñake Urrestarazu y Kepa Garbizu, en nombre de sus grupos respectivos, han expuesto algunas advertencias y peticiones: primero, porque no está claro si la resolución está definitivamente adoptada o no, ya que el acuerdo aprobado por la Comisión de Gobierno y lo publicado en "Udal Albistaria" de diciembre no coinciden; segundo, no se concreta dónde y cuándo se van a utilizar el "escudo de armas" y la "figura"; tercero, aclarar si quienquiera puede utilizar el escudo de armas sin condiciones; y, cuarto, el cambio de los escudos de armas del pueblo tiene su tramitación legal y, según la misma, no se puede realizar por simple acuerdo de la Comisión de Gobierno.

Sobre la primera petición, decir que la resolución definitiva no está todavía adoptada y que queríamos adoptarla tras escuchar a los corporativos y que así lo haremos. Sobre la segunda advertencia, decir que tiene razón y que el manual no tiene ninguna precisión para concretar el uso entre las dos figuras. Es conveniente recoger dicha precisión en el libro. He propuesto diferenciar y hacer constar de la siguiente forma el uso de ambas figuras. Usar el "escudo de armas" en los actos o actuaciones de protocolo y la nueva figura o "logo" usarlo como imagen del ayuntamiento en los actos o actividades administrativas. Sobre la tercera alusión, decir que el "escudo de armas", aún siendo del Ayuntamiento, al igual que los otros símbolos cualesquiera, es un símbolo que está a disposición de todos los ciudadanos. Sobre la ley de tramitación necesaria para la modificación del escudo de armas que se menciona en el cuarto punto, decir que en este manual no se propone modificación alguna de escudo de armas, al contrario, se limita a recoger las descripciones que hay sobre el escudo de armas de Lezo.

Por todo ello, aceptando la petición realizada por los citados concejales para aclarar el uso entre las dos figuras, el Alcalde propone aprobar definitivamente el manual y la Comisión de Gobierno ha aprobado la propuesta.

El alcalde manifiesta que, tras la aprobación del manual, el próximo mes se realizarán las adaptaciones y modificaciones necesarias y se ha previsto poner en marcha los nuevos modelos en marzo.

URBANISMO Y SERVICIOS

4.-Concesión de licencia de obras para rehabilitar cubierta y fachada de Apaiziartza Berri.

Margarita y Juncal presentan con fecha 23 de diciembre de 2002, proyecto de rehabilitación de cubierta y solicitan licencia de obras tanto para la rehabilitación de la cubierta como para la fachada del caserío Apaiziartza Berri.

Visto el informe del técnico municipal, la Comisión de Gobierno adopta el siguiente acuerdo:

PRIMERO: Conceder a las interesadas, licencias de obra para rehabilitación de cubierta y de la fachada del caserío Apaiziartza Berri, debiendo realizar dichas obras en un plazo de dos meses.

SEGUNDO: Por los derechos de expedición de la licencia deberá abonar la cantidad de 540,35 euros. (El impuesto sobre construcciones asciende a la cantidad de 504,30 euros y la tasa por obra, 36,05 euros).

5.- Informar favorablemente el expediente de actividades que se tramita a instancia de Antonio Etxebeste Etxeberria, en representación de Chatarrería Zubitxo, para habilitar el pabellón sito en el nº 22 de Txatxamendi kalea, (Ipintza Industrialdea) con destino a ejercer la actividad de chatarrería.

Examinado el expediente de actividades que se tramita a instancia de Antonio Etxebeste Etxeberria, en representación de Chatarrería Zubitxo, y visto el informe del técnico municipal, la Comisión de Gobierno adopta el siguiente acuerdo:

PRIMERO: Informar favorablemente el expediente de actividades que se tramita a instancia de Antonio Etxebeste Etxeberria, en representación de Chatarrería Zubitxo, para habilitar el pabellón sito en el nº 22 de Txatxamendi kalea, (Ipintza Industrialdea) con destino a ejercer la actividad de chatarrería.

SEGUNDO: Elevar el expediente al Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente del Gobierno Vasco, a fin de que procedan a imponer las medidas correctoras que correspondan.

BIENESTAR SOCIAL

Se ha acordado adelantar el punto 9 del orden del día al punto 6, para resolver primero los criterios de ayudas y posteriormente las ayudas.

6.- Fijar criterios para la distribución de las ayudas de emergencia social y ayudas a familias.

Vistas las solicitudes de ayuda de emergencia social recibidas en este Ayuntamiento de Lezo y analizada la consignación presupuestaria municipal destinada a cubrir dichas ayudas, a propuesta de la delegada de Bienestar Social, la Comisión de Gobierno acuerda lo siguiente:

PRIMERO: Aprobar los siguientes criterios para la concesión de subvenciones:

1.- Tendrán derecho a subvención los residentes que cumplan las condiciones establecidas en la Ley 10/2000 de la Carta de Derechos Sociales y en la Ley 12/1998, del 22 de mayo, Ley contra la marginación social, y se seguirá el procedimiento de tramitación recogido en la misma. Tendrán también derecho los ciudadanos que no cumplan las condiciones de las citadas leyes (especialmente las condiciones del tiempo de censo y de la edad), dependiendo en todo caso del informe realizado por la asistencia social.

2.- A cada unidad convivencial se le aprobará subvención por dos conceptos como máximo. En todo caso, y según la valoración de la asistencia social, se aceptará un tercer concepto siempre que sea necesario para posibilitar cualquier modalidad de proceso de inserción del solicitante o de algún miembro de la unidad convivencial.

3.- Las solicitudes de subvención se podrán presentar para todo el año 2003 y se aprobarán para el año entero.

4.- Los conceptos para solicitar subvención y cantidades máximas que se aprobarán por concepto son los siguientes:

a) Alquiler o crédito de la vivienda habitual: se aprobará el 50% del gasto protegible correspondiente, hasta un máximo de 270,45 euros/mes.

b) Gastos de mantenimiento de vivienda: se aprobará el 50% del gasto protegible correspondiente, hasta un máximo de 45 euros/mes.

c) Instalaciones y reparaciones: se aprobará el 50% del gasto protegible correspondiente, hasta un máximo de 45 euros/mes.

d) Electrodomésticos y muebles: se aprobará el 50% del gasto protegible correspondiente, hasta un máximo de 45 euros/mes.

e) Necesidades básicas: se aprobará el 50% del gasto protegible correspondiente, hasta un máximo de 45 euros/mes.

f) Deudas que se tengan por todos los conceptos anteriores: en base al concepto se aprobarán las cantidades mencionadas arriba.

7.- Aprobación de las ayudas de emergencia social

Visto el informe de la trabajadora social referente a las solicitudes de Ayuda de Emergencia Social y analizada la consignación presupuestaria municipal, a propuesta de la delegada de Bienestar Social, la Comisión de Gobierno acuerda lo siguiente:

PRIMERO: Aprobar la concesión de la ayuda de emergencia social a los expedientes que se adjuntan con la cantidad correspondiente.

Núm. Exp.

Concepto

Ayuda económica

198A

1

901,50

2

540

006B

1

36

2

540

667B

1

1950

2

540

675A

1

1243

2

540

294B

1

1120

483A

1

96

2

540

596B

1

1980

2

540

569ª

2

540

3

540

231B

1

1986

2

540

722

1

2280

2

540

720

1

1400

2

540

051B

1

722

306

2

540

6

372

583ª

1

1800

2

540

103ª

2

540

403B

2

540

724

2

540

002ª

1

2059,38

292

1

1068,12

2

540

519B

1

2615,22

2

540

304

1

960

32.309,22

Conceptos: 1. Alquiler e intereses y amortización de crédito.

2. Gastos de mantenimiento

3.Muebles y electrodomésticos.

4.Arreglos e instalaciones.

5 Primera necesidad.

6.Deudas.

SEGUNDO: Aprobar la concesión de un total de 32.309,22 euro. Partida 196.

TERCERO: Los beneficiarios de dichas ayudas cumplirán las siguientes obligaciones:

    • La ayuda concedida sólo podrá ser destinada a la consecución del objetivo solicitado.
    • Las subvenciones deberán ser justificadas mediante la presentación de los correspondientes recibos o facturas.
    • Comunicar los hechos sobrevenidos en relación al cumplimiento de los requisitos que pudieran dar lugar al acceso a las prestaciones
    • Comunicar cualquier cambio relativo al domicilio de residencia habitual del beneficiario.
    • Reintegrar el importe de las prestaciones indebidamente percibidas o en cuantía indebida.
    • Comparecer ante la Administración y colaborar con la misma cuando sea requerido.

8.- Solicitud de ayuda económica de Aiton Borda para organización de actividades preventivas para mayores

Vistas la solicitud de ayuda económica de Aiton Borda Erretiratuen Elkartea para llevar a cabo el programa de actividades, y analizada la consignación presupuestaria municipal destinada a cubrir dichas ayudas, a propuesta de la concejal delegado de Bienestar Social, la Comisión de Gobierno acuerda lo siguiente:

PRIMERO: Conceder a Aiton Borda Erretiratuen Elkartea una subvención de 13.508,63 euros para el desarrollo del plan 2003.

SEGUNDO: Abonar la subvención en dos plazos: el 60% a la adopción de este acuerdo y el 40% a la presentación de la memoria y el balance económico correspondiente. Partida 200.

9.- Ayudas económicas a entidades de interés social.

Vistas las solicitudes de ayuda económica realizadas por Entidades de interés social de Gipuzkoa durante el año 2002 en el Ayuntamiento de Lezo, y analizada la programación y la consignación presupuestaria municipal destinada a cubrir dichas ayudas, a propuesta de la delegada de Bienestar Social, la Comisión de Gobierno acuerda lo siguiente:

PRIMERO: Conceder a cada una de las siguientes asociaciones una ayuda económica de 203,09 euros: Ascodel, Donantes de sangre de Lezo, Cruz Roja Errenteria, Asociación Harri Beltza, Asociación Agipase, DYA, Fundación IZAN-Proyecto Hombre, Atzegi, Asociación Ademgi y Ortzadar. En total, 2031,09 euros.

SEGUNDO: Abonar la subvención tras la adopción del acuerdo. Partida 200 año 2002.

RUEGOS Y PREGUNTAS:

No hay.

Cierre del acta.

Y no habiendo más asuntos que tratar, siendo las 10:45 horas, la presidencia da por finalizada la sesión, levantándose la presente acta en las hojas oficiales números 309.787 al 309.392, que firman todos los corporativos asistentes conmigo el secretario, de todo lo cual doy fe.

Eguna