26 de marzo de 2015

Tipo de documento

En el Salón de actos de la Casa Consistorial de Lezo, siendo las 19:35 horas del día 26 de marzo de 2015, jueves, se constituye el PLENO MUNICIPAL EN SESIÓN ORDINARIA, que tiene lugar en primera convocatoria, bajo la presidencia de la alcaldesa, Ainhoa Zabalo Loiarte y con la asistencia de los siguientes corporativos: Mikel Arruti Salaberria, Ainhoa Intxaurrandieta Ezkurra, Garazi Kuesta Unzain, Angel Portugal Formoso, Naroa Tubilla Ziganda, Miren Tarragona Perez (BILDU udal taldea), Kepa Garbizu Azkue, Xubero Ubillos Apaolaza, Enrique Figueroa Laboa (EAJ-PNV udal taldea), y Mikel Antxon Arrizabalaga Brusín.

Garazi Kuesta Unzain se reincorpora en la sesión una vez comenzada; al inicio de tratarse el quinto punto del orden del día.

No ha asistido a la reunión Luis Garrido Corral (BILDU udal taldea)

Asiste el secretario municipal, Xabier Loiola Aristi que da fe del acto.

1. Aprobación, si procede, del acta de la sesión plenaria celebrada el día 29 de enero de 2015.

Se aprueba y se firma el acta.

2. Dictamen para la aprobación de la modificación de tasas y bonificaciones de la Escuela de música Tomás Garbizu (2015KO290001).

La alcaldesa lee el dictamen que dice así:

“El presidente la comisión de hacienda da cuenta de la propuesta para la aprobación de las tasas y bonificaciones de la escuela de música Tomás Garbizu, para el curso 2015/2016.

A la vista de ello, la Comisión de Cuentas y Hacienda, en sesión celebrada el 16/03/2015, con los votos favorables de los corporativos Ainhoa Zabalo, Mikel Arruti y Angel Portugal y la abstención del corporativo Kepa Garbizu,

DICTAMINA:

PRIMERO: Aprobar inicialmente la modificación de las tasas y bonificaciones de la escuela de música Tomas Garbizu para el curso 2015/2016.

SEGUNDO: Las tarifas a aplicar serán las siguientes:

GAIAK / ASIGNATURAS

Instrumento + Conjunto

301,01

Música y Movimiento 1.1 y 1.2 ó Formación Musical 3.1 y 3.2.

150,51

Música y Movimiento 1.3 ó Lenguaje Musical 2.1/2.2/2.3/2.4

161,51

Instrumento + Conjunto + Formación Musical 3.1 y 3.2

373,00

Instrumento + Conjunto + Lenguaje Musical 2.1/ 2.2/ 2.3 /2.4

384,00

2 Instrumentos + Conjunto

601,30

Cursillos: 1 hora (2 alumnos/alumnas/)

12,78 €/h

Cursillos: 1 hora (3 alumnos/alumnas)

8,52 €/h

Cursillos: 1 hora (4 alumnos/alumnas)

6,39 €/h

Cursillos: 1 hora (A partir de 4 alumnos/alumnas)

5,12 €/h

Cursillos: Alumnado de 2 y 3 años 45’ (<8 alumnos/alumnas)

5,00 €/h

Nota:
La tasa en concepto de Instrumento + Conjunto será la misma, independiente si el alumno haga o no Conjunto Instrumental-Coral.

TERCERO:
A.- BONIFICACIONES DEL PAGO DE LAS TASAS DE MATRICULA DE “TOMAS GARBIZU” LEZOKO UDALAREN MUSIKA ESKOLA

Las condiciones previas que deberán cumplir los solicitantes serán:

A-1.- Estar al corriente en el pago de todos los tributos y precios públicos municipales

B.- TENDRAN BONIFICACION EN EL PAGO DE LAS TASAS DE MATRICULA:

B-1.- El alumnado cuyos ingresos económicos no superen los ingresos establecidos en la tabla indicada en las Normas de aplicación, tendrán derecho a la bonificación correspondiente (Ver tabla).

B-2.- Cada miembro componente de familia numerosa, tendrá derecho a una bonificación del 25%

D.- NORMAS DE APLICACIÓN:

D-1.- A los efectos de la determinación del número de miembros se tomará en consideración la información obrante en la última actualización del Padrón Municipal de Habitantes.

D-2.- Las solicitudes de bonificación de tasas se presentaran en las Oficinas de la Escuela de Música en el momento de realizar la matricula y se acompañarán de la siguiente documentación:

-Certificado de Convivencia.
-En caso de solicitar “Por ingresos económicos”, deberán aportar copia de la ultima declaración de la Renta o en su caso certificado expedido por la Diputación Foral de no estar obligado a realizar dicha declaración.
- A los que aporten copia de la Declaración de la Renta se les tomará como base el apartado “TOTAL COMPONENTES POSITIVOS”.
- En caso de aportar certificado de no obligatoriedad se consideraran los baremos que la Diputación Foral de Guipúzcoa, haya estimado como ingresos máximos para no realizar dicha Declaración.

Adjuntar documento de no obligatoriedad (hacienda) y el 10-T (la empresa) o el certificado de rendimientos brutos.
(Errotaburu. Tlf: 902-100040)

En el apartado “Por familia numerosa”, el libro de familia numerosa actualizado.

D-3.- A las personas que tengan derecho a bonificación, ésta se les aplicará en el momento del pago de matricula.
D-4.- Las bonificaciones correspondientes a los párrafos B-1 y B-2 no tienen carácter acumulativo entre si. En este último caso, el beneficiario podrá optar por la que más le interese.
D-5.- La bonificación que eventualmente puede concederse, se entenderá exclusivamente para el ejercicio en que se solicite.

D-6.- Si el alumnado cumple con los requisitos que se proponen para beneficiarse de alguna de las bonificaciones de tasas, pero resulta que el curso anterior la asistencia a las clases ha sido inferior al 85%, y/o el aprovechamiento no ha sido satisfactorio se le denegara automáticamente la correspondiente petición.

E.- CURSILLOS.

E-1.- Al alumnado oficial se le aplicará una reducción del 10% en los cursillos ofertados.

E-2.- En el supuesto de no completar grupo, y si la Escuela de Música lo considera oportuno el organizar un cursillo en particular, se aplicará al ratio tiempo/alumno-alumna, el factor proporcional de la tasa estipulada para ese cursillo.

HILEKO

MENSUAL

URTEKO

ANUAL

2015

Familia unitateko kideak / Miembros Unidad Familiar

1-2

3

4

5

6

7

648,60 €

7.783,20 €

<=

90%

90%

95%

95%

95%

95%

713,46 €

8.561,52 €

>

75%

90%

90%

90%

90%

90%

778,32 €

9.339,84 €

>

50%

75%

90%

90%

90%

90%

843,18 €

10.118,16 €

>

25%

50%

75%

90%

90%

90%

908,04 €

10.896,48 €

>

0%

25%

50%

75%

90%

90%

972,90 €

11.674,80 €

>

0%

0%

25%

50%

75%

90%

1.037,76 €

12.453,12 €

>

0%

0%

0%

25%

50%

75%

CUARTO: Exponerlo al público mediante anuncio en el BOG y en el tablón de anuncios de la casa consistorial, a fin de en el plazo de un mes se estudie el expediente y poder presentar las alegaciones.

Si en dicho plazo no se recibe alegación, la ordenanza tendría la aprobación definitiva.

QUINTO: Al ser un acto de trámite no cabe recurso contra este acuerdo.

Se aprueba el dictamen con 7 votos a favor (6 BILDU udal taldea, 1 Eusko Sozialistak-Socialistas Vascos) eta 3 abstentziokin (EAJ-PNV udal taldea)

3. Propuesta: Cambio de la valoración de los méritos específicos de los funcionarios de habilitación nacional (2015PE100002).

La alcaldesa señala que se informó de la propuesta de la Comisión de Hacienda, aunque, al no estar recogida en el orden del día, no se dictaminó el tema. Al no haberse dictaminado la propuesta en la comisión, el pleno municipal debe aprobar de manera previa el tratamiento de la propuesta en el pleno. Tras realizar la votación, se acuerda tratar el tema, con 9 votos a favor (6 del grupo municipal BILDU, 3 del grupo municipal EAJ-PNV) y una abstención (Eusko Sozialistak-Socialistas Vascos).

La alcaldesa lee la propuesta que dice así:

“Las bases del concurso para la provisión de los puestos reservados a funcionarios de habilitación nacional fueron aprobadas por el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el 04/01/1994.

En dicho acuerdo se determinó la valoración individual de los méritos específicos en base a los 7,5 puntos que el Ayuntamiento tenía derecho a puntuar.

La ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la administración local ha reducido los puntos que el Ayuntamiento tenía derecho a puntuar, pasando éstos de 7,5 a 1,5 puntos.

Por todo ello el Ayuntamiento tiene que adecuar la baremación de los méritos específicos a la citada Ley y determinar la nueva puntuación de los mismos.

Por otra parte teniendo en cuenta que los méritos específicos están incluidos en la Relación de Puestos de Trabajo, este cambio de baremación también tendrá que ser recogida en la Relación de Puestos de Trabajo de 2015.

En su vista esta alcaldía eleva al Ayuntamiento Pleno, la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

PRIMERO: Aprobar la nueva valoración de los méritos específicos de los funcionarios de Habilitación Nacional. La nueva valoración es la siguiente:

Puesto de Interventor

1) Servicios prestados. Por servicios prestados en Intervención: 0,04 puntos por mes, siendo el máximo de puntos por este concepto de 0,9 puntos.

2) Cursos y diplomas. Por cada curso realizado convocado por el IVAP u otra entidad oficial de la Comunidad Autónoma, de 20 horas de duración como mínimo. Se valorará 0,1 punto por cada curso, no pudiendo exceder la valoración por este concepto de 0,6 puntos.

Puesto de Secretaría

1) Servicios prestados. Por servicios prestados en Secretaría de clase2ª: 0,02 puntos por mes, siendo el máximo de puntos por este concepto de 0,9 puntos.

2) Cursos y diplomas. Por cada curso realizado convocado por el IVAP u otra entidad oficial de la Comunidad Autónoma, de 20 horas de duración como mínimo. Se valorará 0,1 punto por cada curso, no pudiendo exceder la valoración por este concepto de 0,6 puntos.

SEGUNDO: Recoger en la Relación de Puestos de Trabajo de 2015 la nueva valoración de los méritos específicos de los funcionarios de Habilitación Nacional.

TERCERO: Ratificar el decreto de alcaldía D15/00165 de fecha 11/02/2015, en el que se aprobaba por urgencia la nueva valoración de los méritos específicos.

CUARTO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).
Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
De presentar recurso debe dirigirse al Ayuntamiento Pleno.
b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.
Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.”

Se aprueba la propuesta con 9 votos a favor (6 del grupo municipal BILDU, 3 del grupo municipal EAJ-PNV) y con 1 abstención (Eusko Sozialistak-Socialistas Vascos). Mikel Antxon aclara que se abstiene por no estar de acuerdo con el cambio de ley.

4. Propuesta: Aprobación del Convenio de colaboración para la ejecución del proyecto “Giltzagune” (2015UD360001).

La alcaldesa señala que se informó de la propuesta de la Comisión de Hacienda, aunque, al no estar recogida en el orden del día, no se dictaminó el tema. Al no haberse dictaminado la propuesta en la comisión, el pleno municipal debe aprobar de manera previa el tratamiento de la propuesta en el pleno. Tras realizar la votación, se acuerda tratar el tema, con 9 votos a favor (6 del grupo municipal BILDU, 3 del grupo municipal EAJ-PNV) y una abstención (Eusko Sozialistak-Socialistas Vascos).

Lee la moción la alcaldesa. Dice así:

“Al objeto de facilitar a los servicios de emergencias sanitarias y de bomberos el acceso a determinados lugares municipales, restringidos al tráfico a través de pivotes y otros obstáculos que se activan mediante llaves o mandos se ha planteado desde la Diputación Foral de Gipuzkoa, en colaboración con Osakidetza la ejecución del proyecto Giltzagune.

Este proyecto consiste en la instalación de unos contenedores determinados en los pivotes y depositar en ellos las llaves o mandos que activan los pivotes de acceso a las calles de tráfico restringido o permiten la apertura de otros obstáculos de acceso, a fin de propiciar una rápida intervención.

Al entender interesante el proyecto, esta Alcaldía propone al Pleno la aprobación de la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

PRIMERO: Acordar suscribir el convenio de colaboración entre la Diputación Foral de Gipuzkoa, Osakidetza y el Ayuntamiento de Lezo para la ejecución del proyecto Giltzagune.

SEGUNDO: Facultar a la alcaldesa para la firma del convenio en nombre y representación del Ayuntamiento de Lezo.

TERCERO: Notificar el presente acuerdo al Departamento de Administración Foral y Función Pública de la Diputación Foral de Gipuzkoa y, a su vez, remitir tres ejemplares firmados por la alcaldesa. “

Se aprueba la moción por unanimidad.

5. Dar cuenta de las modificaciones al presupuesto municipal aprobadas por alcaldía (2014KO030006, 2014KO090006).

La alcaldesa da cuenta de las modificaciones al presupuesto municipal recogidos en los expedientes 2014KO030006 y 2014KO090006.

El pleno queda enterado

A continuación y antes de tratar el 6.punto del orden del día, se incorpora a la sesión la concejala Garazi Kuesta Unzain (grupo municipal BILDU )

6. Informes del Interventor municipal.

Se da cuenta al pleno del informe del Interventor Municipal realizado en un expediente de modificación de créditos en relación al cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria, del objetivo de deuda pública y de la regla de gasto.

Dichos expedientes son: 2014-KALD-0000-19-00 (2014KO030006)
2014-KALD-0000-20-00 (2014KO090006)

Asímismo se da cuenta del informe del Periodo Medio de Pago (PMP) correspondiente al año 2014.

El pleno queda enterado

7. Moción presentada por Terra SOStenible y suscrita por el grupo municipal EH BILDU sobre el rechazo a programas de geoingeniería orientados a manipular el clima (2015ALO50004).

Lee la moción la alcaldesa. Dice así:

“Moción para promover una declaración institucional de rechazo a las fumigaciones clandestinas aéreas de nuestros cielos en el marco de programas de geoingeniería orientados a manipular el clima, con grave impacto en el medioambiente y en la salud pública.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
PRIMERO:
Desde hace más de una década se están llevando a cabo fumigaciones clandestinas aéreas en nuestra provincia, por aviones fuera del control oficial de radar. Estas fumigaciones se ejecutan en el marco de programas de geoingeniería orientados a paliar el cambio climático... En realidad consisten en manipular el clima y las comunicaciones globales a través del control de la estratosfera y de la ionosfera para fines militares, prohibido por ley desde 1977.

SEGUNDO:
La manipulación del clima conlleva la capacidad para crear niebla, nubes, lluvia, tormentas, etc. Y también para deshacer la niebla, las nubes, impedir las lluvias, y fomentar la sequía prolongada..., provocando la ruptura de los recursos hídricos de un país. Se trata de un arma de control total de los recursos esenciales de un territorio: la alimentación y el agua.


TERCERO:
La destrucción de los patrones naturales del clima tiene consecuencias catastróficas para la vida en el planeta, llevándonos a un punto de no retorno. El uso de productos tóxicos en la atmósfera como las sales de aluminio, bario, titanio, y torio, de materia orgánica, de fibras, o de nanomateriales, intoxican nuestro aire, agua, y toda la cadena alimentaria, afectando a nuestra salud. El aluminio y el bario son neurotóxicos y se les relaciona con el alzheimer y el parkinson. También reducen nuestras cosechas y deciman nuestros bosques. Casualmente Monsanto ya vende semillas transgénicas y árboles resistentes al aluminio y al estrés hídrico.

CUARTO:
La manipulación del clima como arma de guerra forma y ha formado parte de la política exterior de los Estados Unidos a través de la OTAN y de las Naciones Unidas. Y está siendo llevada a cabo a nivel global desde hace más de una década, sin conocimiento ni consentimiento de la población civil, y despreciando el más elemental principio de precaución.

QUINTO:
Estos hechos se le ocultan a la ciudadanía impidiendo un debate público que tienen perdido de antemano. Mientras se elabora un marco legal dentro del contexto oficializado del cambio climático que les permitan operar dentro de la legalidad, los gobiernos niegan que estos hechos estén sucediendo. Y los ciudadanos abandonados por las instituciones que deben protegerles como el Estado y el Ejército, se ven obligados a tomar su propia defensa.

SEXTO:
En consecuencia de todo lo anterior el pasado 8 y 9 de Abril de 2013, la sociedad civil europea llevó la denuncia de estos hechos al Parlamento Europeo, habiéndose presentado una petición formal el 13 de Mayo solicitando una investigación independiente al respecto. En esta perspectiva se busca el apoyo social e institucional, - especialmente de los Ayuntamientos -, dentro de su ámbito competencial, para poner fin a estas prácticas ilícitas y destructoras'.

SÉPTIMO:
Considerando la gravedad de los hechos aquí expresados, considerando que se están violando derechos fundamentales de los ciudadanos como la seguridad y la salud pública, considerando la petición presentada al Parlamento Europeo el 13 de Mayo de 2013, y sus fundamentos de hecho y de derecho, considerando que esta no es una cuestión ideológica sino de interés general, y haciendo uso de la autonomía municipal prevista en la Carta Europea de Autonomía Local, el Grupo Terra SOStenible, propone al Pleno de la Corporación la adopción del presente

ACUERDO

1. Rechazar las prácticas de geoingeniería global, y las fumigaciones clandestinas aéreas sobre el territorio municipal, dentro del marco competencia! de este Ayuntamiento, de protección de los recursos municipales y de sus vecinos.

2. Suscribir la petición ante el Parlamento Europeo en sus propicio términos, presentada por Terra SOS-tenible, Skyguards y Alternativa el 13 de Mayo de 2013, para que realice una investigación independiente de los hechos denunciados.

3. Dar traslado a la Mesa y a los Grupos Políticos del Parlamento de la Comunidad Autónoma, a efectos de que haya constancia oficial de esta iniciativa.

4. Enviar copia de estos acuerdos a la Asociación Promotora de esta iniciativa Terra SOS?tenible y a su plataforma ciudadana contra la geoingeniería: www.guardacielos.org

La respuesta institucional se hará pública para conocimiento de la ciudadanía.”

Se aprueba la moción con 10 votos a favor (7 grupo municipal BILDU y 3 del grupo municipal EAJ-PNV) y con una abstención (Eusko Sozialistak-Socialistas Vascos)

8. Moción presentada por Euskal Fondoa sobre la búsqueda de una solución justa y definitiva al conflicto del Sáhara Occidental (2015ALO50006).

Lee la moción la alcaldesa. Dice así:

“En el año en que la Organización de las Naciones Unidas cumple 70 años, organización internacional principal creada para «preservar a las generaciones venideras del flagelo de la guerra» y siendo uno de sus principales objetivos “mantener la paz y la seguridad internacionales”.

Transcurridos 40 años desde el abandono por parte de España del Sáhara Occidental, convertido desde entonces en un Territorio No Autónomo pendiente de descolonización, sometido además a una ocupación por parte de Marruecos.

Correspondiendo a las Naciones Unidas y a sus Estados miembros la responsabilidad principal en materia de descolonización, según la Carta fundacional de las NNUU. El Consejo de Seguridad tiene la máxima responsabilidad en la búsqueda de una solución justa y definitiva.

El grupo político que suscribe esta moción, al amparo de la legislación vigente, presentan la siguiente PROPUESTA al objeto de su debate y aprobación, si procede, por el Pleno de la Corporación:

1.- Instamos al Gobierno Español en su calidad de Potencia administradora de iure, y miembro del grupo de amigos del Secretario General para el Sahara Occidental y además miembro no permanente del Consejo de Seguridad durante el mandato 2015/2016 a:

CUMPLIR con su responsabilidad para poner fin al proceso de descolonización del Pueblo saharaui, inconcluso desde 1975, mediante la celebración de un referéndum que asegure la expresión libre y auténtica de la voluntad del Pueblo Saharaui.
DEFENDER la doctrina consolidada de las Naciones Unidas en materia de descolonización y Territorios No Autónomos para los que rige la Resolución 2625 de la Asamblea General de las Naciones Unidas que instaura: "El establecimiento de un Estado soberano e independiente, la libre asociación o integración con un Estado independiente o la adquisición de cualquier otra condición política libremente decidida por un pueblo constituyen las formas del ejercicio del derecho de libre determinación de ese pueblo", siendo ese el contenido de la autodeterminación.
VELAR, en defensa de la paz y los derechos humanos, por la atribución a la MINURSO (Misión de las Naciones Unidas para el Referéndum en el Sáhara Occidental), única presencia de Naciones Unidas en el territorio, de competencias en la protección y promoción de los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales de la población saharaui.

2.- Dirigimos el presente acuerdo a:

a) CASA REAL ESPAÑOLA
Palacio de la Zarzuela. Carretera del Pardo s/n. 28071 Madrid

b) PRESIDENCIA DEL GOBIERNO DE ESPAÑA
La Moncloa. Avda. Puerta de Hierro, s/n. 28071 Madrid

c) MINISTERIO ESPAÑOL DE ASUNTOS EXTERIORES
Plaza de la Provincia, 1. 28012 Madrid

d) MISIÓN PERMANENTE DE ESPAÑA ANTE NACIONES UNIDAS
245 East 47th Street, 36th Floor. New York, NY 10017

Se aprueba la moción por unanimidad con 11 votos a favor (7 grupo municipal BILDU, 3 del grupo municipal EAJ-PNV y 1de Eusko Sozialistak-Socialistas Vascos).

9. Moción presentada por el grupo municipal EH BILDU contra la tortura y a favor de todos los derechos humanos (2015ALO50005).

El concejal Mikel Arruti lee la moción que dice así:

“El día 13 de febrero, se cumplieron 34 años desde que Joxe Arregi muriera después de pasar 9 días en manos de la Policía Nacional. Después de esos acontecimientos, año tras año se ha ido denunciando tanto en la calle como en la instituciones la práctica de la tortura. En este sentido, se cuentan por miles las personas de Euskal Herria que han denunciado padecer malos tratos en manos de los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado.

Además, este año hemos conocido una nueva sentencia condenatoria del Tribunal Europeo de Derechos Humanos condenando al Reino de España por no investigar las torturas denunciadas por un ciudadano. Con esta, suman ya cinco las sentencias condenatorias del Tribunal de Derechos Humanos contra el Estado español por no investigar denuncias de torturas interpuestas por ciudadanos y ciudadanas vascas.

Por todo ello, y en el contexto tan importante que vive Euskal Herria donde queremos construir un presente y futuro basado en el respeto a los derechos humanos, el Ayuntamiento de Lezo acuerda, mediante la presente moción:

1. Exigir que se deroguen de una vez y para siempre, las leyes actualmente vigentes que posibilitan los malos tratos en comisarías, derogando la Ley Antiterrorista y anulando la incomunicación de los detenidos/as.

2. Reconocer, y reparar el sufrimiento de las personas que han padecido esta vulneración de derechos tan elementales.

3. Solicitar a la Audiencia Nacional que revise y suspenda todos los procesos judiciales contra los y las detenidas que han sufrido incomunicación y tortura.

4. Informar sobre el acuerdo adoptado.”

Mikel Antxon Arrizabalaga (Eusko Sozialistak-Socialistas Vascos) dice estar en contra de la tortura y a favor de los Derechos Humanos, pero no está a favor de esta moción.

La moción se aprueba con 10 votos a favor (7 del grupo municipal BILDU y 3 del grupo municipal EAJ-PNV) y con una abstención (Eusko Sozialistak-Socialistas Vascos)

10. Moción presentada por Socialistas Vascos sobre la gestión de residuos (2015ALO50007)

Mikel Antxon Arrizabalaga (Eusko Sozialistak Socialistas Vascos) lee la moción que está íntegramente en castellano. Dice así:

“GHK decidió demandar al Banco Santander, a La Caixa y a la consultora Price-Waterhouse por los contratos de cobertura de los créditos para ejecutar la planta de Zubieta. Sin embargo, los tribunales han desestimado la demanda interpuesta por el Consorcio por el contrato de cobertura, al entender que los contratos formalizados eran idóneos y se convirtieron en "especulativos" cuando el Gobierno Foral de EH Bildu y GHK, decidieron no construir la planta de tratamiento de residuos.

Una vez más, como viene siendo costumbre en esta legislatura, la temeraria gestión en el seno de GHK, que ignoró las advertencias de los técnicos, sumada al desprecio que por el interés público manifiesta la coalición Bildu obsesionada políticamente en ir contra la planificación aprobada la pasada legislatura en el marco del PIGRUG, tendrá una consecuencia económica directa en las mancomunidades y los municipios de Gipuzkoa.

Las diferentes mancomunidades que conforman GHK deberán abonar en torno a más de medio millón de euros mensuales, hasta un total de 68 millones euros, que saldrá de los bolsillos de los guipuzcoanos y guipuzcoanas que deberán pagar por unas infraestructuras que Bildu ha decidido no construir.

En concreto la Mancomunidad de San Marcos, de la que forma parte nuestro Municipio, deberá abonar 19.720.000€, casi 20 millones de euros y ello repercutirá en los bolsillos de toda la ciudadanía.

Además, continuar abonando en torno a 500.000 euros mensuales por una infraestructura que no va a construir, el Consorcio de Residuos ha tenido que pagar por otros conceptos 13,2 millones de euros a las empresas encargadas de la construcción de la incineradora por enterrar este proyecto, ya que a los 8,2 millones en concepto de indemnización hay que sumar otros, cinco millones por los trabajos ya realizados y que Bildu ha pactado con las constructoras. Además se han abonado m&a

Eguna