22 de Abril de 2008

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En Lezo, siendo las 8:00 horas del día 22 de abril de 2008, martes, se celebra en la Sala de Juntas de Gobierno la SESIÓN ORDINARIA de la Junta de Gobierno Local, que tiene lugar en primera convocatoria, bajo la presidencia del alcalde, Haritz Salaberria Goikoetxea y con la asistencia de los corporativos Irati Aranburu Salaberria, Jon Legorburu Arrastua, Iñigo Esnaola Arbiza y Silbia Folgueira Fernández.

Actúa de secretario Aitor Iztueta Garaikoetxea.

APROBACIÓN DE ACTA.

 

1.- Aprobación, si procede, del acta de la sesión celebrada el día 8 de abril de 2008.

Se aprueba el acta.

ALCALDÍA Y DELEGADOS

 

2.- Dación de cuenta de resoluciones de Alcaldía.

 

El alcalde da cuenta de las resoluciones adoptadas desde la celebración de la última Junta de Gobierno, desde el 8 de abril de 2008.

 

URBANISMO, OBRAS Y SERVICIOS

 

3.- Propuesta para la concesión de licencia de obras a Luis Arozamena Elorza, en nombre de Usukoar Promociones S.L., para construcción de 20 viviendas en el Sector 1, parcelas B2 y B3, (Aralar kalea) (2008H0030003).

Luis Arozamena Elorza, en nombre de Usukoar Promociones S.L., ha presentado proyecto básico solicitando licencia de obras para construcción de 20 viviendas en el Sector 1, parcelas B2 y B3.

En el Sector S-1están aprobados el plan parcial, el proyecto de reparcelación y el proyecto de urbanización. Así mismo está definitivamente aprobado el estudio de detalle que corresponde a las parcelas B2, B3 y B4.

Por otra parte, tal y como se ha dicho el proyecto de urbanización está aprobado y las obras se están realizando, por tanto una vez concedida la licencia los trabajos de edificación se realizarían a la vez que los trabajos de urbanización. Así con objeto de responder a los perjuicios que pudieran ocasionarse en la obra pública de urbanización resulta convienente que Usukoar Promociones S.L. deposite una garantía. La cantidad de esta garantía se puede calcular aplicando al presupuesto de la obra de urbanización, teniendo en cuenta el porcentaje que suponen en el sector las parcelas B2 y B3.

Visto el informe emitido por el técnico municipal, y a propuesta de la concejal delegada de Urbanismo y Medio Ambiente, la Junta de Gobierno Local ha adoptado las siguientes resoluciones:

PRIMERO: Conceder a Luis Arozamena Elorza, en nombre de Usukoar Promociones S.L., licencia de obras para construcción de 20 viviendas en el Sector 1, parcelas B2 y B3, (Aralar kalea) con las siguientes condiciones:

1.- Se deberá eliminar el acceso al sótano de garaje situado al oeste de la parcela, lo que conllevará la posibilidad de habilitar una plaza más de aparcamiento en superficie, cumpliendo de esta manera con lo previsto en el Plan Parcial.

2.- En el acceso al sótano situado al este se deberá habilitar un espacio anterior a la alineación de la acera., de 5 m de longitud y pendiente máxima del 5%, para no obstaculizar el paso peatonal a la salida del garaje.

3.- Se deberán grafiar, en las secciones, las alturas a los aleros y el vuelo de éstos.

4.- Deberá presentarse un plano en el que se represente, por un lado la servidumbre de paso referente al vial peatonal situado al sur de la parcela lindante a la B-4 y por otro el nuevo suelo de cesión de sistema local de espacios libres planteado.

5.- Antes de iniciar las obras, se deberá presentar proyecto de ejecución y este deberá recibir el visto bueno del ayuntamiento.

6.- Antes del inicio de las obras deberá realizarse el correspondiente acta de replanteo.

SEGUNDO: Usukoar Promociones, S.L., para responder de los daños que pueda provocar a la obra pública de urbanización deberá depositar la garantía de 885.970 €. Esta garantía la deberá presentar junto con el proyecto de ejecución antes de iniciar la ejecución de las obras.

TERCERO. El plazo para iniciar las obras será de un mes a partir de que se apruebe el proyecto de ejecución y de 12 meses para la finalización, comenzando a contar desde el plazo que se inician.

CUARTO: Finalizada la construcción deberá solicitar la correspondiente licencia de primera ocupación, acompañando a la misma la siguiente documentación:

  • Certificado técnico visado de final de obra.
  • Impreso U-4 tramitado y visado por el Departamento de Bienes de Diputación Foral.
  • Fotos de la nueva construcción.

•· Escritura de obra nueva.

QUINTO: Por los derechos de expedición de licencia deberá abonar la cantidad de 105.837 €. (Por el impuesto sobre construcciones 105.369 € y por la tasa de obra 468 €).

SEIS: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

  • Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

  • Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

4.- Propuesta para la concesión de licencia de obras a Michelena y Lecuona Sucesores, S.L., para la excavación hasta la cota cero en la parcela B1 del Sector S-1 (2008H0030008).

 

Jose Ramón Michelen Michelena, en representación de Michelena y Lecuona Sucesores S.L., presenta el día 18 de febrero de 2008 solicitud de licencia para realizar las obras de excavación hasta la cota "cero" en el ámbito de las parcelas B1 y B5 del Sector 1 de Lezo, adjuntando presupuesto de cada una de las mismas.

Visto el informe del arquitecto asesor que dice:

"El Plan Parcial del Sector 1 fue aprobado definitivamente por el Consejo de Diputados el 20 de julio de 2004, en él se establecía una única unidad de ejecución en la que se proponía la construcción de 78 nuevas viviendas, distribuyéndose las mismas en las siguientes parcelas:

  • Parcelas "A" : 18 viviendas en 9 edificaciones bifamiliares.
  • Parcelas "B" : 38 viviendas en 5 edificaciones en bloque.
  • § B1. 8 viviendas
  • § B2. 10 viviendas
  • § B.3. 10 viviendas
  • § B.4. 12 viviendas
  • § B.5. 8 viviendas
  • Parcelas "C" : 12 viviendas en 2 edificaciones en bloque .

El citado Plan Parcial definía el sistema de Cooperación como régimen de gestión de la Unidad de Ejecución, realizándose la equidistribución urbanística mediante la redacción del correspondiente Proyecto de Reparcelación que el Ayuntamiento aprobó definitivamente el 4 de abril de 2006.

Igualmente, y cumpliendo el mandato del Plan Parcial, se redactó, tramitó y aprobó definitivamente, el 26 de mayo de 2006, el pertinente Proyecto de Urbanización redactado por la empresa Ingelan S.L.

Posteriormente, la Comisión de Obras y Urbanismo del Ayuntamiento de Lezo decidió la materialización de las obras de urbanización en dos fases, para lo cual encargó a la empresa Ingelan S.L. la redacción de una separata del citado proyecto. Una vez aprobado el mismo el Ayuntamiento procedió a la tramitación y adjudicación, el 30 de abril de 2007, de las obras de urbanización de esta la 1ª Fase a la UTE formada por las empresas Ansareao Saneamientos y Servicio, S.A; Construcciones Dumboa,S.A; Arquibil, S.L y Arkaitza,SA. por un importe de 2.129.469,55 € (IVA incluido) y en un plazo de ejecución de seis (6) meses.

Las obras a realizar en esta primera fase se refieren a la ejecución de la totalidad del movimiento de tierras y urbanización del Eje 1, correspondiente al nuevo vial que unirá la calle Aralar con la calle Auñamendi.

En primer lugar hay que dejar constancia que la licencia para la excavación a cota +0,00 de la parcela B5 no puede tramitarse en este momento, al igual que el Estudio de Detalle presentado, dado que hasta el momento no se ha resuelto la problemática surgida a raíz de la imposiblidad de ejecución del muro de sujeción de tierras situado al sur de dicha parcela, de acuerdo a lo previsto en el Proyecto de Urbanización, por lo tanto este informe se referirá únicamente a la excavación a realizar en la parcela B1 del Sector 1.

La parcela objeto de solicitud (B1), está situada en el extremo sureste del Sector 1, lindante por el norte con la prolongación de la calle Aralar y por el oeste con el nuevo vial secundario de la urbanización.

El estado actual del terreno donde se ubicarán la parcela B1 y B3 se encuentra entre las cotas +20,00 (calle Aralar) y +25,00 (parte superior nuevo vial), situándose la rasante de este ultimo entre las cotas +21,50 y +23,90.

A día de hoy se ha realizado la totalidad del movimiento de tierras del vial Eje1 (prolongación de la calle Aralar), y las del vial secundario, no existiendo apenas diferencia de cotas entre las nuevas rasantes y la parte mas alta de la parcela B1.

Teniendo en cuenta que la rasante de la plataforma solicitada, +22,00, no supone ningún deterioro ni empeoramiento de las obras de urbanización y dado que una vez finalizada la totalidad de la urbanización las obras de excavación y el traslado de las tierras podría conllevar la rotura de aceras, bordillos, además de generar un aumento de molestias al vecindario, se informa favorablemente la solicitud de excavación hasta la cota 0,00 (+22,00) en la parcela B1.

Por ello, a propuesta de la concejal delegada de Urbanismo y Medio Ambiente, la Junta de Gobierno Local ha adoptado las siguientes resoluciones:

PRIMERO: Conceder a Michelena y Lecuona Sucesores, S.L., licencia de obras para la excavación hasta la cota cero en la parcela B1 del Sector 1.

SEGUNDO: Denegar a Michelena y Lecuona Sucesores,S.L. la licencia de obras para la excavación hasta la cota cero, en la parcela PB5 del Sector 1, por las razones expuestas en la parte expositiva de esta Resolución.

TERCERO: Por los derechos de expedición de licencia deberá abonar la cantidad de 411 €. (Por el impuesto sobre construcciones 364,20 € y por la tasa de obra 46,80 €).

CUARTO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

  • Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

  • Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

 

5.- Propuesta para la concesión de licencia a Kepa Isasi Salaberria, para primera utilización de la vivienda acondicionada en Txulotxo kalea, nº 6, bajo (2008H0300001).

Kepa Isasi Salaberria, ha solicitado licencia de primera ocupación, como vivienda, del antiguo local sito en Txulotxo kalea, 6, bajo, así como la licencia definitiva de cambio de uso del sector terciario al de vivienda.

La licencia provisional para el cambio de uso del sector terciario al de vivienda, del antiguo local sito en Txulotxo Kalea, 6, bajo, se le concedió a Kepa Isasi Salaberria, mediante resolución de Alcaldía nº 07/550 el 11 de junio de 2007.

El Ayuntamiento de Lezo suscribió, el 11 de junio de 2007, un convenio con Kepa Isasi Salaberria, para el cambio de uso del sector terciario al de vivienda, del antiguo local de Txulotxo kalea, 6, bajo.

La Junta de Gobierno Local el 2 de octubre de 2007, concedió a Kepa Isasi Salaberria, licencia de obras para habilitar una vivienda en el local sito en Txulotxo kalea, 6, bajo.

Teniendo en cuenta el informe de la arquitecta asesora, y a propuesta de la concejal delegada de Urbanismo y Medio Ambiente, la Junta de Gobierno Local ha adoptado las siguientes resoluciones:

PRIMERO: Conceder a Kepa Isasi Salaberria, licencia definitiva para cambio de uso, como vivienda, del antiguo local comercial sito en Txulotxo Kalea, 6, bajo.

SEGUNDO: La séptima cláusula del convenio urbanístico es parte de la licencia de primera ocupación y del permiso definitivo para cambio de la actividad del sector terciario al uso de vivienda y, además, debe inscribirse en el registro de la propiedad, concretamente en la nota marginal de la parcela que corresponde a la finca.

TERCERO: Conceder a Kepa Isasi Salaberria, licencia de primera ocupación, como vivienda, del antiguo local comercial sito en Txulotxo kalea, 6, bajo.

CUARTO: Deberá aportar la documentación presentada en la Delegación de Hacienda, para la modificación en la Contribución Urbana.

QUINTO: Los derechos de concesión de licencia de primera ocupación ascienden a la cantidad de 116,04 €.

SEXTO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

  • Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

  • Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

6.- Propuesta para la concesión de licencia a Luciano Morante González, para primera utilización de la vivienda acondicionada en Arretxene kalea, nº 1, bajo, local nº 4 (2007HO300015).

Luciano Morante González, ha solicitado licencia de primera ocupación, como vivienda, del antiguo local sito en Arretxene kalea nº 1, bajo, local 4, así como la licencia definitiva de cambio de uso del sector terciario al de vivienda.

La licencia provisional para el cambio de uso del sector terciario al de vivienda, del antiguo local sito en Arretxene kalea, 1, bajo, local 4, se le concedió a Luciano Morante González, mediante resolución de Alcaldía nº 06/377 el 19 de mayo de 2006.

El Ayuntamiento de Lezo suscribió, el 19 de mayo de 2006, un convenio con Luciano Morante González, para el cambio de uso del sector terciario al de vivienda, del antiguo local de Arretxene kalea, nº 1, bajo, local 4.

Mediante decreto nº 06/525 el concejal Delegado de Urbanismo, Obras y Servicios, el 7 de julio de 2006, concedió a Luciano Morante González, licencia de obras para habilitar una vivienda en el local sito en Arretxene kalea, nº 1, bajo, local nº 4.

Según el arquitecto asesor municipal este local cumple las condiciones de habitabilidad aunque en algunas partes no llegue a la altura mínima que regula la ordenanza municipal. El ayuntamiento tiene la intención de promover algunas modificaciones de esta ordenanza, para regular de nuevo el tema de la altura, entre otros. Sin embargo, para efectuar la modificación de esta ordenanza, se pretende aprobar previamente la ordenanza de las viviendas tasadas, para fusionar ambas. Por otra parte el hecho de denegar ahora el permiso de primera ocupación y el no concederla hasta la modificación de la ordenanza, causará graves perjuicios económicos a los vecinos que han solicitado la licencia.

A propuesta de la concejal delegada de Urbanismo y Medio Ambiente, la Junta de Gobierno Local ha adoptado las siguientes resoluciones:

PRIMERO: Conceder a Luciano Morante González, licencia definitiva para cambio de uso, como vivienda, del antiguo local comercial sito en Arretxene kalea, nº 1, bajo, local nº 4.

SEGUNDO: La séptima cláusula del convenio urbanístico es parte de la licencia de primera ocupación y del permiso definitivo para cambio de la actividad del sector terciario al uso de vivienda y, además, debe inscribirse en el registro de la propiedad, concretamente en la nota marginal de la parcela que corresponde a la finca.

TERCERO: Conceder a Luciano Morante González, licencia de primera ocupación, como vivienda, del antiguo local comercial sito en Arretxene kalea, nº 1, bajo, local nº 4.

CUARTO: Deberá aportar la documentación presentada en la Delegación de Hacienda, para la modificación en la Contribución Urbana.

QUINTO: Los derechos de concesión de licencia de primera ocupación ascienden a la cantidad de 48,25 €.

SEXTO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

  • Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

  • Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

7.- Propuesta para la concesión de licencia a Ignacio León Vargas, para primera utilización de la vivienda acondicionada en Arretxene kalea, nº 1, bajo, local nº 2 (2007HO300016).

Ignacio León Vargas, ha solicitado licencia de primera ocupación, como vivienda, del antiguo local sito en Arretxene kalea nº 1, bajo, local 2, así como la licencia definitiva de cambio de uso del sector terciario al de vivienda.

La licencia provisional para el cambio de uso del sector terciario al de vivienda, del antiguo local sito en Arretxene kalea, 1, bajo, local 2, se le concedió a Ignacio León Vargas, mediante resolución del Concejal Delegado de Urbanismo, Obras y Servicios nº 06/623 el 25 de agosto de 2006.

El Ayuntamiento de Lezo suscribió, el 25 de agosto de 2006, un convenio con Ignacio León Vargas, para el cambio de uso del sector terciario al de vivienda, del antiguo local de Arretxene kalea, nº 1, bajo, local 2.

Mediante decreto nº 06/623 el concejal Delegado de Urbanismo, Obras y Servicios, el 25 de agosto de 2006, concedió a Ignacio León Vargas, licencia de obras para habilitar una vivienda en el local sito en Arretxene kalea, nº 1, bajo, local nº 2.

Según el arquitecto asesor municipal este local cumple las condiciones de habitabilidad aunque en algunas partes no llegue a la altura mínima que regula la ordenanza municipal. El ayuntamiento tiene la intención de promover algunas modificaciones de esta ordenanza, para regular de nuevo el tema de la altura, entre otros. Sin embargo, para efectuar la modificación de esta ordenanza, se pretende aprobar previamente la ordenanza de las viviendas tasadas, para fusionar ambas. Por otra parte el hecho de denegar ahora el permiso de primera ocupación y el no concederla hasta la modificación de la ordenanza, causará graves perjuicios económicos a los vecinos que han solicitado la licencia.

A propuesta de la concejal delegada de Urbanismo y Medio Ambiente, la Junta de Gobierno Local ha adoptado las siguientes resoluciones:

PRIMERO: Conceder a Ignacio León Vargas, licencia definitiva para cambio de uso, como vivienda, del antiguo local comercial sito en Arretxene kalea, nº 1, bajo, local nº 2.

SEGUNDO: La séptima cláusula del convenio urbanístico es parte de la licencia de primera ocupación y del permiso definitivo para cambio de la actividad del sector terciario al uso de vivienda y, además, debe inscribirse en el registro de la propiedad, concretamente en la nota marginal de la parcela que corresponde a la finca.

TERCERO: Conceder a Ignacio León Vargas, licencia de primera ocupación, como vivienda, del antiguo local comercial sito en Arretxene kalea, nº 1, bajo, local nº 2.

CUARTO: Deberá aportar la documentación presentada en la Delegación de Hacienda, para la modificación en la Contribución Urbana.

QUINTO: Los derechos de concesión de licencia de primera ocupación ascienden a la cantidad de 48,25 €.

SEXTO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

  • Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

  • Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

8.- Propuesta para la concesión de licencia a Ana Díaz González, para primera utilización de la vivienda acondicionada en Arretxene kalea, nº 1, bajo, local nº 5 (2007HO300017).

Ana Díaz González, ha solicitado licencia de primera ocupación, como vivienda, del antiguo local sito en Arretxene kalea nº 1, bajo, local 5, así como la licencia definitiva de cambio de uso del sector terciario al de vivienda.

La licencia provisional para el cambio de uso del sector terciario al de vivienda, del antiguo local sito en Arretxene kalea, 1, bajo, local 5, se le concedió a Ana Díaz González, mediante resolución del Concejal Delegado de Urbanismo, Obras y Servicios nº 06/796 el 6 de noviembre de 2006.

El Ayuntamiento de Lezo suscribió, el 6 de noviembre de 2006, un convenio con Ana Díaz González, para el cambio de uso del sector terciario al de vivienda, del antiguo local de Arretxene kalea, nº 1, bajo, local 5.

Mediante decreto nº 06/796 el concejal Delegado de Urbanismo, Obras y Servicios, el 6 de noviembre de 2006, concedió a Ana Díaz González, licencia de obras para habilitar una vivienda en el local sito en Arretxene kalea, nº 1, bajo, local nº 5.

Según el arquitecto asesor municipal este local cumple las condiciones de habitabilidad aunque en algunas partes no llegue a la altura mínima que regula la ordenanza municipal. El ayuntamiento tiene la intención de promover algunas modificaciones de esta ordenanza, para regular de nuevo el tema de la altura, entre otros. Sin embargo, para efectuar la modificación de esta ordenanza, se pretende aprobar previamente la ordenanza de las viviendas tasadas, para fusionar ambas. Por otra parte el hecho de denegar ahora el permiso de primera ocupación y el no concederla hasta la modificación de la ordenanza, causará graves perjuicios económicos a los vecinos que han solicitado la licencia.

A propuesta de la concejal delegada de Urbanismo y Medio Ambiente, la Junta de Gobierno Local ha adoptado las siguientes resoluciones:

PRIMERO: Conceder a Ana Díaz González, licencia definitiva para cambio de uso, como vivienda, del antiguo local comercial sito en Arretxene kalea, nº 1, bajo, local nº 5.

SEGUNDO: La séptima cláusula del convenio urbanístico es parte de la licencia de primera ocupación y del permiso definitivo para cambio de la actividad del sector terciario al uso de vivienda y, además, debe inscribirse en el registro de la propiedad, concretamente en la nota marginal de la parcela que corresponde a la finca.

TERCERO: Conceder a Ana Díaz González, licencia de primera ocupación, como vivienda, del antiguo local comercial sito en Arretxene kalea, nº 1, bajo, local nº 5.

CUARTO: Deberá aportar la documentación presentada en la Delegación de Hacienda, para la modificación en la Contribución Urbana.

QUINTO: Los derechos de concesión de licencia de primera ocupación ascienden a la cantidad de 48,25 €.

SEXTO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

  • Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

  • Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

9.- Propuesta para la concesión de licencia a Juana Sotés Otzain, para primera utilización de la vivienda acondicionada en Arretxene kalea, nº 1, bajo, local nº 6 (2007HO300018).

Juana Sotés Otzain, ha solicitado licencia de primera ocupación, como vivienda, del antiguo local sito en Arretxene kalea nº 1, bajo, local 6, así como la licencia definitiva de cambio de uso del sector terciario al de vivienda.

La licencia provisional para el cambio de uso del sector terciario al de vivienda, del antiguo local sito en Arretxene kalea, 1, bajo, local 6, se le concedió a Juana Sotés Otzain, mediante resolución del Concejal Delegado de Urbanismo, Obras y Servicios nº 06/625 el 28 de agosto..

El Ayuntamiento de Lezo suscribió, el 28 de agosto de 2006, un convenio con Juana Sotés Otzain, para el cambio de uso del sector terciario al de vivienda, del antiguo local de Arretxene kalea, nº 1, bajo, local 6.

Mediante decreto nº 06/625 el concejal delegado de Urbanismo, Obras y Servicios, el 28 de agosto, concedió a Juana Sotés Otzain, licencia de obras para habilitar una vivienda en el local sito en Arretxene kalea, nº 1, bajo, local nº 6.

Según el arquitecto asesor municipal este local cumple las condiciones de habitabilidad aunque en algunas partes no llegue a la altura mínima que regula la ordenanza municipal. El ayuntamiento tiene la intención de promover algunas modificaciones de esta ordenanza, para regular de nuevo el tema de la altura, entre otros. Sin embargo, para efectuar la modificación de esta ordenanza, se pretende aprobar previamente la ordenanza de las viviendas tasadas, para fusionar ambas. Por otra parte el hecho de denegar ahora el permiso de primera ocupación y el no concederla hasta la modificación de la ordenanza, causará graves perjuicios económicos a los vecinos que han solicitado la licencia.

A propuesta de la concejal delegada de Urbanismo y Medio Ambiente, la Junta de Gobierno Local ha adoptado las siguientes resoluciones:

PRIMERO: Conceder a Juana Sotés Otzain, licencia definitiva para cambio de uso, como vivienda, del antiguo local comercial sito en Arretxene kalea, nº 1, bajo, local nº 6.

SEGUNDO: La séptima cláusula del convenio urbanístico es parte de la licencia de primera ocupación y del permiso definitivo para cambio de la actividad del sector terciario al uso de vivienda y, además, debe inscribirse en el registro de la propiedad, concretamente en la nota marginal de la parcela que corresponde a la finca.

TERCERO: Conceder a Juana Sotés Otzain, licencia de primera ocupación, como vivienda, del antiguo local comercial sito en Arretxene kalea, nº 1, bajo, local nº 6.

CUARTO: Deberá aportar la documentación presentada en la Delegación de Hacienda, para la modificación en la Contribución Urbana.

QUINTO: Los derechos de concesión de licencia de primera ocupación ascienden a la cantidad de 48,25 €.

SEXTO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

  • Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

  • Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

10.- Propuesta para la concesión de licencia a Asier Castro Tobías, para primera utilización de la vivienda acondicionada en Arretxene kalea, nº 1, bajo, local nº 3 (2007HO300019).

Asier Castro Tobías, ha solicitado licencia de primera ocupación, como vivienda, del antiguo local sito en Arretxene kalea nº 1, bajo, local 3, así como la licencia definitiva de cambio de uso del sector terciario al de vivienda.

La licencia provisional para el cambio de uso del sector terciario al de vivienda, del antiguo local sito en Arretxene kalea, 1, bajo, local 3, se le concedió a Asier Castro Tobías, mediante resolución del Concejal Delegado de Urbanismo, Obras y Servicios nº 06/768 el 30 de octubre de 2006.

El Ayuntamiento de Lezo suscribió, el 30 de octubre de 2006, un convenio con Asier Castro Tobías, para el cambio de uso del sector terciario al de vivienda, del antiguo local de Arretxene kalea, nº 1, bajo, local 3.

Mediante decreto nº 06/768 el concejal Delegado de Urbanismo, Obras y Servicios, el 30 de octubre, concedió a Asier Castro Tobías, licencia de obras para habilitar una vivienda en el local sito en Arretxene kalea, nº 1, bajo, local nº 3.

Según el arquitecto asesor municipal este local cumple las condiciones de habitabilidad aunque en algunas partes no llegue a la altura mínima que regula la ordenanza municipal. El ayuntamiento tiene la intención de promover algunas modificaciones de esta ordenanza, para regular de nuevo el tema de la altura, entre otros. Sin embargo, para efectuar la modificación de esta ordenanza, se pretende aprobar previamente la ordenanza de las viviendas tasadas, para fusionar ambas. Por otra parte el hecho de denegar ahora el permiso de primera ocupación y el no concederla hasta la modificación de la ordenanza, causará graves perjuicios económicos a los vecinos que han solicitado la licencia.

A propuesta de la concejal delegada de Urbanismo y Medio Ambiente, la Junta de Gobierno Local ha adoptado las siguientes resoluciones:

PRIMERO: Conceder a Asier Castro Tobías, licencia definitiva para cambio de uso, como vivienda, del antiguo local comercial sito en Arretxene kalea, nº 1, bajo, local nº 3.

SEGUNDO: La séptima cláusula del convenio urbanístico es parte de la licencia de primera ocupación y del permiso definitivo para cambio de la actividad del sector terciario al uso de vivienda y, además, debe inscribirse en el registro de la propiedad, concretamente en la nota marginal de la parcela que corresponde a la finca.

TERCERO: Conceder a Asier Castro Tobías, licencia de primera ocupación, como vivienda, del antiguo local comercial sito en Arretxene kalea, nº 1, bajo, local nº 3.

CUARTO: Deberá aportar la documentación presentada en la Delegación de Hacienda, para la modificación en la Contribución Urbana.

QUINTO: Los derechos de concesión de licencia de primera ocupación ascienden a la cantidad de 48,25 €.

SEXTO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

  • Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

  • Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

11.- Propuesta para la concesión de licencia a José Carlos da Silva Nobrega para primera utilización de la vivienda acondicionada en Arretxene kalea, nº 1, bajo, local nº 1 (2007HO300021).

José Carlos Da Silva Nobrega, ha ha solicitado licencia de primera ocupación, como vivienda, del antiguo local sito en Arretxene kalea nº 1, bajo, local 1, así como la licencia definitiva de cambio de uso del sector terciario al de vivienda.

La licencia provisional para el cambio de uso del sector terciario al de vivienda, del antiguo local sito en Arretxene kalea, 1, bajo, local 1, se le concedió a José Carlos Da Silva Nobrega, mediante resolución de Alcaldía nº 07/214 el 7 de marzo.

El Ayuntamiento de Lezo suscribió, el 7 de marzo de 2007, un convenio con José Carlos Da Silva Nobrega, para el cambio de uso del sector terciario al de vivienda, del antiguo local de Arretxene kalea, nº 1, bajo, local 1.

Mediante decreto nº 07/356 el concejal Delegado de Urbanismo, Obras y Servicios, el 24 de abril de 2007, concedió a José Carlos Da Silva Nobrega, licencia de obras para habilitar una vivienda en el local sito en Arretxene kalea, nº 1, bajo, local nº 1.

Según el arquitecto asesor municipal este local cumple las condiciones de habitabilidad aunque en algunas partes no llegue a la altura mínima que regula la ordenanza municipal. El ayuntamiento tiene la intención de promover algunas modificaciones de esta ordenanza, para regular de nuevo el tema de la altura, entre otros. Sin embargo, para efectuar la modificación de esta ordenanza, se pretende aprobar previamente la ordenanza de las viviendas tasadas, para fusionar ambas. Por otra parte el hecho de denegar ahora el permiso de primera ocupación y el no concederla hasta la modificación de la ordenanza, causará graves perjuicios económicos a los vecinos que han solicitado la licencia.

A propuesta de la concejal delegada de Urbanismo y Medio Ambiente, la Junta de Gobierno Local ha adoptado las siguientes resoluciones:

PRIMERO: Conceder a José Carlos Da Silva Nobrega, licencia definitiva para cambio de uso, como vivienda, del antiguo local comercial sito en Arretxene kalea, nº 1, bajo, local nº 1.

SEGUNDO: La séptima cláusula del convenio urbanístico es parte de la licencia de primera ocupación y del permiso definitivo para cambio de la actividad del sector terciario al uso de vivienda y, además, debe inscribirse en el registro de la propiedad, concretamente en la nota marginal de la parcela que corresponde a la finca.

TERCERO: Conceder a José Carlos Da Silva Nobrega, licencia de primera ocupación, como vivienda, del antiguo local comercial sito en Arretxene kalea, nº 1, bajo, local nº 1.

CUARTO: Deberá aportar la documentación presentada en la Delegación de Hacienda, para la modificación en la Contribución Urbana.

QUINTO: Los derechos de concesión de licencia de primera ocupación ascienden a la cantidad de 48,25 €.

SEXTO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

  • Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

  • Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

INTERVENCIÓN

12.- Propuesta para la aprobación de la relación de facturas nº 12.

La relación ha sido aprobada.

SERVICIOS SOCIALES

13.- Propuesta para la prórroga durante un año de la concesión del servicio de educadores de calle a Gure Ametsa Elkartea.

Vista la memoria del trabajo desarrollado en Lezo por la asociación "Gure Amets" a través del programa de educadores de calle durante el ejercicio 2007, así como el informe de valoración del departamento de Servicios Sociales. Así, a propuesta de alcaldía, y a tenor del decreto de Alcaldía nº 139, de 22 de marzo de 2005, la Junta de Gobierno Local ha adoptado las siguiente resoluciones:

PRIMERO: Aprobar la prorroga por otro año a la asociación "Gure Amets" que está interviniendo con los menores de edad y jóvenes integrados en grupos de riesgo en medio abierto.

SEGUNDO: El número de horas de trabajo anuales será de 2.112 h.

TERCERO: Aprobar el coste anual de la prórroga del contrato de educadores de calle, total de 42.087,61€ (AD-212) y 12.841,61€ (AD-212) para desarrollo de actividades.

CUARTO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

  • Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

  • Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

14.- Propuesta para encomienda a Oarsoaldea, S.A. para realizar la solicitud de subvención para realizar actividades de inserción y posterior organización y gestión de dichas actividades.

El Ayuntamiento de Lezo ha analizado la orden publicada en el BOPV que regula las subvenciones para la realización de actividades en el área de la inserción social. Desde el año 2004 y hasta el ejercicio anterior, el Ayuntamiento de Lezo a través de Oarsoaldea S.A. solicitó al Gobierno Vasco subvención para programas de inserción social, concretamente para la puesta en marcha de dos talleres denominados Sortu y Txertatu. Ambas actividades de inserción social han sido organizadas y gestionadas a través de Oarsoaldea S.A. Estos programas de inserción son recursos que se han creado dentro del marco de trabajo de la Comisión de Inserción de Oarsoaldea. En ambos talleres participarán ciudadanos de Lezo, Errenteria, Oiartzun y Pasaia, que tengan necesidad de inserción social. Tras la valoración realizada en dicha Comisión de Inserción y tras publicarse la orden del 27 de febrero del 2008 por la que se regulan subvenciones para la realización de actividades en el área de inserción social, y a propuesta de alcaldía, la Junta de Gobierno Local ha adoptado las siguientes resoluciones:

PRIMERO: El Ayuntamiento de Lezo encomienda a Oarsoaldea S.A. la presentación de la solicitud de subvención al Gobierno Vasco para realizar actividades de inserción social, en nombre del Ayuntamiento de Lezo.

SEGUNDO: El Ayuntamiento de Lezo, en base a la subvención concedida, encomienda a Oarsoaldea S.A. la puesta en marcha y la gestión de las actividades de inserción social. AD-226

TERCERO: El Ayuntamiento de Lezo transferirá a Oarsoaldea S.A. la subvención recibida del Gobierno Vasco para la gestión de dichas actividades.

El abono se efectuará por partes; al adoptarse la resolución se abonará el 75%, y el resto del 25% a la presentación de los justificantes de los gastos realizados. (Según lo establecido en el artículo 14 de la orden del 27 de febrero del 2008, que regula las subvenciones para la realización de actividades de inserción social).

CUARTO: Oarsoaldea S.A. remitirá al Ayuntamiento de Lezo y al Gobierno Vasco una memoria con la evaluación de las actividades de inserción social, adjuntando los justificantes de los gastos. Todo ello antes del 28 de febrero de 2009. (Según lo establecido en el artículo 14 de la orden del 27 de febrero del 2008, que regula las subvenciones para la realización de actividades de inserción social).

QUINTO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

  • Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

  • Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

RUEGOS Y PREGUNTAS.

No ha habido ruegos ni preguntas.

Cierre del acta.

Y no habiendo más asuntos que tratar, siendo las 9:14 horas, la presidencia da por finalizada la sesión, levantándose la presente acta en las hojas oficiales números xxx al xxx que firman todos los corporativos asistentes conmigo el secretario, de todo lo cual doy fe.


Eguna