27 de Enero de 2009

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En Lezo, siendo las 8:15 horas del día 27 de enero de 2009, martes, se celebra en la Sala de Juntas de Gobierno la SESIÓN ORDINARIA de la Junta de Gobierno Local, que tiene lugar en primera convocatoria, bajo la presidencia del alcalde, Haritz Salaberria Goikoetxea y con la asistencia de los corporativos Irati Aranburu Salaberria, Jon Legorburu Arrastua, Iñigo Esnaola Arbiza y Silbia Folgueira Fernández

Actúa de secretario Xabier Loiola Aristi.

APROBACIÓN DE ACTA.

1.- Aprobación, si procede, del acta de la sesión celebrada el día de 13 de enero de 2009.

Se aprueba el acta.

ALCALDÍA Y DELEGADOS

2.- Dación de cuenta de resoluciones de Alcaldía.

El alcalde da cuenta de las resoluciones adoptadas desde la celebración de la última Junta de Gobierno, desde el 13 de enero de 2009.

  • URBANISMO, OBRAS Y SERVICIOS

3.- Propuesta para la concesión de licencia de primera utilización de la vivienda acondicionada en el bajo de Guillermo de Lazon 20, bajo (2008H0300009).

Angel Baeza Bergaz, ha solicitado licencia de primera ocupación, como vivienda, del antiguo local sito en Guillermo de Lazón kalea, 20, bajo, así como la licencia definitiva de cambio de uso del sector terciario al de vivienda.

La licencia provisional para el cambio de uso del sector terciario al de vivienda, del antiguo local sito en Guillermo de Lazon kalea nº 20, bajo, se le concedió a Angel Baeza Bergaz, mediante resolución de Alcaldía nº 06/143 el 13 de febrero de 2006.

El Ayuntamiento de Lezo suscribió, el 13 de febrero de 2006, un convenio con Angel Baeza Bergaz, para el cambio de uso del sector terciario al de vivienda, del antiguo local de Guillermo de Lazon kalea, nº 20, bajo.

Mediante Decreto del concejal delegado de urbanismo, obras y servicios, nº 06/890 de 4 de diciembre, se le concedió a Angel Baeza Bergaz, licencia de obras para habilitar una vivienda en el local sito en Guillermo de Lazon kalea, nº 20, bajo.

Teniendo en cuenta el informe de la arquitecta asesora y el informe jurídico, a propuesta de la Concejal Delegada de Urbanismo y Medio Ambiente, la Junta de Gobierno Local ha aprobado las siguientes resoluciones:

PRIMERO: Conceder a Angel Baeza Bergaz, licencia definitiva para cambio de uso, como vivienda, del antiguo local comercial sito en Guillermo de Lazón kalea nº 20, bajo.

SEGUNDO: La séptima cláusula del convenio urbanístico es parte de la licencia de primera ocupación y del permiso definitivo para cambio de la actividad del sector terciario al uso de vivienda y, además, debe inscribirse en el registro de la propiedad, concretamente en la nota marginal de la parcela que corresponde a la finca.

TERCERO: Conceder a Angel Baeza Bergaz, licencia de primera ocupación, como vivienda, del antiguo local comercial sito en Guillermo de Lazon kalea nº 20, bajo.

CUARTO: Deberá aportar la documentación presentada en la Delegación de Hacienda, para la modificación en la Contribución Urbana.

QUINTO: Los derechos de concesión de licencia de primera ocupación ascienden a la cantidad de 43,76 euros.

SEXTO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

  • Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

  • Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

4.- Propuesta para la aprobación de la certificación de obra nº 16, de la urbanización del Sector 1, primera fase (2006H0120004).

U.T.E. Lezo, ha presentado la certificación de obra nº 16, correspondiente a los trabajos de urbanización de la primera fase del Sector 1 de Lezo.

Visto el informe favorable emitido por el técnico municipal, a propuesta de esta Concejal Delegada de Urbanismo y Medio Ambiente la Junta de Gobierno Local ha aprobado las siguientes resoluciones:

PRIMERO: Aprobar la certificación número 16, por importe de 71.685,52€ y que corresponde a los trabajos de urbanización mencionados. (O- 99- 2136-2008).

SEGUNDO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

  • Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

  • Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

5.- Propuesta para la aprobación de la certificación de obra nº 17, de la urbanización del Sector 1, primera fase (2006H0120004).

U.T.E. Lezo, ha presentado la certificación de obra nº 17, correspondiente a los trabajos de urbanización de la primera fase del Sector 1 de Lezo.

Visto el informe favorable emitido por el técnico municipal a propuesta de la Concejal Delegada de Urbanismo y Medio Ambiente, la Junta de Gobierno Local ha aprobado las siguientes resoluciones:

PRIMERO: Aprobar la certificación número 17, por importe de 117.643,35 € y que corresponde a los trabajos de urbanización mencionados. (O- 99- 2137-2008).

SEGUNDO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

  • Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

  • Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

6.- Propuesta para la concesión de la licencia de obras para la construcción de 12 viviendas y garajes en la parcela B-1 del Sector 1 (2008H0030020).

José Ramón Michelena Michelena, en nombre y representación de Michelena y Lecuona Sucesores, S.L., presentó el 4 de julio de 2008, modificación del proyecto básico de dos bloques de seis viviendas y garajes en la parcela B-1 del Sector 1 de las NNSS de Lezo, redactado por el arquitecto Koldo Ander Arruti de Blas y visado por el correspondiente colegio profesional, solicitando la correspondiente licencia de edificación.

El informe del arquitecto asesor dice:

"El Proyecto Básico que ahora se presenta se sitúa en el Sector 1 en la parcela B1, planteándose la habilitación de 12 viviendas en dos bloques (A y B) bajo los que se desarrollará un sótano que contendrá 24 plazas de garaje, cuartos de instalaciones y elementos de comunicación vertical (escaleras y ascensores) con las viviendas.

El proyecto se desarrolla conforme a lo dispuesto en la Modificación del Plan Parcial aprobada, tanto en la parte escrita como en la gráfica cumpliendo las determinaciones establecidas en cuanto a las alineaciones máximas permitidas, rasantes, perfil edificatorio, aprovechamientos , aleros, cubiertas y distancias a los linderos de parcelas colindantes así como las referidas a la estética de las edificaciones, no cumplimentándose lo relativo a la longitud máxima de vuelos (se supera el 50% de la longitud de las fachadas) y a la altura máxima a la cumbrera (10,95m frente a los 10,75m previstos en el P.Parcial).

Se ha presentado, igualmente, la justificación del cumplimiento tanto del CTE como de la Ley de Accesibilidad. En ese sentido y en relación a dicha Ley, en los accesos peatonales al garaje y a los portales deberá existir, a ambos lados de las correspondientes puertas, un espacio libre en el que se pueda inscribir un círculo de 1,5 m de diámetro, además, la plataforma horizontal situada en la entrada al garaje (al final de la rampa) deberá tener una profundidad mínima igual a la anchura de la misma.

Igualmente, la longitud máxima sin rellano de la rampa de acceso al portal nº 1 deberá ser como máximo 10 m y la pendiente no podrá superar el 8%. Tanto en el comienzo como en el final, y si es caso en el rellano intermedio de la misma, se dejará espacio libre para poder inscribir un circulo de 1,5 m de diámetro.

Finalmente, en el acceso rodado al sótano se deberá habilitar un espacio anterior a la alineación de la acera (entre ésta y la puerta del garaje), de 5 m de longitud y pendiente máxima del 5%, para no obstaculizar un paso peatonal mínimo de 2 m de anchura a la salida del mismo".

En su vista, a propuesta de esta Concejal Delegada de Urbanismo y Medio Ambiente, la Junta de Gobierno Local ha aprobado las siguientes resoluciones:

PRIMERO: Conceder licencia de obras a José Ramón Michelena Michelena, en nombre y representación de Michelena y Lecuona Sucesores, S.L., para la construcción de dos bloques de seis viviendas y garajes en la parcela B-1 del Sector 1, sujeta al cumplimiento de los condicionantes establecidos en el informe técnico y a la aprobación definitiva de la modificación del proyecto de reparcelación.

SEGUNDO: Previo al inicio de las obras y teniendo en cuenta el porcentaje que supone, (según el proyecto de modificación de reparcelación), deberá depositar un aval por valor de 411.741 euros, para responder de los daños que pudieran ocasionarse en la obra pública de urbanización.

TERCERO: Antes del inicio de las obras deberá realizarse el correspondiente acta de replanteo, previo aviso al Ayuntamiento.

CUARTO: El plazo de finalización de las obras será de doce meses, contados desde la fecha del acta de replanteo.

QUINTO: Finalizada la construcción deberá solicitar la correspondiente licencia de primera ocupaciñón, acompañando a la misma la siguiente documentación:

  • Certificado técnico visado de final de obra.
  • Impreso U-4 tramitado y visado por el Departamento de Bienes de Diputación Foral.
  • Fotos de la nueva construcción.
  • Escritura de obra nueva.

SEXTO: Por los derechos de expedición de licencia deberá abonar la cantidad de 71.707,76 euros. (Por el impuesto sobre construcciones 71.216,86 euros y por la tasa de obra 490,90 euros)

SEPTIMO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

  • Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

  • Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

7.- Propuesta para la concesión de licencia de obras para la ejecución de 30 viviendas y garajes en la parcela B2-3 del Sector 1 (2008H0030003).

Luis Arozamena Elorza, en representación de Usukoar Promociones S.L., presentó el 20 de noviembre de 2008 proyecto de ejecución de 30 viviendas y garajes situadas en la parcela B2-3 del Sector 1 de las NNSS de Lezo, redactado por el arquitecto Agustin Mitxelena Peláez y visado por el correspondiente colegio profesional, solicitando la correspondiente licencia de edificación.

El informe del arquitecto asesor dice así:

"El proyecto de ejecución que ahora se presenta se sitúa en el Sector 1 en la parcela B2-3 (anteriormente parcelas B2-B3) cuya denominación ha sido cambiada de acuerdo a lo establecido en la Modificación del Plan Parcial aprobada definitivamente por el Ayuntamiento de Lezo.

Se plantea la habilitación de 30 viviendas en dos bloques (A y B) bajo los que se desarrollará un sótano que contendrá 30 plazas de garaje, cuartos de instalaciones y elementos de comunicación vertical (escaleras y ascensores) con las viviendas, previéndose igualmente la conexión viaria con el sótano de garajes de la parcela B4, tal y como se establece en el punto "1.8.4.- Condiciones de uso y dominio y servidumbres" de la Memoria del Plan Parcial.

El proyecto se desarrolla conforme a lo dispuesto en el Plan Parcial , tanto en la parte escrita como en la gráfica cumpliendo las determinaciones establecidas en cuanto a las alineaciones máximas permitidas, rasantes, perfil edificatorio, aprovechamientos, vuelos, aleros, cubiertas y distancias a los linderos de parcelas colindantes así como las referidas a la estética de las edificaciones.

Se ha presentado, igualmente, la justificación del cumplimiento tanto del CTE como de la Ley de Accesibilidad. En ese sentido y en relación a la protección contra incendios se deberá definir el tipo y cantidad de extintores a instalar, así como el número y situación de Bocas de Incendio Equipadas.

En cuanto a las dotaciones de aparcamientos públicos en superficie se deberán disponer en la parcela un total de 10 plazas, para lo cual cabe la posibilidad de situar 7 unidades junto al bloque "A" desplazando el paso de cebra hacia el norte.

Finalmente, en el acceso rodado al sótano se deberá habilitar un espacio anterior a la alineación de la acera (entre ésta y la puerta del garaje), de 5 m de longitud y pendiente máxima del 5%, para no obstaculizar un paso peatonal mínimo de 2 m de anchura a la salida del mismo".

En su vista, ha propuesta de esta Concejal Delegada Urbanismo y Medio Ambiente, la Junta de Gobierno Local ha aprobado las siguientes resoluciones:

PRIMERO: Conceder licencia de obras a Luis Arozamena Elorza, en representación de Usukoar Promociones S.L., para la construcción de 30 viviendas y garajes en la parcela B2-3 del Sector 1, sujeta al cumplimiento de los condicionantes establecidos en el informe técnico y a la aprobación definitiva de la modificación del proyecto de reparcelación.

SEGUNDO: Previo al inicio de las obras y teniendo en cuenta el porcentaje que supone, según el proyecto de modificación de reparcelación, deberá depositar un aval por valor de 1.028.348 euros, para responder de los daños que pudieran ocasionarse en la obra pública de urbanización.

TERCERO: Antes del inicio de las obras deberá realizarse el correspondiente acta de replanteo.

CUARTO: El plazo de finalización de las obras será de doce meses, contados desde la fecha del acta de replanteo.

QUINTO: Finalizada la construcción construcción deberá solicitar la correspondiente licencia de primera ocupación, acompañando a la misma la siguiente documentación:

  • Certificado técnico visado de final de obra.
  • Impreso U-4 tramitado y visado por el Departamento de Bienes de Diputación Foral.
  • Fotos de la nueva construcción.
  • Escritura de obra nueva.

SEXTO: Por los derechos de expedición de licencia deberá abonar la cantidad de 4.909,90 euros., una vez deducido el importe de la licencia concedida para las 20 viviendas, por la Junta de Gobierno Local de fecha 22 de abril de 2008.

SEPTIMO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

  • Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

  • Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

Silbia Folgueira se ha ausentado de la sesión.

8.- Propuesta para la caducidad de la licencia para la reforma del caserío Apaiziartza (2008H0320072).

El Ayuntamiento de Lezo, mediante resolución de la Junta de Gobierno Local de 27 de septiembre de 2008, inició el expediente de caducidad de la licencia concedida para la renovación del caserío Apaiziartza.

Después de recibir la notificación de dicha resolución y dentro del plazo de audiencia concedido, Garbiñe Irazusta Eskamendi ha presentado un escrito de alegación pidiendo la paralización del mencionado expediente de caducidad.

Su solicitud se basa en el siguiente argumento:

El 7 de abril de 2008, presentó el proyecto de ejecución para la reforma del caserío Apaiziartza y el Ayuntamiento de Lezo, mediante una notificación remitida el 23 de junio de 2008, le comunicó que, dadas las importantes modificaciones propuestas, dicho proyecto debía someterse a información pública durante un plazo de 20 días.

En dicha notificación se mencionaba, asimismo, la necesidad de presentar un estudio arqueológico, pero no lo presentó porque desconoce lo ocurrido durante dicho plazo de información y para evitar meterse en gastos innecesarios.

En la mencionada notificación del 23 de junio de 2008, y tal y como precisamente se refleja en el título del escrito mediante el cual se requiere documentación complementaria, se especificaba la necesidad de presentar un estudio arqueológico.

Así pues, para poder someter el proyecto a información pública, era necesaria la presentación de dicho estudio arqueológico, y no al revés como dice Garbiñe Irazusta, ya que precisamente por eso se remitió la notificación de requerimiento de documentación complementaria.

Por eso, no se puede aceptar el argumento esgrimido por Garbiñe Irazusta para paralizar el expediente de caducidad iniciado.

Visto el informe del arquitecto asesor y teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 216 de la Ley 2/2006 de Suelo y Urbanismo,

A propuesta de esta Concejal Delegada de Urbanismo y Medio Ambiente la Junta de Gobierno Local ha aprobado las siguientes resoluciones:

PRIMERO: Desestimar las alegaciones presentadas por Garbiñe Irazusta Eskamendi.

SEGUNDO: Declarar la caducidad de la licencia concedida para la renovación del caserío Apaiziartza.

9.- Propuesta para la aprobación de la licencia de obras para rehabilitar el tejado y la fachada de la casa de Kale Nagusia 29 (2009H0030003).

Juan Luis Urkizu Urretabizkaia, en calidad de administrador de la casa nº 29 de Kale Nagusia, presenta solicitud de licencia de obra para la rehabilitación de la fachada y la cubierta de la casa sita en Kale Nagusia nº 29, acompañando de estudio básico de seguridad y salud.

Visto el informe emitido por el técnico municipal, a propuesta de esta Concejal Delegada de Urbanismo y Medio Ambiente, la Junta de Gobierno Local ha aprobado las siguientes resoluciones:

PRIMERO: Conceder licencia de obras a Juan Luis Urkizu Urretabizkaia, en calidad de administrador de la casa nº 29 de Kale Nagusia, para la rehabilitación de fachada y cubierta en Kale Nagusia nº 29, con arreglo a las siguientes condiciones:

- Se deberá de reciclar la uralita que se retire del tejado.

- Para realizar la obra tanto del tejado como de las fachadas y los balcones, se deberán tomar todas las medidas de seguridad, como proteger los andamios con redes, colocar señalización, colocar tubos para el desescombro...

- Debajo de los andamios se deberá dejar en todo momento un espacio mínimo de 2 m, que garantice el paso de viandantes y sillas de niños

- Duración de la obra: 4 meses desde el inicio de las mismas.

- Ocupación de vía publica de los andamios: 27m2

SEGUNDO: Por los derechos de expedición de licencia deberá abonar la cantidad de 4.462.65€: (2.324.25€ por el impuesto sobre construcciones y 2.138,40 € por la colocación de andamios).

TERCERO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

  • Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

  • Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

SERVICIOS SOCIALES

10.- Propuesta para la aprobación del concurso para adjundicar el servicio de bar, conserjería y limpieza del hogar del jubilado Aiton Borda (2009 GZ170001).

Vistos los pliegos de condiciones para la explotación del bar, la conserjería y limpieza de Aiton Borda, estudiadas las condiciones de otros municipios para la prestación de este servicio y las condiciones que hasta la fecha han estado vigentes, así, en mi calidad de Alcalde, propongo a la Junta de Gobierno Local la adopción del siguiente acuerdo:

PRIMERO: Aprobar el pliego de condiciones jurídicas, económicas y administrativas para la regulación del concurso de explotación de los servicios de del bar, la conserjería y limpieza del hogar del jubilado Aiton Borda de Lezo.

SEGUNDO: El plazo para la obtención de la documentación e información como para presentar las ofertas y hojas de solicitud: quince días naturales contados desde el día siguiente a la publicación de las condiciones de explotación en el Boletín Oficial de Guipúzcoa.

TERCERO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

  • Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

  • Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

11.- Propuesta para la aprobación de ayudas a familiares de presos y deportados (2008GZ040011).

Una vez estudiada la normativa y el informe de la trabajadora social respecto a las solicitudes de ayudas económicas a familiares de presos y deportados. A propuesta de Alcaldía, y condicionado a lo que responda el interventor a la propuesta presentada por la asistencia social respecto al gasto, la Junta de Gobierno Local adopta la resolución que viene a continuación:

PRIMERO: Conceder a PEREZ ARAMBURU, MARIA LOURDES la subvención de 3.382,56€ €. El gasto está justificado y se le abonará la totalidad en un solo pago.AD-

SEGUNDO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

  • Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse a Alcaldía.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

  • Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

INTERVENCIÓN

12.- Aprobación de la relación de facturas nº 54.

Se ha aprobado la relación de facturas nº 54.

CON URGENCIA

Con la conformidad de todos los corporativos presentes en la sesión se ha aprobado tratar el tema propuesto por el alcalde y que no se ha recogido en el orden del día. Se trata de los criterios para la distribución de la ayudas de emergencia social, que conviene aprobar cuanto antes, a fin de distribuir las ayudas a tenor de aquellos.

13.- Fijar criterios para la distribución de las ayudas de emergencia social y ayudas a familias. Año 2009.

Vistas las solicitudes de ayuda de emergencia social recibidas en este Ayuntamiento de Lezo y analizada la consignación presupuestaria municipal destinada a cubrir dichas ayudas, a propuesta del Alcalde la Comisión de Gobierno adopta las siguientes resoluciones:

PRIMERO: Tendrán derecho a percibir ayudas de emergencia social las personas que cumplan las condiciones establecidas en la Ley 18/2008, de 23 de diciembre, para la Garantía de Ingresos y para la Inclusión Social.

SEGUNDO: Tendrán derecho a percibir ayudas económicas a familias los ciudadanos que no cumplan las condiciones de acceso a las ayudas de emergencia social (edad, tiempo de empadronamiento...). Será necesario el iforme sobre la situación de necesidad redactado por la trabajadora social. El procedimiento de concesión será el mismo que en las ayudas de emergencia social.

TERCERO: Se establecen y se aprueban los siguientes criterios para la distribución y concesión de las ayudas de emergencia social y ayudas a familias.

  • A. Unidades convivenciales constituidas por pensionistas. Se aprobará ayudas por tres conceptos como máximo. Las solicitudes de ayuda se podrán presentar para todo el año 2009 y se aprobarán para todo el año. Las cantidades máximas que se concederán por cada concepto son las siguientes:

-Gastos de alquiler y gastos de intereses y amortización de créditos de vivienda habitual, el 50% del gasto solicitado siendo el máximo de la ayuda 217€mensuales. En concepto de gastos por entrada en una vivienda, el 50% del gasto solicitado siendo el máximo de la ayuda 434€ en total.

-Gastos de mantenimiento de vivienda: máximo de la ayuda 92.50€/mes.

-Gastos de instalaciones y reparaciones: el 50% del gasto solicitado siendo el máximo de la ayuda 550€ al año en total.

-Electrodomésticos y muebles: el 50% del gasto solicitado siendo el máximo de la ayuda 550€ al año en total.

-Necesidades básicas: el 50% del gasto solicitado siendo el máximo de la ayuda 550€ al año en total.

Deudas que se tengan por todos los conceptos anteriores: dependiendo del concepto las cantidades y porcentajes que se establecen por cada concepto.

  • B. Unidades convivenciales constituidas por personas en edad acitva laboral que están trabajando o/y tienen suscrito convenio de inserción. Se aprobará ayudas por dos conceptos como máximo. En todo caso, y con informe de la trabajadora social, se aceptará un tercer concepto siempre que sea necesario para posibilitar cualquier modalidad de proceso de inserción del solicitante o cualquier miembro de la unidad de convivencia. Las solicitudes de ayuda se podrán presentar para todo el año 2009 y se aprobarán para todo el año. Las cantidades máximas que se concederán por cada concepto son las siguientes:

-Gastos de alquiler y gastos de intereses y amortización de créditos de vivienda habitual, el 50% del gasto solicitado siendo el máximo de la ayuda 217€ mensuales. En concepto de gastos por entrada en una vivienda, el 50% del gasto solicitado siendo el máximo de la ayuda 434€ en total.

-Gastos de mantenimiento de vivienda: máximo de la ayuda 46.5€/mes.

-Gastos de instalaciones y reparaciones: el 50% del gasto solicitado siendo el máximo de la ayuda 550€ al año en total.

-Electrodomésticos y muebles: el 50% del gasto solicitado siendo el máximo de la ayuda 550€ al año en total.

-Necesidades básicas: el 50% del gasto solicitado siendo el máximo de la ayuda 550€ al año en total.

-Deudas que se tengan por todos los conceptos anteriores: dependiendo del concepto las cantidades y porcentajes que se establecen por cada concepto.

D. Unidades convivenciales constituidas por personas en edad acitva laboral que no están trabajando y no han suscrito convenio de inserción. Se aprobará ayudas por un solo concepto. Las solicitudes de ayuda se podrán presentar para todo el año 2009 y se aprobarán para todo el año. Las cantidades máximas que se concederán por cada concepto son las siguientes:

-Gastos de alquiler y gastos de intereses y amortización de créditos de vivienda habitual, el 50% del gasto solicitado siendo el máximo de la ayuda 109€ mensuales. En concepto de gastos por entrada en una vivienda, el 50% del gasto solicitado siendo el máximo de la ayuda 218€ en total.

-Gastos de mantenimiento de vivienda: máximo de la ayuda 22€/mes.

-Gastos de instalaciones y reparaciones: no se prioriza este concepto para estas unidades convivenciales.

-Electrodomésticos y muebles: no se prioriza este concepto para estas unidades convivenciales.

-Necesidades básicas: el 50% del gasto solicitado siendo el máximo de la ayuda 550€ al año en total.

-Deudas que se tengan por todos los conceptos anteriores: dependiendo del concepto las cantidades y porcentajes que se establecen por cada concepto.

CUARTO: Los beneficiarios de ayudas de emergencia social deberán cumplir las siguientes condiciones:

-La subvención deberá utilizarse para los fines a los que se ha solicitado.

-Se debe de justificar la subvención presentando los correspondientes recibos y facturas (trimestralmente)

-En caso de modificación de alguna de las condiciones del momento de la recepción de la subvención, comunicarlo a los Servicios Sociales del Ayuntamiento.

-En caso de que el beneficiario cambie de domicilio, comunicarlo.

-Devolver las cantidades que no le correspondan.

-Acudir y colaborar con los servicos sociales cuando así se le solicite o cuando han suscrito los convenios de inserción.

QUINTO: En función de la disponibilidad presupuestaria del Ayuntamiento podrán adoptarse medidas o criterios que complementen las actuales dirigidas a redistribuir mayores cuantías por los conceptos solicitados o al contrario para redistribuir menores cuantías por los conceptos solicitados.

SEXTO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

  • Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse a Alcaldía.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

  • Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

RUEGOS Y PREGUNTAS.

No ha habido ruegos ni preguntas.

Cierre del acta.

Y no habiendo más asuntos que tratar, siendo las 9:30 horas, la presidencia da por finalizada la sesión, levantándose la presente acta en las hojas oficiales números de 760.652 al 760.664 que firman todos los corporativos asistentes conmigo el secretario, de todo lo cual doy fe.


Eguna