28 de Julio de 2009

Tipo de documento

En Lezo, siendo las 8:00 horas del día 28 de julio de 2009, se celebra en el Salón de Juntas de Gobierno la SESIÓN ordinaria de la Junta de Gobierno Local, que tiene lugar en primera convocatoria, bajo la presidencia del alcalde, Haritz Salaberria Goikoetxea y con la asistencia de los corporativos Jon Legorburu Arrastua e Iñigo Esnaola Rabiza.

No han acudido a la reunión María Pilar Legorburu Etxegaray y Urko Lopetegi Campano.

Actúa como secretario Aitor Iztueta.

APROBACIÓN DE ACTA.

 

1.- Aprobación, si procede, del acta de la sesión celebrada el día 14 de julio de 2009.

Se aprueba el acta.

  • URBANISMO, OBRAS Y SERVICIOS

2.- Propuesta para aprobar el Programa de Trabajo, relativo a la reurbanización de Guillermo Lazon kalea (2009H0110002).

 

La Junta de Gobierno Local de 19 de mayo de 2009, adjudicó definitivamente las obras para la reurbanización de Guillermo de Lazón kalea a la empresa U.T.E. Lezo 2009.

Visto el Programa de Trabajo, correspondiente a la reurbanización de Guillermo Lazon kalea, presentado por la empresa U.T.E. Lezo 2009, a propuesta de este Concejal Delegado de Urbanismo y Medio Ambiente, la Junta de Gobierno Local adopta la siguiente resolución:

PRIMERO: Aprobar el Programa de Trabajo presentado por la empresa UTE Lezo 2009, para las obras de reurbanización de Guillermo de Lazón kalea.

SEGUNDO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

  • Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

  • Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

 

3.- Propuesta para denegar la licencia de primera utilización de la vivienda acondicionadas en el bajo nº31 de Jaizkibel Hiribidea (2009HO300002).

 


Elur Mitxelena Zuloaga, ha solicitado licencia de primera ocupación, como vivienda, del local sito en Jaizkibel Hiribidea nº 31, bajo, así como las licencias definitivas de cambio de uso del sector terciario al de vivienda.

El informe emitido por la arquitecta asesora dice así:

"Se han realizado dos modificaciones respecto del proyecto original:

1-Ventilación del baño: ante la inexistencia de shunt en el local, se ha optado por colocar una ventilación forzada a la fachada trasera con una pequeña rejilla.

2- Instalación de calefacción y ACS: se modifica el sistema de forma que se pasa de una calefacción eléctrica y termo acumulador a un sistema de Caldera estanca de gas natural y calefacción radiante por agua, con chimenea de expulsión de los gases de combustión a la misma fachada. La salida de humos se coloca a 3,50 m de altura, por lo que en el proyecto se estima que dicha evacuación no afectará al personal viandante de la zona.

Una vez realizada la visita de inspección el 22 de abril de 2009 se comprobó que las obras se habían realizado según el proyecto presentado a excepción de las dos modificaciones anteriormente comentadas. Dichas modificaciones no cumplían con las ordenanzas vigentes en el momento de la concesión de la licencia y del inicio de las obras, ya que ésta exigía que los humos y gases de combustión de la caldera se condujeran a través de un conducto hasta la cubierta del edificio. Lo mismo ocurría con la ventilación de los aseos, que debían disponer de un conducto de ventilación hasta la cubierta del edificio.

Tras la inspección se mantuvieron sendas conversaciones con el propietario y con uno de los proyectistas y se expuso que, ya que había entrado en vigor la nueva ordenanza para cambio de uso de terciario a residencial, que podrían llegar a justificar los cambios realizados si la caldera cumplía las exigencias del RITE para las calderas que tienen permitida la expulsión de humos y gases de combustión a fachada (emisiones de NOx de clase 5) y si justificaban que la rejilla de expulsión del aseo mantenía las distancias establecidas por la NTE-ISV.

Con fecha 24 de junio de 2009 se aportó la documentación justificativa:

  • 1- En la justificación se indica que la NTE-ISV habla únicamente de ventilaciones por conductos verticales a cubierta y justifica las distancias según las UNE 60670 que hace alusión a las distancias mínimas a otros huecos desde expulsiones de tiro forzado.

En la NTE-ISV, en el apartado de condiciones de diseño, se habla de las salidas de aire, sin especificar que deban ser conductos verticales. En dicho apartado se puede leer: "La distancia de las salidas de aire, mediante extractores, a la ventana más próxima será no menor de cuatro metros. La distancia de la salida de aire, sin extractor, a la ventana más próxima será no menor de tres metros." Por tanto, según el croquis adjunto, la solución adoptada no cumple con las ordenanzas.

  • 2- En lo que se refiere a la caldera instalada, se indica que no cumple las exigencias del nuevo RITE en lo que se refiere a las emisiones de NOx de clase 5. Se justifica tal incumplimiento en que, tanto la instalación de gas como la de la caldera se ejecutaron con anterioridad a la entrada en vigor del nuevo RITE. También se indica que la revisión de la ordenanza de cambio de uso de terciario a residencial fue aprobada con posterioridad a la instalación efectuada.

Posiblemente, la modificación de la ordenanza fuese aprobada con posterioridad a realización de la instalación y lo mismo pudo ocurrir con la entrada en vigor del nuevo RITE. Cabe indicar a este respecto que lo que se pretendía por parte del técnico que suscribe no era obligar al cumplimiento de la ordenanza modificada, sino dar la opción de legalizar la obra adaptándola a la nueva ordenanza, que es algo menos rígida en lo referente a las ventilaciones de los locales, dado que la obra, debido a las modificaciones efectuadas, no cumplía con las condiciones de ventilación exigidas por la ordenanza que estaba en vigor en el momento de la concesión de la licencia.

En cualquier caso, dado que no cumple con ninguna de las dos, no estimo oportuna la concesión de la licencia solicitada hasta que no se aporte alguna solución válida para las ventilaciones del aseo y la evacuación de humos y gases de la caldera".

En su vista, a propuesta del Concejal Delegado de Urbanismo y Medio Ambiente, la Junta de Gobierno Local adopta la siguiente resolución:

PRIMERO: Denegar la licencia de primera ocupación, por las razones expuestas en la parte expositiva de esta resolución.

SEGUNDO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

  • Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

  • Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

4.- Propuesta para aprobar la redacción de Programa de Actuación Urbanizadora del Polígono 6 (2009H0160001).

 

El Ayuntamiento de Lezo, en la Junta de Gobierno Local de 24 de febrero de 2009, resolvió adjudicar provisionalmente a SABAI ARKITEKTOAK, SL la contratación de los trabajos de redacción del Programa de Actuación Urbanizadora del Polígono 6 en las siguientes condiciones:

  • Precio: 25.000 €, sin IVA.
  • Plazo de ejecución: 45 días

En esta Junta de Gobierno Local se resolvió también que el adjudicatario debía aportar lo siguiente, una vez publicada en el perfil del contratante la adjudicación definitiva y recibida la notificación de este acuerdo, en el plazo de 15 días naturales contados desde el día siguiente:

a) Depositar la garantía definitiva, la cuantía de esta garantía será el 5% de la cantidad de la adjudicación, esto es, 1.250 €.

b) Deberá presentar la documentación de los apartados a), b), c), d), e), f) y g) del artículo 18 del pliego de condiciones.

Visto que SABAI ARKITEKTOAK, SL ha presentado la documentación indicada, teniendo en cuenta lo dispuesto por el artículo 135 de la Ley 30/2007 y a propuesta del Concejal Delegado de Urbanismo y Medio Ambiente, la Junta de Gobierno Local adopta la siguiente resolución:

PRIMERO: Adjudicar definitivamente a SABAI ARKITEKOTAK SL la contratación de los trabajos de redacción de Programa de Actuación Urbanizadora del Polígono 6 , en las condiciones detalladas en la adjudicación provisional.

SEGUNDO: Antes de 10 días desde la recepción de esta notificación, deberán presentarse ante el Ayuntamiento de Lezo a formalizar el contrato.

TERCERO: Publicar el anuncio de esta adjudicación en el Boletín Oficial de Guipúzcoa y en el perfil del contratante de este ayuntamiento.

CUARTO: Notificar esta adjudicación a las demás empresas que han tomado parte en el contrato.

QUINTO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

  • Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

  • Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.
  • SERVICIOS SOCIALES

5.- Propuesta para aprobar la solicitud del Servicio de Ayuda domiciliaria (2009GZ010007).

 

Vista la solicitud de ayuda domiciliaria realizada por Gonzalez Olascoaga, Vicenta y el informe social realizado por la trabajadora social, a propuesta de esta alcaldía la Junta de Gobierno Local adopta la siguiente resolución:

PRIMERO: Conceder el servicio de ayuda domiciliaria a Gonzalez Olascoaga, Vicenta. El servicio diario será de 2:30 horas para realizar tareas cuidado y atención personal y tareas domésticas. La dedicación diaria será ampliable en función de las necesidades.

SEGUNDO: La aportación económica por el servicio asciende a 0.72€ /hora.

TERCERO: Incluir la solicitud en lista de espera.

CUARTO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

  • Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse a Alcaldía.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

  • Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

 

6.- Propuesta para conceder ayudas a familiares de presos y deportados (2009GZ040001).

 

Una vez estudiada la normativa y el informe de la trabajadora social respecto a las solicitudes de ayudas económicas a familiares de presos y deportados, a propuesta de esta alcaldía la Junta de Gobierno Local adopta la siguiente resolución:

PRIMERO: Conceder a Legorburu Loyarte, Margarita la subvención de 1.600€ €. Se abonará el 80% en el momento de aprobación y el 20% una vez justificado el gasto.A-140/D-544

SEGUNDO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

  • Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse a Alcaldía.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

  • Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

7.- Propuesta para conceder ayudas a familiares de presos y deportados (2009GZ040002).

 

Una vez estudiada la normativa y el informe de la trabajadora social respecto a las solicitudes de ayudas económicas a familiares de presos y deportados, a propuesta de esta alcaldía la Junta de Gobierno Local adopta la siguiente resolución:

PRIMERO: Conceder a Goienetxea, Garmendia, Itziar la subvención de 14.462,88€ €. Se abonará el 80% en el momento de aprobación y el 20% una vez justificado el gasto. A-140/D-545

SEGUNDO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

  • Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse a Alcaldía.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

  • Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

 

8.- Propuesta para conceder ayudas a familiares de presos y deportados (2009GZ040003).

 

Una vez estudiada la normativa y el informe de la trabajadora social respecto a las solicitudes de ayudas económicas a familiares de presos y deportados, alcaldía eleva a la Junta de Gobierno Local,

PRIMERO: Conceder a Borde Gaztelumendi Miren Gotzone la subvención de 5.405,6€ €. Se abonará el 80% en el momento de aprobación y el 20% una vez justificado el gasto. A-140/D-546

SEGUNDO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

  • Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse a Alcaldía.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

  • Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

 

 

9.- Propuesta para conceder ayudas a familiares de presos y deportados (2009GZ040004).

 

Una vez estudiada la normativa y el informe de la trabajadora social respecto a las solicitudes de ayudas económicas a familiares de presos y deportados, a propuesta de esta alcaldía la Junta de Gobierno Local adopta la siguiente resolución:

PRIMERO: Conceder a Perez Aramburu, Maria Lourdes la subvención de 2.847,8€ €. Se abonará el 80% en el momento de aprobación y el 20% una vez justificado el gasto. A-140 / D-543

SEGUNDO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

  • Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse a Alcaldía.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

  • Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

 

10.- Propuesta para la aprobación de la subvencion a la entidad Gaxuxa ( 2009GZ050017).

 

Visto la programación y la solicitud de subvención económica presentada por Gaxuxa Lezoko Emakume taldea, a propuesta de esta alcaldía la Junta de Gobierno Local adopta la siguiente resolución:

PRIMERO: Otorgar una subvención económica de 11.800€ a Gaxuxa Emakume taldea para el ejercicio 2009-2010.

SEGUNDO: Se concede la subvención de forma nominativa y se adjunta el convenio de colaboración que ambas partes deberán firmar en la que se concretan los compromisos.

TERCERO: El pago se realizará en dos plazos. El primero correspondiente al 60% de la subvención a la aprobación, y el segundo pago correspondiente al 40% una vez realizada la justificación. AD-547

SEGUNDO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

  • Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse a Alcaldía.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

  • Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

 

11.- Propuesta para aprobar la solicitud de intervención familiar (2009GZ310005).

 

Vista la solicitud realizada por Cachafeiro Viñambres, M. Angeles, y el informe realizado por la Trabajadora Social, a propuesta de esta alcaldía la Junta de Gobierno Local adopta la siguiente resolución:

PRIMERO: Aprobar la participación de Cachafeiro Viñafeiro, M. Angeles en el programa de intervención familiar con una duración de un año con posibilidad de prórroga.

SEGUNDO: La intervención la llevará a cabo ORAIN y el Ayuntamiento asume el coste de la intervención del terapeuta, por un total de 1987,62€. AD-549.

TERCERO: Recursos contra este acuerdo:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

  • Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

  • Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

 

12.- Propuesta para aprobar la solicitud de intervención familiar (2009GZ310006).

 

Vista la solicitud realizada por Zorrozua, Maldonado, Edurne, y el informe realizado por la Trabajadora Social, a propuesta de esta alcaldía la Junta de Gobierno Local la adopta la siguiente resolución:

PRIMERO: Aprobar la participación de ZORROZUA MALDONADO, EDURNE en el programa de intervención familiar con una duración de cuatro meses con posibilidad de prórroga.

SEGUNDO: La intervención la llevará a cabo ORAIN y el Ayuntamiento asume el coste de la intervención del terapeuta, por un total de 748€. AD-550

TERCERO: Recursos contra este acuerdo:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

  • Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

  • Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

 

13.- Propuesta para aprobar la solicitud de intervención familiar (2009GZ310007).

 

Vista la solicitud realizada por Gallego Martin, Maria del Mar, y el informe realizado por la Trabajadora Social, a propuesta de esta alcaldía la Junta de Gobierno Local la adopta la siguiente resolución:

PRIMERO: Aprobar la participación de Gallego Martin, Maria del Mar en el programa de intervención familiar con una duración de un año, con posibilidad de prorroga.

SEGUNDO: La intervención la llevará a cabo ORAIN gabinetea y el Ayuntamiento asume el coste de la intervención del educador, por un total de 6627,86€ € . AD-548.

TERCERO: Recursos contra este acuerdo:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

  • Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

  • Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

 

  • INTERVENCION

14.- Propuesta para aprobar la relación de factura nº 27.

 

Se ha aprobado la relación de facturas Nº 27.

URGENTE

Con el acuerdo de todos los asistentes, y para no retrasar más el tema se aprueba la urgencia del mismo, y se aprueba examinar y votar el siguiente punto.

 

15.- Adjudicación de las obras de impermeabilización de la entrada principal de la Escuela Pública.

 

Examinado el expediente para adjudicar las obras de impermeabilización de la entrada de Herri Eskola, y visto el informe emitido por el Arquitecto Técnico municipal, a propuesta de esta alcaldía la Junta de Gobierno Local adopta la siguiente resolución:

PRIMERO: Adjudicar las obras de impermeabilización de la entrada de Herri Eskola a NIGURKO ERAIKUNTZAK, S.L., por un importe de 26.814,98€ (IVA aparte), con el autorizado de intervención AD- 366 (31.105,37€)

SEGUNDO: Estas obras están incluidas en la subvención dada por el DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN DEL GOBIERNO VASCO, en el ejercicio 2009.

TERCERO: Recursos contra este acuerdo:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

  • Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

  • Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

16.- Ratificación del drecreto D09/00477.

 

Los miembros de la Junta de Gobierno Local han ratificado el decreto D09/00477 del 22 de julio.

17.- Aprobación, mediante decreto, de los recibos de limpieza viaria, recogida de basuras, limpieza de locales y transporte escolar (Belintxon) y domicialización de pagos.

 

Teniendo en cuenta que los servicios de limpieza viaria, recogida de basuras, limpieza de locales y transporte escolar son contratos de larga duración, y dado que los pagos están especificados en los correspondientes contratos, con el fin de realizar los mismos más fácilmente y cómodamente, a propuesta de la Alcaldía, la Junta de Gobierno Local resuelve lo siguiente:

PRIMERO: Domiciliar los pagos correspondientes a los servicios de limpieza viaria, recogida de basuras, limpieza de locales y transporte escolar.

SEGUNDO: Aprobar mediante decreto los recibos correspondientes a los mencionados servicios.

 

18.- En aplicación al convenio del 2003-03-24, subvención del curso a Pasaia Lezo Lizeoa (2009KU050001).

 

Visto los programas y las solicitudes de subvención económica presentadas por diferentes entidades, y analizada la consignación presupuestaria municipal destinada a cubrir dichas ayudas, a propuesta de esta concejalía de Cultura y Juventud la Junta de Gobierno Local adopta la siguiente resolución:

PRIMERO: Otorgar a PASAIA-LEZO LIZEOA, IRAK. KOOP. ELK. una subvención económica de 40.180 € (AD-587) en aplicación del convenio firmado el 24/03/2003.

SEGUNDO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

  • Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse al concejal delegado de Cultura y Juventud.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

  • Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

 

ALCALDÍA Y DELEGADOS

 

19.- Dación de cuenta de resoluciones de Alcaldía.

El alcalde da cuenta de las resoluciones adoptadas desde la celebración de la última Junta de Gobierno, desde el 14 de julio de 2009.

    RUEGOS Y PREGUNTAS.

    No ha habido ruegos ni preguntas.

    Cierre del acta.

    Y no habiendo más asuntos que tratar, siendo las 10:00 horas, la presidencia da por finalizada la sesión, levantándose la presente acta en las hojas oficiales números 828.653 al 828.663 que firman todos los corporativos asistentes conmigo el secretario, de todo lo cual doy fe.


    Eguna