22 de mayo de 2012

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En Lezo, siendo las 8:00etan horas del día 2012/05/22, martes, se celebra en Sala de Comisiones, sesión ordinaria de la Junta de Gobierno Local, que tiene lugar en primera convocatoria, bajo la presidencia de la alcaldesa, Ainhoa Zabalo Loyarte y con la asistencia de los corporativos Eneko Lartige Zabaleku y Mikel Arruti Salaberria.

Ainhoa Intxaurrandieta Ezkurra y Luis Garrido Corral no han asistido a la reunión.

Actúa de secretario Xabier Loiola Aristi.

APROBACIÓN DE ACTA.

1. Aprobación, si procede, del acta de la sesión celebrada el día 8 de mayo de 2012.

El acta se ha aprobado y firmado.

URBANISMO, OBRAS Y SERVICIOS
2. Licencia de obras para acondicionar dos viviendas en el caserío Martizkone (2012H0030002).

Irati Salaberria Goikoetxea solicita con fecha 3 de febrero de 2012, registro de entrada número 354, licencia de obras para habilitar dos viviendas y reformar las construcciones anejas en el caserío Martizkone ubicado en Donibanealde bailara. Junto con la solicitud presenta proyecto de ejecución firmado por la empresa Uriarte Bolibar Errasti Ezeiza Arkitektoak, S.L.P., visado por el Colegio Oficial de Arquitectos Vasco-Navarro el 25 de enero de 2012 y cuyo presupuesto de ejecución material asciende a la cantidad de 141.708,44 euros.

Visto el informe emitido por el técnico municipal, a propuesta del Concejal Delegado de Urbanismo y Medio Ambiente la Junta de Gobierno Local ha resuelto:

PRIMERO: Conceder a Irati Salaberria Goikoetxea licencia de obras para habilitar dos viviendas en el caserío Martizkone ubicado en Donibanealde bailara, con arreglo a las siguientes condiciones:

1.- Para la ejecución de las obras de reconstrucción del garaje planteadas para la segunda fase, deberá presentar el correspondiente proyecto de ejecución.

2.- Las cubiertas planteadas para la segunda fase no son admisibles, ya que no cumplen con las condiciones generales de construcción y urbanización establecidas en el artículo 120. Por un lado, porque no se autorizan cubiertas planas, debiendo ser inclinadas, y por otro lado, porque el acero corten no es un material utilizado en las edificaciones rurales tradicionales, debiéndose evitar los materiales cuya textura y acabado sea muy diferente. Por lo tanto y teniendo en cuenta que las mencionadas cubiertas se prevén en la segunda fase, se propone la presentación de una nueva solución, que contemple en la medida de lo posible, un nuevo porche que combine estructura de madera, cubierta inclinada y la misma madera utilizada en las fachadas. En ese sentido, además, cabe recordar, que no computara?n a efectos de edificabilidad los porches abiertos al menos por tres lados que se integren adecuadamente en la edificacio?n, pudiendo alcanzar hasta un fondo ma?ximo de tres metros. En el caso de cerrarse los mismos, deberá computarse y justificarse la edificabilidad.

3.- En cuanto a las habitaciones, al tratarse de piezas abuhardilladas, la altura libre será igual o superior a 2,20 m en un 50% de su superficie, siendo necesario acreditar el cumplimiento de ese extremo previa obtención de la licencia de primera ocupación.

4.- El edificio de garajes que se plantea reformar no forma parte del edificio original, ya que se trata de una construcción auxiliar del caserío. En ese sentido, mediante el proyecto presentado se legalizaría de cierta manera el mencionado cuerpo y ello conllevaría el aumento de la edificabilidad. Según lo dispuesto en el artículo 131, en el caso de los caseríos, se podra? ampliar el aprovechamiento actualmente existente en un ma?ximo de un 25% en referencia al edificio principal. En el caso que nos ocupa y teniendo en cuenta que según los datos del catastro disponemos de 564m², el 25% darían como resultado 141m², y teniendo en cuenta que la superficie del garaje no supera esa superficie, no habría ningún inconveniente. En principio conviene aplicar el mencionado incremento de edificabilidad teniendo en cuenta el edificio principal, pero en este caso y considerando el cambio de rasante, en el caso de eliminarse la mencionada edificación, quedaría a la vista un gran muro. Por lo tanto, se considera más adecuado reconstruir el mencionado cuerpo y cubrir la pared. Sin embargo, en cualquier caso, estas intervenciones conllevara?n la desaparicio?n de chabolas, an?adidos precarios y tejavanas pro?ximas al caseri?o, de forma que se mejore la configuracio?n y el aspecto del conjunto del edificio y su entorno.

Por consiguiente, previo otorgamiento de la licencia de primera ocupación, se realizará una inspección con el fin de comprobar el estado de las inmediaciones del caserío.

5.- En cuanto a la parcela del caserío deberá realizarse la correspondiente división en propiedad horizontal, según las tres viviendas, y junto a la solicitud de licencia de primera ocupación, deberán aportarse las escrituras del edificio original para la consolidación de la citada parcela.

6.- En el supuesto de imposibilidad a la hora de conducir las aguas residuales a la red general de saneamiento municipal y en el caso de querer canalizar las mismas a una fosa séptica, será necesaria la autorización por parte de la Agencia del Agua URA previo inicio de las obras necesarias para llevar a cabo la mencionada solución.


SEGUNDO: Por los derechos de expedición de licencia deberá abonar la cantidad de 7.085,42 euros, correspondientes al 5% de la ejecución material.

TERCERO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.

De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

SERVICIOS SOCIALES
3. Propuesta para tomar parte en el programa de intervención familiar (2012GZ310001).

Vista la solicitud realizada por L. G., K, y el informe realizado por la Trabajadora Social, a propuesta de alcaldía la Junta de Gobierno ha adoptado la siguiente resolución:

PRIMERO: Aprobar la participación de L.A., E en el programa de intervención familiar, con posibilidad de prorroga.

SEGUNDO: La intervención la llevará a cabo Orekagune y el Ayuntamiento asume el coste de la intervención de la psicomotricista, por un total de 2.163,64 € ( A-111 D-268).

TERCERO: Recursos contra este acuerdo:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).
• Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
• De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.
• Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.
4. Propuesta para tomar parte en el programa de intervención familiar (2012GZ310002).

Vista la solicitud realizada por S. A., Mª P, y el informe realizado por la Trabajadora Social, a propuesta de alcaldía la Junta de Gobierno ha adoptado la siguiente resolución:

PRIMERO: Aprobar la participación de M.S., S. en el programa de intervención familiar con posibilidad de prórroga.

SEGUNDO: La intervención la llevará a cabo Orekagune y el Ayuntamiento asume el coste de la intervención del terapeuta, por un total de 2.042,30 € ( A-111 D-269 ).

TERCERO: Recursos contra este acuerdo:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).
• Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
• De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.
• Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.


5. Propuesta para admisión en los apartamentos tutelados (2012GZ090001).

Visto el informe técnico de la trabajadora social, y el reglamento municipal, a propuesta de alcaldía la Junta de Gobierno ha adoptado la siguiente resolución:

PRIMERO: Aprobar solicitud de entrada de Providencia Fernandez Ageitos en los apartamentos tutelados.

SEGUNDO: Por el uso del apartamento tutelado Providencia Fernandez Ageitos tendrá que pagar el 30% de la renta que percibe.

TERCERO: La presente Resolución pone fin a la vía administrativa y contra ella puede imponerse directamente recurso contencioso/administrativo ante el correspondiente Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de DOS MESES a contar desde el día siguiente al de su notificación, o bien, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado la presente resolución, en el plazo de UN MES a contar desde el día siguiente al de su notificación. Contra la resolución de este recurso de reposición cabe imponer recurso contencioso-administrativo ante el correspondiente Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de DOS MESES a contar desde el día siguiente al de la notificación de la resolución expresa desestimatoria del recurso, y en el caso de resolución presunta, cabe imponerlo en el plazo de SEIS MESES a contar desde el día siguiente a aquel en que se produzca la desestimación presunta del recurso.

INTERVENCIÓN

6. Aprobación de relación de facturas (2012KO110017).

Vista la relación de facturas suscrita por el interventor municipal, a propuesta de alcaldía la Junta de Gobierno ha adoptado la siguiente resolución:

PRIMERO: Aprobar la relación de facturas nº 17, de un total de 10.621,06 €.

SEGUNDO: Ordenar el pago de las mismas a los correspondientes acreedores.

ALCALDÍA Y DELEGADOS

7. Dación de cuenta de resoluciones de Alcaldía.

La alcalde da cuenta de las resoluciones adoptadas desde la celebración de la última Junta de Gobierno Local el pasado 8 de mayo.

La Alcalde ha propuesto a la Junta de Gobierno Local la ratificación del decreto D12/00371. El objeto del decreto es hacer los nombramientos para cubrir las cuatro plazas de administrativo y responder a las reclamaciones y recursos que durante el proceso de selección se han interpuesto.

La Junta de Gobierno Local ha acordado tratar el expediente y el decreto en esta sesión. Una vez examinado la Junta de Gobierno Local ha ratificado el Decreto D12/00371, los antecedentes y las resoluciones. La resoluciones ratificadas son las siguientes:

PRIMERO: No estimar las reclamaciones y recursos de alzada interpuestas por Maider Lasaga Telletxea, Iker Ibarguren Figueroa y Egoitz Arizmendi Brit, por las razones expuestas en este decreto.

SEGUNO: Nombrar funcionarios en prácticas para cubrir cuatro plazas de administrativos a Amaia Galdos Kazabon, Elena Esther Rodriguez Rodriguez, Maite Irazusta Errazkin y Jaione Olaizola Gorrotxategi. El nombramiento entrará en vigor el 1 de junio de 2012 y el período de práctica será de 6 meses.

TERCERO: Según lo recogido en el punto catorce de las bases reguladoras del proceso de selección, se nombran los miembros que conformaran la Comisión de Evaluación que evaluará las prácticas de los aspirantes. La Comisión la formarán los siguientes miembros:

- Xabier Loiola Aristi.
- Aitor Iztueta Garaikoetxea.
- Xanti Val Zabaleta.

CUARTO: Formar una bolsa de trabajo con las/os aspirantes que hayan aprobado todas las pruebas. Si algún miembro de la bolsa de trabajo no aceptase una propuesta de empleo o no contestase en el plazo fijado, pasará al último lugar en la lista, salvo que en un plazo de 48 horas traiga un justificante médico que certifique la imposibilidad de incorporarse al trabajo o que en su caso estuviese trabajando en otro empleo. Los miembros de la bolsa de trabajo deberán facilitar un teléfono para comunicarse.

QUINTO: Notificar el acuerdo a los interesados.

SEXTO: Ratificar el decreto en la Junta de Gobierno Local.

SEPTIMO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).
• Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
• De presentar recurso debe dirigirse a Alcaldía.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.
• Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
• De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

RUEGOS Y PREGUNTAS.

No ha habido ruegos ni preguntas.

Cierre del acta. Y no habiendo más asuntos que tratar, siendo las 8:45 horas, la presidencia da por finalizada la sesión, levantándose la presente acta en las hojas oficiales números 930678 al 930683 que firman todos los corporativos asistentes conmigo el secretario, de todo lo cual doy fe.

Eguna