28 DE ENERO DE 2019

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En Lezo, siendo las 8:00horas del lunes, 28 de enero de 2019, se celebra en la Sala de Gobierno la SESIÓN ORDINARIA de la Junta de Gobierno Local, que tiene lugar en primera convocatoria, bajo la presidencia del alcalde Jesus Maria Martiarena Jaca y con la asistencia de los/as corporativos/as Maria Noemí Arberas Oses, Irlentz Ortega Ugalde, Miguel Ángel Sánchez Antúnez (grupo municipal EAJ-PNV) y Jose Ángel Sánchez Gallardo (Socialistas Vascos)

Actúa de secretario Xabier Loiola Aristi.

APROBACIÓN DE ACTA.

1. Aprobación, si procede, del acta de la sesión celebrada el día 14 de enero de 2019 (2019ID210001).

Se aprueba el acta sin ninguna observación.

URBANISMO, OBRAS Y SERVICIOS

2. Contrato de Obra para renovar la acera de la Avenida Elías Salaberria: Propuesta para aceptar la primera certificación y por consiguiente la factura correspondiente (2018H0100002).

El 8 de noviembre de 2018 se firmo el contrato K18/0009 con la empresa Construcciones Echaide, S.A.. para la realización de la obra de la renovación de la acera de Elias Salaberria Hiribidea.. El importe de dicho contrato asciende a 217.850,57 €.

El 31 de diciembre de 2018, A.E. (arquitecto municipal) e I.E. (arquitecto técnico municipal) que llevan la dirección de obra de la renovación de la acera de Elias Salaberria Hiribidea, firmaron la primera certificación de dicha obra, y la empresa Construcciones Echaide, S.A. adjudicataria de los trabajos ha presentado la factura correspondiente, de los trabajos que se corresponden a esa segunda certificación.

Visto que la certificación viene firmada por la dirección de obra, a propuesta de este Concejal Delegado de Urbanismo, Medio Ambiente, Obras y Servicios la Junta de Gobierno Local ACUERDA:

PRIMERO: Aprobar la primera certificación presentada, y por consiguiente la factura correspondiente, por importe de 43.005,34 euros (I.V.A. incluido), que corresponde a los trabajos de ejecución de la renovación de la acera de Elias Salaberria Hiribidea. (A-384 y D-623).

3. Propuesta de respuesta a la oferta de venta de una parcela (2018H0380002).

Mediante escrito presentado en el registro municipal del Ayuntamiento de Lezo con fecha de 29 de octubre de 2018 (código de entrada: 2545), don I.O.H. realiza una oferta de venta al Ayuntamiento de una parcela de su propiedad; concretamente, el 80 % de la parcela 01-136 recogida en el catastro de Lezo.

Junto con la oferta presenta el plano de situación de la parcela, así como un certificado, en el que se indica que su superficie total es de 8.880 m2. De acuerdo con lo mencionado por el interesado, es una parcela compuesta por árboles de diferentes tipos; la mayoría son robles autóctonos, aunque también hay hayas, castaños, pinos y plataneros.

En su escrito el interesado ofrece un precio de 2,75 euros/m2. Teniendo en cuenta que se ofrece el 80% de una parcela de 8.880 m2, el precio total sería de 19.536 euros.

Visto el informe realizado por la técnico de Medio Ambiente municipal, a propuesta de este Concejal Delegado de Urbanismo, Medio Ambiente, Obras y Servicios la Junta de Gobierno Local ACUERDA:

PRIMERO: Informar favorablemente la compra del 80% de la parcela 01-136 ofrecida al Ayuntamiento por I.O.H..

SEGUNDO: Declarar como no justificado el precio ofrecido por el interesado, de 2,75 euros/m2.

TERCERO: Teniendo en cuenta el informe del Departamento de Desarrollo Rural, Litoral y Políticas Europeas del Gobierno Vasco, de marzo de 2018, y las características de la parcela que se ofrece, establecer un precio inferior a 0,45 euros/m2 para la compra de la parcela 01-136.

4. Propuesta para elevar el expediente de actividad presentado por Interal SA al Gobierno Vasco a fin de que procedan a imponer las medidas correctoras correspondientes (2018H0050004).

Examinado el expediente de actividades en tramitación a nombre de INTERAL, S.A. (A-20031126) y a fin de poner en marcha la actividad de almacén de productos alimenticios Urune Kalea 24 (Polígono 103 Sagasti), a propuesta de este Concejal Delegado de Urbanismo, Medio Ambiente, Obras y Servicios la Junta de Gobierno Local ACUERDA:

PRIMERO: Elevar el expediente de actividad indicado al Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente del Gobierno Vasco, a fin de que procedan a imponer las medidas correctoras correspondientes.

5. Propuesta para conceder Licencia de Obra para instalar ascensor en el nº 5 de Kale Nagusia (2018H0030011).

El 2 de agosto de 2018, B.L.G., en representación de la comunidad de propietarios de Kale Nagusia 5, solicitó licencia de obras para instalar un ascensor en el citado inmueble (número de entrada en registro 1929). Para ello presenta proyecto firmado por el arquitecto I.B.B., visado por el Colegio Oficial de Arquitectos Vasco-Navarro el 27 de marzo de 2017, y cuyo presupuesto de ejecución material asciende a 70.118,86 euros.

Visto el informe emitido por el técnico municipal, a propuesta de este Concejal Delegado de Urbanismo, Medio Ambiente, Obras y Servicios la Junta de Gobierno Local ACUERDA:

PRIMERO: Conceder licencia de obras a M.B.L.G., en representación de la comunidad de propietarios de Kale Nagusia 5, para la instalación de un ascensor en el citado inmueble, con arreglo a las siguientes condiciones:

  • Deberá disponerse alumbrado de emergencia y extintores en todos los rellanos de la escalera.
  • Cuando el ascensor no tenga cuarto de máquinas y las maquinaria esté dentro del recinto del ascensor, como es el caso, los elementos constructivos que separan el ascensor de una unidad de uso (vivienda) deberían tener un índice de reducción acústica, RA, mayor que 60 dBA. Asimismo, deberán cumplirse las condiciones para el anclaje de los sistemas de tracción de los ascensores a las estructuras del edificio, para que las vibraciones, sobre todo en el arranque y parada, no se transmitan al resto del edificio.
  • -Se deberán adecuar los acabados de suelo, paredes y techos si no cumplieran en cuanto a su clase de reacción al fuego.
  • Se deberán compartimentar los locales de riesgo especial que comuniquen con la caja de escalera.
  • Si para realizar los trabajos de obra se ve necesaria la colocación de contenedor para los residuos de construcción se deberá realizar la correspondiente solicitud de ocupación de vía pública previo pago de la tasa correspondiente.
  • Si la obra se va a realizar por varias empresas y/o varios trabajadores autónomos, en la fase de ejecución de la misma, se deberá nombrar un coordinador de seguridad y salud.
  • El tamaño de las obras o instalaciones no será mayor que el especificado. En este sentido, cualquier superación de medidas se entenderá como incumplimiento de la normativa urbanística siendo objeto de sanción.
  • La licencia de obra se concede para realizar los trabajos descritos en la memoria presentada, por lo que no se podrá cambiar ningún elemento de la estructura, si no se presenta previamente el correspondiente proyecto con el cálculo estructural y justificantes correspondientes.
  • Antes del inicio de las obras, se adoptaran las medidas de seguridad necesarias, y durante el transcurso de los trabajos se cumplirá con la legislación vigente en materia de seguridad y salud de los trabajadores. Asimismo, se tomarán las medidas correctoras necesarias para garantizar la seguridad de las personas que puedan acceder cerca de la obra.
  • Las obras no se podrán realizar entre las 21:00 y las 8:00horas ni los domingos ni festivos. La policía municipal paralizará los trabajos que se realicen fuera del horario autorizado.
  • El ayuntamiento podrá realizar inspección tanto en el momento mismo de la realización de la obra como posteriormente y verificar que se cumplen las condiciones establecidas en la presente licencia.
  • Las obras deberán ser iniciadas en el plazo máximo de tres meses y su finalización no podrá superar los nueve meses desde el otorgamiento de la licencia.
  • Las licencias se conceden siempre salvo el derecho de propiedad, y sin perjuicio de terceros, es decir, que la obtención de la licencia no exime de otras autorizaciones que se requiriesen, como cuando los elementos sobre los que se va a actuar son elementos comunes que pertenecen a una comunidad de propietarios.

SEGUNDO: Para la correcta gestión de los residuos, se deberá depositar una garantía, según lo establecido en el apartado 2 del artículo 5 del Decreto D112/2012. El importe de dicha garantía será del 120% del presupuesto especificado en el estudio de gestión de los residuos, es decir, 289,47 x 1,2 = 347,36 euros. Al final de la obra, se confirmará que se cumplen las condiciones establecidas en el decreto mencionado y la devolución de la garantía estará condicionada al cumplimiento de las mismas.

TERCERO: Por los derechos de expedición de licencia, deberá abonar la cantidad de 3.505,94 euros.

6. Propuesta de concesión de licencia de obras para instalar ascensor en el nº 35 de Jaizkibel HIribidea. (2018H0030012).

El 8 de agosto de 2018, B.S. de la empresa Ofiserv S.L. en representación de la comunidad de propietarios de Jaizkibel Hiribidea 35, solicitó licencia de obras para instalar un ascensor en el citado inmueble (número de entrada en registro 1966). Para ello presenta proyecto firmado por el arquitecto I.A.O., visado por el Colegio Oficial de Arquitectos Vasco-Navarro el 6 de agosto 2018, y cuyo presupuesto de ejecución material asciende a 165.641,50 euros.

Anteriormente, el 2 de enero de 2018, I.V.T., en representación de la comunidad de propietarios de Jaizkibel Hiribidea 35, presentó una propuesta para garantizar la accesibilidad en el citado inmueble, solicitando información urbanística sobre la viabilidad de la propuesta, porque se invadía el patio trasero público (número de entrada en registro 8).

Resumiendo, en la información urbanística que se adjunto al decreto D18/0506 del 04/05/2018, se les notificó que debían reducir la ocupación del patio trasero hasta 0,98 metros para que la afección a las ventanas de los edificios colindantes fuera la mínima posible.

El 8 de octubre de 2018, la abogada A.M.S., en representación de la comunidad de propietarios de Jaizkibel Hiribidea 37, presentó un escrito (número de entrada en registro 2385). En el mismo expresa que son conocedores de que el ascensor que se quiere instalar en el edificio colindante va a ocupar parte del patio trasero, pero que no se les ha enseñado el proyecto, y que quiere conocer la afección que sufrirían las ventanas de sus representadas y representados, para certificar que se cumplen las distancias mínimas que se establecen por ley.

Aunque en su día se había previsto notificar la información urbanística que había solicitado la comunidad de Jaizkibel Hiribidea 35 a la comunidad de Jaizkibel Hiribidea 37, al final no se les envió, y por lo tanto, se comunicó dicha información urbanística a la abogada A.M. para que la trasladase a sus representadas y representados. Asimismo, se le comunicó que a la sazón la comunidad de propietarios de Jaizkibel Hiribidea 35 todavía no había obtenido la licencia de obra, y que siguiendo al procedimiento establecido en la ordenanza municipal, el proyecto debía ser expuesto públicamente durante 20 días, y que esa exposición se comunicaría a todos los colindantes.

El proyecto de expuso públicamente durante mínimo veinte (20) días, desde el 1 de diciembre de 2018 hasta el 2 de enero de 2019, una vez que el anuncio de la exposición se publicó en el Boletín Oficial de Gipuzkoa el 30 de noviembre de 2018. Posteriormente, se comunicó a las comunidades de Jaizkibel Hiribidea 35 y 37, y Kale Nagusia 24 y 26 mediante bandos que se colocaron en los portales. En ese plazo no se han recogido reclamaciones ni sugerencias.

Visto el informe emitido por el técnico municipal, a propuesta de este Concejal Delegado de Urbanismo, Medio Ambiente, Obras y Servicios la Junta de Gobierno Local ACUERDA:

PRIMERO: Conceder licencia de obras a B.S. de la empresa Ofiserv S.L. en representación de la comunidad de propietarios de Jaizkibel Hiribidea 35, para la instalación de un ascensor en el citado inmueble, con arreglo a las siguientes condiciones:

  • Deberá disponerse alumbrado de emergencia y extintores en todos los rellanos de la escalera.
  • Cuando el ascensor no tenga cuarto de máquinas y las maquinaria esté dentro del recinto del ascensor, como es el caso, los elementos constructivos que separan el ascensor de una unidad de uso (vivienda) deberían tener un índice de reducción acústica, RA, mayor que 60 dBA. Asimismo, deberán cumplirse las condiciones para el anclaje de los sistemas de tracción de los ascensores a las estructuras del edificio, para que las vibraciones, sobre todo en el arranque y parada, no se transmitan al resto del edificio.
  • Se deberán adecuar los acabados de suelo, paredes y techos si no cumplieran en cuanto a su clase de reacción al fuego.
  • Se deberán compartimentar los locales de riesgo especial que comuniquen con la caja de escalera.
  • Si para realizar los trabajos de obra se ve necesaria la colocación de contenedor para los residuos de construcción se deberá realizar la correspondiente solicitud de ocupación de vía pública previo pago de la tasa correspondiente.
  • Si la obra se va a realizar por varias empresas y/o varios trabajadores autónomos, en la fase de ejecución de la misma, se deberá nombrar un coordinador de seguridad y salud.
  • El tamaño de las obras o instalaciones no será mayor que el especificado. En este sentido, cualquier superación de medidas se entenderá como incumplimiento de la normativa urbanística siendo objeto de sanción.
  • La licencia de obra se concede para realizar los trabajos descritos en la memoria presentada, por lo que no se podrá cambiar ningún elemento de la estructura, si no se presenta previamente el correspondiente proyecto con el cálculo estructural y justificantes correspondientes.
  • Antes del inicio de las obras, se adoptaran las medidas de seguridad necesarias, y durante el transcurso de los trabajos se cumplirá con la legislación vigente en materia de seguridad y salud de los trabajadores. Asimismo, se tomarán las medidas correctoras necesarias para garantizar la seguridad de las personas que puedan acceder cerca de la obra.
  • Las obras no se podrán realizar entre las 21:00 y las 8:00horas ni los domingos ni festivos. La policía municipal paralizará los trabajos que se realicen fuera del horario autorizado.
  • El ayuntamiento podrá realizar inspección tanto en el momento mismo de la realización de la obra como posteriormente y verificar que se cumplen las condiciones establecidas en la presente licencia.
  • Las obras deberán ser iniciadas en el plazo máximo de tres meses y su finalización no podrá superar los nueve meses desde el otorgamiento de la licencia.
  • Las licencias se conceden siempre salvo el derecho de propiedad, y sin perjuicio de terceros, es decir, que la obtención de la licencia no exime de otras autorizaciones que se requiriesen, como cuando los elementos sobre los que se va a actuar son elementos comunes que pertenecen a una comunidad de propietarios.

SEGUNDO: Para la correcta gestión de los residuos, se deberá depositar una garantía, según lo establecido en el apartado 2 del artículo 5 del Decreto D112/2012. El importe de dicha garantía será del 120 % del presupuesto especificado en el estudio de gestión de los residuos, es decir, 1.760,00 x 1,2 = 2.112,00 euros. Al final de la obra, se confirmará que se cumplen las condiciones establecidas en el decreto mencionado y la devolución de la garantía estará condicionada al cumplimiento de las mismas.

TERCERO: Por los derechos de expedición de licencia, deberá abonar la cantidad de 8.282,08 euros.

7. Propuesta de concesión de licencia de obra para realizar la rehabilitación (rehabilitación energética) del edificio sito en Kale Nagusia, 21 (2018H0030014).

El 6 de noviembre de 2018, la empresa Basa Arquitectura, en representación de la comunidad de propietarios de Kale Nagusia 21, solicitó licencia de obras para la rehabilitación energética del citado inmueble (número de entrada en registro 2586). Para ello presenta proyecto firmado por las arquitectas M.P.G. e I.R.M. de Basa Arquitectura, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos Vasco-Navarro el 29 de octubre de 2018, y cuyo presupuesto de ejecución material asciende a 73.414,84 euros.

Visto el informe emitido por el técnico municipal, a propuesta de este Concejal Delegado de Urbanismo, Medio Ambiente, Obras y Servicios la Junta de Gobierno Local ACUERDA:

PRIMERO: Conceder licencia de obras a Basa Arquitectura, en representación de la comunidad de propietarios de Kale Nagusia 21, para la rehabilitación energética del citado inmueble, con arreglo a las siguientes condiciones:

  • Los materiales, colores, y acabados de los materiales que se emplearán para renovar la fachada deberán cumplir con las condiciones que establece el artículo 36 de las ordenanzas del Plan Especial de Rehabilitación del Casco Histórico de Lezo. Asimismo, las cuerdas para el tendido de ropa deberán recolocarse en la parte trasera, y no como ahora, dando a la Kale Nagusia.
  • Aunque no se prevea la sustitución de las carpinterías, mencionar que cuando se cambien deberán cumplirse las condiciones que se establecen en el anteriormente citado artículo 36, y que en ese sentido, no se autorizan las persianas enrollables, sino que ha de respetarse la tipología tradicional, a modo de librillos o contraventanas. En cuanto a las propias carpinterías recordar, que si se mejoran todos los elementos de la envolvente, pero las carpinterías no reúnen unas características de aislamiento térmico similares, el efecto de puente térmico que se produce en las mismas se acentuará, pudiendo aparecer problemas de condensaciones, ya que funcionaran como agujeros en una envolvente aislada térmicamente.
  • La licencia de obra se concede para realizar los trabajos descritos en la memoria presentada, por lo que no se podrá cambiar ningún elemento de la estructura, si no se presenta previamente el correspondiente proyecto con el cálculo estructural y justificantes correspondientes. En ese sentido, si al renovar la escalera se considera que hay que cambiar algún elemento estructural, deberá presentarse el anexo correspondiente donde se certifique que el nuevo elemento cumple con las especificaciones que se le exigen.
  • El tamaño de las obras o instalaciones no será mayor que el especificado. En este sentido, cualquier superación de medidas se entenderá como incumplimiento de la normativa urbanística siendo objeto de sanción.
  • En el presupuesto se prevé la instalación de andamios para la ejecución de la obra, por lo tanto, antes del inicio de las obras se deberá presentar el proyecto correspondiente en el Ayuntamiento, y si fuera necesario ocupar suelo público para su colocación, deberá detallarse la superficie necesaria, y abonar las tasas correspondientes a la ocupación de suelo público. Previamente al montaje de los andamios deberá consensuarse su ubicación con la Policía Municipal.
  • Si para realizar los trabajos de obra se ve necesaria la colocación de contenedor para los residuos de construcción se deberá realizar la correspondiente solicitud de ocupación de vía pública previo pago de la tasa correspondiente.
  • Si la obra se va a realizar por varias empresas y/o varios trabajadores autónomos, en la fase de ejecución de la misma, se deberá nombrar un coordinador de seguridad y salud.
  • Antes del inicio de las obras, se adoptaran las medidas de seguridad necesarias, y durante el transcurso de los trabajos se cumplirá con la legislación vigente en materia de seguridad y salud de los trabajadores. Asimismo, se tomarán las medidas correctoras necesarias para garantizar la seguridad de las personas que puedan acceder cerca de la obra.
  • Las obras no se podrán realizar entre las 21:00 y las 8:00horas ni los domingos ni festivos. La policía municipal paralizará los trabajos que se realicen fuera del horario autorizado.
  • El ayuntamiento podrá realizar inspección tanto en el momento mismo de la realización de la obra como posteriormente y verificar que se cumplen las condiciones establecidas en la presente licencia.
  • Las obras deberán ser iniciadas en el plazo máximo de tres meses y su finalización no podrá superar los nueve meses desde el otorgamiento de la licencia.
  • Las licencias se conceden siempre salvo el derecho de propiedad, y sin perjuicio de terceros, es decir, que la obtención de la licencia no exime de otras autorizaciones que se requiriesen, como cuando los elementos sobre los que se va a actuar son elementos comunes que pertenecen a una comunidad de propietarios.

    SEGUNDO: Para la correcta gestión de los residuos, se deberá depositar una garantía, según lo establecido en el apartado 2 del artículo 5 del Decreto D112/2012. El importe de dicha garantía será del 120 % del presupuesto especificado en el estudio de gestión de los residuos, es decir, 1.054,35 x 1,2 = 1.265,22 euros. Al final de la obra, se confirmará que se cumplen las condiciones establecidas en el decreto mencionado y la devolución de la garantía estará condicionada al cumplimiento de las mismas.

    TERCERO: Por los derechos de expedición de licencia, deberá abonar la cantidad de 1.835,37 euros.

EUSKARA

8. Propuesta para aprobar la solicitud de subvención realizada por Euskaraz Koop. Elkartea para el curso 2018-2019 (2019KU080001).

En el presupuesto de 2019 se recoge subvencionar la actividad de Euskaraz Koop. E. (AEK) en el curso 2018-2019. Examinado el expediente a propuesta de esta Alcaldía la Junta de Gobierno Local ACUERDA:

PRIMERO: Aprobar la solicitud hecha por E.L.L. en nombre de Euskaraz Koop. Elkartea.

SEGUNDO: En función del convenio aprobado por la Junta de Gobierno Local el 21-07-2014 y suscrito entre la mencionada entidad y el Ayuntamiento de Lezo, la partida correspondiente para el curso 2018-2019, es de 15.000,00 €. Por lo tanto, la subvención para el mencionado curso será de 15.000,00 € y se hará a cargo de la partida 2140 (AD-13/2019).

TERCERO: El pago se realizará en dos partes: una vez acordada esta propuesta, 10.500,00 (70%) y una vez finalizado el curso la segunda parte, 4.500.00 (30%), una vez presentados la justificación de la subvención y si el balance sigue siendo negativo.

PERSONAL

9. Propuesta para aprobar la oferta pública de empleo del Ayuntamiento de la Universidad de Lezo para el año 2019 (2019PE080001).

El Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el 29 de noviembre de 2018 aprobó la plantilla orgánica y la relación de puestos de trabajo del año 2019.

Teniendo en cuenta las plazas vacantes, este equipo de gobierno ve primordial cubrir cuanto antes el puesto de Técnica/o de Modernización e Innovación.

Por todo ello proponemos aprobar la Oferta Pública de Empleo de 2019, incluyendo en un principio solamente la plaza de Técnica/o de Modernización e Innovación.

Posteriormente la oferta pública de empleo podrá ser ampliada.

En su vista a propuesta de esta Alcaldía la Junta de Gobierno Local ACUERDA:

PRIMERO: Aprobar la Oferta Pública de Empleo del Ayuntamiento de la Universidad de Lezo para el año 2019.

En la Oferta Pública de Empleo se incluye la siguiente plaza, con dotación presupuestaria reservada a funcionarios/as de carrera:

- Denominación: Técnica/o de Modernización e Innovación.

- Numero de puestos: 1.

- Régimen: Funcionario.

- Grupo de Clasificación: A1.

- Escala: Administración Especial.

- Subescala: Técnica.

- Clase: Técnico Superior

- Complemento de Destino: 21

- Perfil lingüístico: 4.

- Fecha preceptividad: 01/01/2019.

- Dedicación: 100%

- Forma de Provisión:Concurso oposición.

SEGUNDO: Publicar la Oferta de Empleo Público en el Boletín Oficial de Gipuzkoa. Se publicará también un extracto de la oferta en el Boletín Oficial del País Vasco.

10. Propuesta para la aprobación de las bases y la convocatoria para cubrir por concurso-oposición libre una plaza de Técnica/o de Modernización e Innovación, vacante en este Ayuntamiento (2019PE090001).

Examinadas las bases elaboradas por los técnicos municipales para cubrir una plaza de Técnica/o de Modernización e Innovación por concurso-oposición libre, a propuesta de esta Alcaldía la Junta de Gobierno Local ACUERDA:

PRIMERO: Aprobar las bases y realizar la convocatoria para cubrir una plaza de Técnica/o de Modernización e Innovación, por concurso-oposición libre, vacante en la plantilla de este Ayuntamiento e incluida en la Oferta de Empleo Público de 2019.

SEGUNDO: Publicar las bases que regirán la convocatoria pública en el Boletín Oficial de Gipuzkoa y una reseña de las mismas en el Boletín Oficial del Estado.

SERVICIOS SOCIALES

11. Propuesta para aprobar los criterios establecidos para las Ayudas de Emergencia Social para el año 2019 (2019GZ020001).

Examinado el expediente para los criterios de AES de 2019, a propuesta de la Concejal delegada de Servicios Sociales, la Junta de Gobierno Local ACUERDA:

PRIMERO: Aprobar los criterios establecidos en este ayuntamiento para la distribución de las Ayudas de Emergencia Social.

Estos son los criterios:

Se aprobará la ayuda por dos conceptos máximo. Se podrá otorgar un tercer concepto si se valora que existe una situación de necesidad a través de un informe social de la trabajadora social.

Las personas que tengan unos ahorros de más de 8.000€ en capital mobiliario no podrán solicitar AES, excepto en el caso de que necesiten esos ahorros a corto plazo para la vivienda o para cubrir necesidades primarias, porque se entiende que, en ese caso, la unidad convivencial tiene posibilidades de hacer frente a los gastos.

Las cantidades serán las siguientes:

CANTIDADES DE DINERO

  • Alquiler: Máximo 3.000€/año
  • Hipoteca: Máximo 3.000€/año
  • Mantenimiento: Máximo 900€/año
  • Energia: Máximo 900€/año
  • Endeudamiento: Máximo 3.000€/año (se tendrán en cuenta las cantidades máximas de cada concepto)
  • Muebles y electrodomésticos: Máximo 1.850€/año (se presentarán 2 presupuestos de línea blanca y se aceptará el presupuesto más adecuado)
  • Reparaciones de la vivienda: Máximo 1.850€/año.
  • Necesidades primarias: Máximo 1.850€/año.

    ** Arreglos de boca:el/la solicitante presentará 2 presupuestos y un documento firmado por el /la dentista sobre el tratamiento.

    No se aprobarán extracciones, tratamientos que tengan una base estética, implantes, ortodoncias, panorámicas ni gastos cubiertos por el programa PADI.

12. Propuesta para prorrogar el programa de intervención familiar a V.M.F.L. (2018GZ310001).

Vista la solicitud realizada por V.M.F.L, y el informe realizado por la Trabajadora Social, a propuesta de la Concejal delegada de Servicios Sociales, la Junta de Gobierno Local ACUERDA:

PRIMERO: Aprobar la participación de V.M.F.L. en el programa de intervención familiar desde abril hasta diciembre.

SEGUNDO: La intervención la llevará a cabo Lahar Elkargoa, y el Ayuntamiento asume el coste por un total de 8.575,00€ (AD-740).

13. Propuesta para prorrogar el programa de intervención familiar a N.M.M. (2018GZ310003).

Vista la solicitud realizada por N.M.M. para participar en el programa de intervención familiar y el informe realizado por la Trabajadora Social, a propuesta de la Concejal delegada de Servicios Sociales, la Junta de Gobierno Local ACUERDA:

PRIMERO: Aprobar la solicitud de N.M.M.para participar en el programa de intervención familiar del ayuntamiento desde enero de 2019 hasta diciembre de 2019,

SEGUNDO: La intervención la llevará a cabo Lahar Elkargoa, y el Ayuntamiento asume el coste por un total de 3.297,00€ (AD-740).

ALCALDÍA Y DELEGADOS

14. Dación de cuenta de resoluciones de Alcaldía

El alcalde da cuenta de las resoluciones adoptadas desde la celebración de la última Junta de Gobierno, desde el 14 de enero de 2019.

RUEGOS Y PREGUNTAS

15. Ruegos y preguntas

No ha habido ruegos ni preguntas.

Cierre del acta.

Y no habiendo más asuntos que tratar, siendo las 8:45 horas, la presidencia da por finalizada la sesión, levantándose la presente acta en las hojas oficiales números 1244055 al 1244058 y 1432811 al 1432816, de todo lo cual doy fe, con el visto bueno de Alcaldía.

Eguna