25 DE JUNIO DE 2018

Tipo de documento

En Lezo, siendo las 8:00 horas del lunes, 25 de junio de 2018, se celebra en la Sala de Gobierno la SESIÓN ORDINARIA de la Junta de Gobierno Local, que tiene lugar en primera convocatoria, bajo la presidencia del alcalde Jesus Maria Martiarena Jaca y con la asistencia de los/as corporativos/as Maria Noemí Arberas Oses, Irlentz Ortega Ugalde, Miguel Ángel SánchezAntúnez (grupo municipal EAJ-PNV), y Jose Ángel Sánchez Gallardo (Socialistas Vascos)

Actúa de secretario Xabier Loiola Aristi.

APROBACIÓN DE ACTA.

1. Aprobación, si procede, del acta de la sesión celebrada el día 11 de junio de 2018 (2018ID210011).

Se aprueba el acta sin ninguna observación.

URBANISMO, OBRAS Y SERVICIOS

2. Propuesta para conceder a los copropietarios de Txulotxo 1,2,3,4 y 5 licencia de obras para restaurar la fachada de los edificios indicados(2018H0030009).

Con fecha 08-06-2018 y mediante nº de registro de entrada 1423 A.V.V. en nombre de los Copropietarios de Txulotxo 1,2,3,4, y 5 ha solicitado licencia de obra para restaurar la fachada de los edificios indicados adjuntando al efecto presupuesto que asciende a 62.261,00€ así como el proyecto de instalación de andamios.

Examinado el expediente y visto el informe emitido al respecto por el Técnico competente, a propuesta de este Concejal Delegado de Urbanismo, Medio Ambiente, Obras y Servicios la Junta de Gobierno Local ACUERDA:

PRIMERO: Conceder a los Copropietarios de Txulotxo 1,2,3,4 y 5 (H20632576), licencia de Obras para restaurar la fachada de los edificios indicados según presupuesto presentado al efecto y atendiendo a las siguientes condiciones:

· Antes del inicio de las obras, se adoptaran las medidas de seguridad necesarias, y durante el transcurso de los trabajos se cumplirá con la legislación vigente en materia de seguridad y salud de los trabajadores. Asimismo, se tomarán las medidas correctoras necesarias para garantizar la seguridad de las personas que puedan acceder cerca de la obra.

· Se deberá comunicar cualquier cambio que se quiera realizar en la ejecución de la obra.

· Si la obra se va a realizar por varias empresas y/o varios trabajadores autónomos, en la fase de ejecución de la misma, se deberá nombrar un coordinador de seguridad y salud.

· El tamaño de las obras o instalaciones no será mayor que el especificado. En este sentido, cualquier superación de medidas se entenderá como incumplimiento de la normativa urbanística siendo objeto de sanción.

· El ayuntamiento podrá realizar inspección tanto en el momento mismo de la realización de la obra como posteriormente y verificar que se cumplen las condiciones establecidas en la presente licencia.

· La licencia de obra se concede exclusivamente para realizar los trabajos definidos en el presupuesto, por lo que no se podrá cambiar ningún elemento de la estructura, si no se presenta previamente el correspondiente proyecto con el cálculo estructural y justificantes correspondientes

· Las licencias se conceden siempre salvo el derecho de propiedad, y sin perjuicio de terceros, es decir, que la obtención de la licencia no exime de otras autorizaciones que se requiriesen, como cuando los elementos a reparar son elementos comunes que pertenecen a una comunidad de propietarios.

Las obras no se podrán realizar entre las 21:00 y las 8:00 horas ni los domingos ni festivos. La policía municipal paralizará los trabajos que se realicen fuera del horario autorizado.

SEGUNDO: Si para realizar los trabajos de obra se ve necesaria la colocación de contenedor para los residuos de construcción se deberá realizar la correspondiente solicitud de ocupación de vía pública previo pago de la tasa correspondiente.

TERCERO: Para la realización de los trabajos de obra se precisa la colocación de andamios cuyo proyecto de instalación ha sido presentado. Se garantizará el paso libre, para los viandantes de 150 cmts. de ancho y 220 cmts. de alto, también en el caso de paso bajo los andamios.

Antes de la colocación de los andamios se deberá comunicar a la policía municipal (tfno. 629-434-847) cuándo y dónde se colocarán, como se señalizara, cortará y protegerá la vía teniendo en cuenta a los viandantes.

- Los andamios se colocarán sobre la acera de la vía pública y nunca ocuparán el espacio correspondiente al tráfico.

- Queda prohibido colocar anuncios en los andamios, a excepción del nombre de la empresa constructora.

- Queda prohibido colocar tablas en pendiente para las labores de carga y descarga.

- La autorización para la colocación de andamios no incluye lo siguiente: la ocupación de más terrenos, autorización para la colocación de contenedores, vado para las labores de carga y descarga, etc.

- En caso de que el andamio no se retire en el plazo autorizado ( 120 m2 durante 2 meses), se deberá solicitar una nueva licencia. La solicitud de la nueva licencia se realizará con un nuevo período de previsión para poder realizar la liquidación de las tasas.

CUARTO:Para garantizar la correcta gestión de residuos generados durante la obra, y tal y como establece el apartado 2 del artículo 5 del Decreto 112/2012, deberá establecerse una fianza, que será un 120% del presupuesto estimado en el estudio de gestión de residuos del proyecto. Como no se ha presentado estudio de gestión de residuos, se estima como valoración de la gestión de residuos en un 0,75% del presupuesto de ejecución presentado. Es decir se establece una garantía de 466,98€. En el fin de obra, se demostrará mediante la presentación de los certificados correspondientes, que se ha cumplido con las condiciones que se establecen en el mencionado decreto, y el cumplimiento de dichas exigencias condicionará la devolución de la fianza presentada.

QUINTO: Por los derechos de expedición de esta licencia deberá pagar la cantidad correspondiente atendiendo a la ordenanza fiscal en vigor.

3. Propuesta para conceder licencia de obra a los copropietarios de Avda. Jaizkibel, 23 para reparar balcones (2018H003004).

Con fecha 04-05-2018 y mediante registro de entrada 1086 J.R.P.B. en nombre de los copropietarios de Avda. Jaizkibel, 23 (H20218798) ha solicitado Licencia de obras para realizar la reparación de los balcones que dan a las fachadas oeste y sur del citado edificio.

Al efecto se presenta el correspondiente proyecto visado, junto con el presupuesto que asciende a 115.484,09€ y el proyecto de instalación de andamiaje.

Visto el informe emitido por el técnico municipal, a propuesta de este Concejal Delegado de Urbanismo, Medio Ambiente, Obras y Servicios la Junta de Gobierno Local ACUERDA:

PRIMERO:Conceder licencia de Obras a los Copropietarios de Avda. Jaizkibel, 23 (H20218798) para poder reparar los balcones que dan a las fachadas oeste y sur del citado edificio, con arreglo a la documentación presentada y a las siguientes condiciones:

· Si la obra se va a realizar por varias empresas y/o varios trabajadores autónomos, en la fase de ejecución de la misma, se deberá nombrar un coordinador de seguridad y salud.

· El tamaño de las obras o instalaciones no será mayor que el especificado. En este sentido, cualquier superación de medidas se entenderá como incumplimiento de la normativa urbanística siendo objeto de sanción.

· La licencia de obra se concede para realizar los trabajos descritos en la memoria presentada, por lo que no se podrá cambiar ningún elemento de la estructura, si no se presenta previamente el correspondiente proyecto con el cálculo estructural y justificantes correspondientes.

· Antes del inicio de las obras, se adoptaran las medidas de seguridad necesarias, y durante el transcurso de los trabajos se cumplirá con la legislación vigente en materia de seguridad y salud de los trabajadores. Asimismo, se tomarán las medidas correctoras necesarias para garantizar la seguridad de las personas que puedan acceder cerca de la obra.

· Las licencias se conceden siempre salvo el derecho de propiedad, y sin perjuicio de terceros, es decir, que la obtención de la licencia no exime de otras autorizaciones que se requiriesen, como cuando los elementos a reparar son elementos comunes que pertenecen a una comunidad de propietarios.

· Las obras no se podrán realizar entre las 21:00 y las 8:00horas ni los domingos ni festivos. La policía municipal paralizará los trabajos que se realicen fuera del horario autorizado.

· El ayuntamiento podrá realizar inspección tanto en el momento mismo de la realización de la obra como posteriormente y verificar que se cumplen las condiciones establecidas en la presente licencia.

· Antes de la colocación de los andamios y ó contenedores, se deberá comunicar a la policía municipal (tfno. 629-434-847) cuándo y dónde se colocarán, como se señalizara, cortará y protegerá la vía teniendo en cuenta a los viandantes.

· Al colocar los andamios, deberá garantizarse el paso a los peatones, con un mínimo de 150 cm de anchura. Incluso cuando el paso queda por debajo de los andamios, tendrá 150 cm de anchura y 220 cm de altura. Para potenciar la visibilidad se utilizarán diferentes tonalidades cromáticas en los elementos auxiliares.

A la altura de la primera planta se colocará una bandeja impermeabilizadora, para evitar que los residuos caigan a la vía pública.

SEGUNDO:Para garantizar la correcta gestión de residuos generados durante la obra, y tal y como establece el apartado 2 del artículo 5 del Decreto 112/2012, deberá establecerse una fianza, que será un 120% del presupuesto estimado en el estudio de gestión de residuos del proyecto. Es decir se establece una garantía de 1.305,95 x 1,2 = 1.567,14€. En el fin de obra, se demostrará mediante la presentación de los certificados correspondientes, que se ha cumplido con las condiciones que se establecen en el mencionado decreto, y el cumplimiento de dichas exigencias condicionará la devolución de la fianza presentada.

TERCERO:Para realizar los trabajos de obra se ve necesaria la colocación de 1 contenedor. Este contenedor deberá estar siempre cubierto, para que no se levante el polvo y a la hora de verter los residuos de obra se tomaran las correspondientes medidas especiales para que estos no caigan a suelo público ni se levante polvo.

CUARTO:Por los derechos de expedición de esta licencia se deberá pagar la cantidad fijada en la ordenanza fiscal el vigor.

4. Propuesta para la aprobación de la clasificación y adjudicación del contrato de obras para garantizar la accesibilidad urbana a Altamira (2018H0100001).

Analizadas y valoradas por la Mesa de Contratación las ofertas presentadas por los licitadores en el expediente para la contratación de la obra para garantizar la accesibilidad urbana a Altamira, a propuesta de esta Alcaldía la Junta de Gobierno Local ACUERDA:

PRIMERO:Teniendo en cuenta la valoración de las ofertas técnicas y económicas presentadas y aprobadas, admitir la siguiente puntuación general y la correspondiente clasificación:

memoria

trafico

peatón

precio

plazo

TOTAL

1

MURIAS

10,5

2,5

2

73,64

4

92,64

2

URBYCOLAN

14

2,75

2,5

69,88

0

89,13

3

MOYUA

10,5

2

2,5

71,26

0

86,26

4

ALTUNA y URIA

7

1,5

1,5

74,00

0

84,00

5

OBEGISA

7

2

2

71,85

1

83,85

SEGUNDO:Requerir al primer clasificado, CONSTRUCCIONES MURIAS S.A., para que en el plazo de 7 díashábiles a partir del día siguiente al de la recepción de la notificación:

a) Constituya la garantía definitiva de acuerdo con lo estipulado en la cláusula 14 de los Pliegos de Condiciones. El importe de dicha garantía será del 5 % del importe de la adjudicación, es decir, 24.339,11 euros.

b) Presente la documentación acreditativa de cumplir sus obligaciones fiscales y para con la Seguridad Social, de conformidad con lo dispuesto en la cláusula 16 de los Pliegos de Condiciones.

c) Presente una copia de la póliza del seguro de responsabilidad civil y Seguro de Todo Riesgo de Construcción contratada, así como documentación que acredite que la misma se encuentra al corriente del pago, de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula 24 de los Pliegos de Condiciones.

En caso de no presentar los documentos exigidos dentro del plazo de siete (7) días hábiles, se entenderá que el licitador ha desistido de su oferta, en cuyo caso se consultará la lista de ofertas ordenada según la puntuación obtenida y se exigirá al siguiente licitador que presente la documentación mencionada.

5. Propuesta para aprobar el documento descriptivo de la situación actual de la piscina municipal de Altzate y el local de AAVV de Altamira y solicitar al registro de la propiedad la inscripción de dichas edificaciones como obra nueva (2018H0580001).

El Ayuntamiento de Lezo desea inscribir en el registro de la propiedad edificaciones construidas por dicha entidad local. Se trata por una parte del edificio que alberga las piscinas municipales y por otra parte del local polivalente sito junto a las piscinas que es utilizado por la Asociación de Vecinos del Barrio Altamira de Lezo.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 del Real Decreto 1093/1997, de 4 de julio, por el que se aprueban las normas complementarias al Reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecaria sobre Inscripción en el Registro de la Propiedad de Actos de Naturaleza Urbanística

“Los edificios o mejoras de los mismos que por accesión se incorporan a la finca, cuando se ejecuten conforme a la ordenación urbanística aplicable, serán inscribibles en el Registro de la Propiedad en virtud de los títulos previstos por la legislación hipotecaria. A tal efecto, deberá constar en los mismos, al menos, el número de plantas, la superficie de parcela ocupada, el total de los metros cuadrados edificados, y, si en el proyecto aprobado se especifica, el número de viviendas, apartamentos, estudios, despachos, oficinas o cualquier otro elemento que sea susceptible de aprovechamiento independiente.”

El arquitecto municipal ha elaborado un documento en el que se describe la situación actual de la piscina municipal Altzate y el Local polivalente arriba citado. Dicho documento consta de una memoria y cinco anexos en el que se da cumplimiento holgadamente de los requisitos señalados en el artículo 45 arriba trascrito.

En cuanto a los títulos previstos en la legislación hipotecaria para acceder al Registro de la Propiedad teniendo en cuenta artículo 3 de la Ley Hipotecaria, en relación con esta el artículo 2 del Real Decreto 1093/1997 arriba citado, establece en su apartado 2 y 3 lo siguiente:

“2. Salvo los casos en que la legislación establezca otra cosa, los actos administrativos se inscribirán mediante certificación de la misma naturalezaque cumpla los siguientes requisitos:

a) Que se expida, en ejemplar duplicado, por el Secretario de la entidad u órgano actuante y con inserción literal del acuerdo adoptado.

b) Que exprese que el acto ha puesto fin a la vía administrativa, salvo lo dispuesto en este Reglamento para acuerdos determinados.

c) Que se hagan constar en ella, en la forma exigida por la Legislación Hipotecaria, las circunstancias relativas a las personas, los derechos y las fincas a los que afecte el acuerdo.

3. En el supuesto contemplado en el apartado 2, el Registrador, una vez practicado el asiento que corresponda, archivará uno de los ejemplares de la certificación y devolverá el otro con nota de las operaciones realizadas. En el caso de que deniegue o suspenda total o parcialmente la inscripción deberá hacer constar el medio que, a su juicio, fuese procedente para subsanar el defecto que motivó la suspensión, o bien la forma más adecuada, en su caso, de obtener la inscripción en el supuesto de que el defecto, por su carácter insubsanable, hubiera motivado la denegación del título.”

En cuanto a los requisitos para la inscripción del título el artículo 46 del Real Decreto 1093/1997 señala:

“Para inscribir los títulos comprendidos en el artículo anterior será necesario el cumplimiento de los siguientes requisitos:

1. Que se acredite la obtención de la licencia que corresponda, salvo que legalmente no fuere exigible.

2. Si el edificio estuviere en construcción, que se acredite por el técnico a que se refiere el art. 50 que la descripción de la obra nueva, en cuanto a los extremos comprendidos en el artículo anterior, se ajusta al proyecto para el que, en su caso, se obtuvo la licencia.

3. Si el edificio se declarara concluido, el certificado deberá acreditar, además de lo previsto en los números anteriores, que la obra ha finalizado y que se ajusta, en cuanto a dichos extremos, al proyecto correspondiente.”

En cuanto al técnico competente para realizar y suscribir la documentación que deba tener acceso al Registro de la Propiedad, el artículo 50 del mismo Real Decreto 1093/1997 dispone:

“A los efectos de lo dispuesto en este capítulo, se tendrá por técnico competente:

1. El que por sí solo o en unión de otros técnicos hubiere firmado el proyecto para el que se concedió la licencia de edificación.

2. El que por sí solo o en unión de otros tuviere encomendada la dirección de la obra.

3. Cualquier otro técnico, que mediante certificación de su colegio profesional respectivo, acredite que tiene facultades suficientes.

4. El técnico municipal del Ayuntamiento competente que tenga encomendada dicha función.”

De conformidad con el régimen jurídico citado, lo que procede es la aprobación por parte del Ayuntamiento de Lezo del documento redactado por el Arquitecto municipal que deberá ser certificado por el Secretario Municipal, para solicitar su inscripción en el Registro de la Propiedad como obra nueva.

Por lo tanto, a propuesta de este Concejal Delegado de Urbanismo, Medio Ambiente, Obras y Servicios la Junta de Gobierno Local ACUERDA:

PRIMERO.-Aprobar el Documento titulado “Documentación Descriptiva de la Situación actual de la Piscina Municipal de Altzate y el Local de AA.VV de Altamira”, redactado por el Arquitecto municipal.

SEGUNDO.-Solicitar al Registro de la Propiedad la inscripción de las citadas edificaciones como obra nueva.

6. Propuesta de concesión de licencia de obra a la empresa transportes TIC, S.L. para instalar un decantador (2018H0030008).

Con fecha 8 de junio de 2018, Asier Txapartegi, en nombre de la empresa TRANSPORTES TIC S.L., solicita licencia para ejecutar obras de mejora en las instalaciones de su propiedad en Gaintxurizketa bidea (número de registro de entrada: 1438). Concretamente, las obras propuestas son las siguientes:

Mejoras en el decantador existente

Construcción de un nuevo decantador

Acometida fecales

Nuevo lavadero de maquinaria

ANTECEDENTES:

En 2009, dentro del proceso de legalización de la actividad, la Agencia del Agua URA concede a la empresa AGENCIA MARITIMA ALGEPOSA S.A. (posteriormente TRANSPORTES TIC S.L.) licencia para verter aguas residuales a la regata Zubitxo (resolución de 4 de mayo de 2009, expediente nº 2008H0050012).

En junio y agosto de 2016, se producen vertidos a la regata Zubitxo desde las instalaciones que posee en Gaintxurizketa bidea la empresa TRANSPORTES TIC S.L. (ALGEPOSA), quedando la regata totalmente sucia por sólidos durante varios días, por lo que se remiten fotografías y un informe a la Agencia del Agua URA.

Se comprueba que la contaminación es debida a la limpieza de maquinaria en las instalaciones de la empresa.

Posteriormente, se han llevado a cabo durante estos años varias reuniones entre la empresa y la Agencia del Agua URA para corregir la situación y gestionar mejor las aguas residuales que actualmente la mencionada empresa vierte a la regata Zubitxo. El Ayuntamiento de Lezo ha estado en todo momento informado sobre las reuniones celebradas.

INFORME

Tal y como se ha mencionado, el proyecto propone la ejecución de las siguientes obras:

Mejora en el decantador existente. Se trata de un decantador compuesto por cuatro celdas que tiene una dimensión total de 11,30 x 2,5 metros. Sin embargo, dada la situación de los tubos de entrada y salida del agua, solo dos de las cuatro celdas son efectivas. Para corregir ese aspecto se modificará la disposición de los mencionados tubos y se incrementará (de un metro a 1,2 metros) la altura de las celdas con el fin de aumentar la efectividad del decantador.

Nuevo decantador. El agua que sale del decantador actual se canalizará a otro decantador. El nuevo decantador tendrá las mismas dimensiones que el anterior (11,30 x 2,5) y la altura de las celdas será de un metro.

Acometida fecales. Se construirá una nueva tubería de PVC de 300 mm de 220 metros lineales desde las instalaciones de la empresa hasta la conducción de aguas fecales del Ayuntamiento. Los primeros 60 metros estarán en el interior de las instalaciones de la empresa, y los 160 metros restantes discurrirán desde el sur del caserío Bide-Alde y posteriormente bajarán por el camino vecinal que conduce al caserío Borda hasta el cruce con la calle Eugenio Otxoa. Se prevén 8 arquetas en todo el trazado.

Nuevo lavadero. La nueva superficie para el lavado de maquinaria tendrá una dimensión de 17,50 x 3,40 metros y su función será la limpieza de las maquinas utilizadas para mover las cargas a granel. En la mencionada limpieza se utilizará agua a presión sin jabón. Las aguas provenientes del lavadero pasarán por un separador de grasa antes de canalizarlas al colector de aguas residuales.

Estudio de Gestión de Residuos y suelos potencialmente contaminantes

El mencionado estudio está recogido en el Anexo I de la Memoria, y según el mismo, el coste total de la gestión de la totalidad de los residuos generados en la obra asciende a 1.039,74 euros.

De conformidad con los datos reflejados en la Memoria, de los 481,092 m3 que se van a extraer de la excavación, 267,046 m3 van a ser utilizados en la obra, y por tanto, serán 214,046 m3 las tierras que deberán gestionarse externamente. Asimismo, deberán gestionarse externamente materiales como hormigón, asfalto, metales y otros residuos municipales.

Hay que mencionar que la tierra extraída de las excavaciones que se realicen en el interior de las instalaciones de la empresa pueden ser potencialmente contaminantes, ya que ese espacio está incluido en el inventario de suelos que soportan o han acogido actividades o instalaciones potencialmente contaminantes. Consecuentemente, al menos los 126,046 m3 extraídos de las labores de excavación del nuevo lavadero a gestionar externamente son tierras potencialmente contaminantes.

En el apartado 7 de la Memoria está debidamente justificado que los mencionados trabajos no precisan de ningún tipo de declaración sobre la calidad de suelo, puesto que se cumple lo dispuesto en el artículo 25.c de la Ley 4/2015. Además, teniendo en cuenta que el volumen de tierra generado en las labores de excavación es inferior a 500 m3, no es necesaria la ejecución de un plan de excavación (artículo 25.5).

No obstante, previamente al comienzo de las obras, se deberá enviar un informe al departamento de medio ambiente en el que se explique cómo se van a llevar a cabo las obras, y deberán ejecutarse las labores de caracterización de las tierras extraídas para comprobar si están o no contaminadas.

Finalmente, se han detectado algunas deficiencias en el Estudio de Gestión de Residuos como las correspondientes al título del proyecto y a la identificación de la parcela objeto de la obra y de las parcelas colindantes. Además, en el punto 5.3 del mencionado estudio se afirma que en ese espacio no ha existido ninguna actividad potencialmente contaminante, y ese aspecto también hay que corregirlo.

Examinado el expediente, visto el informe técnico, a propuesta de este Concejal Delegado de Urbanismo, Medio Ambiente, Obras y Servicios la Junta de Gobierno Local ACUERDA:

PRIMERO:Conceder a la empresa TRANSPORTES TIC, S.L. Licencia de obras para la Construcción en sus Instalaciones de un nuevo Decantador, Acometida de Fecales y nuevo Lavadero, condicionada al cumplimiento de las siguientes condiciones:

Teniendo en cuenta que algunas labores de excavación se van a ejecutar en una parcela recogida en elinventario de suelos que soportan o han acogido actividades o instalaciones potencialmente contaminantes, previamente al comienzo de las obras, se deberá informar al departamento de medio ambiente sobre la realización de esas obras. La mencionada notificación deberá presentarse en el Ayuntamiento de Lezo en un plazo máximo de 15 días desde la concesión de la licencia de obras.

Deberá revisarse la licencia de vertido concedida mediante resolución de fecha 9 de mayo de 2009 de la Agencia del Agua URA (cambio de titularidad en la resolución de 12 de enero de 2010), para establecer nuevas condiciones sobre el vertido. Teniendo en cuenta que la mencionada licencia de vertido no se concede hasta la finalización de las obras, deberá presentarse en el Ayuntamiento de Lezo para revisar la solicitud realizada en la Agencia del Agua URA, en un plazo máximo de 15 días desde la concesión de la licencia de obras.

Deberá presentarse en el Ayuntamiento de Lezo antes de la finalización de las obras, documentación explicativa sobre la forma de gestión de los residuos generados tanto en el decantador como en el separador de grasa.

Con el objeto de acordar el punto exacto de la toma de aguas residuales, deberán ponerse en contacto con el Servicio de Aguas del Ayuntamiento de Lezo (Xabier Fernández, 607 118235).

La tubería de aguas residuales se ejecutará desde el borde del camino vecinal. Mientras duren las obras, deberán garantizarse los desplazamientos de las personas usuarias del mencionado camino.

Una vez cortado el pavimento de hormigón, se abrirá una zanja y la nueva tubería deberá asentarse sobre una cama de arena. La superficie deberá rodearse de hormigón y encima deberá colocarse una cinta de advertencia. El relleno deberá tener un grado de compactación del 95% PN. El nuevo pavimento deberá unirse mecánicamente con el pavimento antiguo para evitar asientos diferenciales.

Previamente al comienzo de las obras para soterrar la tubería de aguas residuales, deberá solicitarse cita para la ejecución de las labores de replanteo.

Una vez finalizadas las obras, todas las maquinas de la empresa deberán lavarse en el nuevo lavadero, quedando en todo caso prohibida la limpieza de las mismas fuera del lavadero.

En el caso de que una vez finalizadas las obras y puestas en marcha las nuevas instalaciones se observase que desde la empresa TRANSPORTES TIC S.L. se vierten aguas residuales a la regata Zubitxo, será responsabilidad de la empresa notificar esa incidencia tanto al Ayuntamiento como a la Agencia del Agua URA y estudiar la implantación de nuevas medidas con el fin de evitar la contaminación.

SEGUNDO:Para garantizar la correcta gestión de residuos generados durante la obra, y tal y como establece el apartado 2 del artículo 5 del Decreto 112/2012, deberá establecerse una fianza, que será un 120% del presupuesto estimado en el estudio de gestión de residuos del proyecto. Es decir 1.039,74 x 1,2 = 1.247,69 €. En el fin de obra, se demostrará mediante la presentación de los certificados correspondientes, que se ha cumplido con las condiciones que se establecen en el mencionado decreto, y el cumplimiento de dichas exigencias condicionará la devolución de la fianza presentada.

TERCERO:Por los derechos de expedición de licencia deberá abonar la cantidad establecida en la ordenanza fiscal en vigor.

7. Propuesta de concesión de licencia de obra para impermeabilizar la cubierta de un grupo de pabellones en el polígono Sagasti (2018H0030007).

La empresa Gabiria & San Juan Gestión y Fincas S.L.P., en nombre de los copropietarios del polígono industrial de Lezo, solicitan con fecha 5 de junio de 2018 (número de registro: 1385) licencia de obra para realizar la impermeabilización de la cubierta de un grupo de pabellones en el polígono 103 Sagasti.

INFORME TÉCNICO

La superficie del grupo de pabellones ubicados en el polígono 103 Sagasti es de 7.160,83 metros cuadrados, y según los datos que obran en el archivo municipal, actualmente se desarrollan en el mencionado espacio las siguientes actividades:

CALLE

Nº PABELLON

EMPRESA

Sagasti kalea

2

35

ELOCOM

Sagasti kalea

4

36 / 61

FERVICA

Sagasti kalea

6

37 / 60

IRU LEZO MONTAJES ELECTRICOS S.L.

Sagasti kalea

8

38 /59

OARSOTEK

Sagasti kalea

10

39 / 58

OXER SPORT

Sagasti kalea

12

40 / 57

ASTILAN

Sagasti kalea

14

41 / 56

TALLERES Y MONTAJES BIDER S.L.L.

Sagasti kalea

16

42 /

URLAPLAST

Sagasti kalea

18

43 / 54

URLAPLAST

Sagasti kalea

20

44 / 53

RUBITEC

Sagasti kalea

22

45 / 52

RUBITEC

Sagasti kalea

24

46 / 51

MECANIZADOS BIDASOA

Sagasti kalea

26

47 / 50

MECANIZADOS BIDASOA

Sagasti kalea

28

48 / 49

LIFITEC

Haritzabakar kalea

14-15

55

NORCLAMP

Para la tramitación de la concesión de la licencia de obra se ha analizado la situación de las actividades en el archivo municipal y se hace el siguiente resumen:

CALLE

Nº Pabellón

Empresa

Situación

Expediente

Sagasti, 2

35

ELOCOM

Tiene licencia de actividad

2018H0040002

Sagasti, 4

36 / 61

FERVICA

No tiene licencia de actividad (se le solicitó documentación complementaria en el 2003 y no lo ha presentado)

Sagasti , 6

37 / 60

IRU LEZO MONTAJES ELECTRICOS S.L.

Tiene licencia de actividad

2012H0050008

Sagasti , 8

38 /59

OARSOTEK

No se ha encontrado documentación

Sagasti , 10

39 / 58

OXER SPORT

Tiene licencia de actividad

2006H0040015

Sagasti, 12

40 / 57

ASTILAN

Tiene licencia de actividad

2006H0050011

Sagasti, 14

41 / 56

TALLERES Y MONTAJES BIDER S.L.L.

No tiene licencia de actividad

Sagasti, 16

42 /

URLAPLAST

Tiene licencia de actividad

(903- 06) 1989

Sagasti, 18

43 / 54

URLAPLAST

Tiene licencia de actividad

(903- 06)1989

Sagasti, 20

44 / 53

RUBITEC

Tiene licencia de actividad

(92) 1988

Sagasti, 22

45 / 52

RUBITEC

Tiene licencia de actividad

(92) 1988

Sagasti, 24

46 / 51

MECANIZADOS BIDASOA

No tiene licencia de actividad

Sagasti, 26

47 / 50

MECANIZADOS BIDASOA

No tiene licencia de actividad

Sagasti, 28

48 / 49

LIFITEC

Tiene licencia de actividad

2009H0050011

Haritzabakar, 14-15

55

NORCLAMP

Tiene licencia de actividad

(892-01) 1999

· La licencia de actividad de la empresa Fervica Oiartzun ubicada en el número 4 del polígono industrial Sagasti comenzó a tramitarse en 2003. Se les solicitó documentación complementaria pero todavía no la han presentado.

· La empresa Oarsotek ubicada en el número 8 del polígono industrial Sagasti no ha tramitado licencia de actividad.

· A la empresa Talleres y Montajes Bider S.L.L. ubicada en el número 14 del polígono industrial Sagasti, cuando tramitó el cambio de titularidad del agua en marzo de 2018, se le concedió el plazo de un mes para comenzar a tramitar el correspondiente expediente de actividad y todavía no ha presentado documentación alguna.

· La empresa Mecanizados Bidasoa ubicada en los números 24-26 del polígono industrial Sagasti no ha tramitado licencia de actividad.

Considerando que los datos que obran en el archivo municipal son correctos, en el caso de que el interesado detectara alguna modificación, se solicita que las notifique al ayuntamiento, recordando en cualquier caso que si se hubieran producido modificaciones desde la legalización de las actividades, las modificaciones realizadas también deben ser legalizadas.

Junto a la solicitud de licencia de obra para realizar la rehabilitación de la cubierta, se ha presentado el proyecto que define las obras con los siguientes apartados: memoria, plan de control de calidad, estudio básico de seguridad y salud, estudio de gestión de residuos, planos, presupuesto y pliegos técnicos.

Condiciones particulares:

· A la hora de ejecutar la rehabilitación de la cubierta, deberá redactarse un estudio de protección contra incendios que contemple diferentes sectores para evitar que el fuego se propague al exterior.

· Según el proyecto, la duración de las obras será de 3 meses y habrá cinco trabajadores como máximo trabajando. A pesar de que el plan de seguridad prevé la colocación de barandillas en el perímetro de la cubierta, no se especifica cómo van a acceder al tejado los trabajadores, cómo se van a subir los materiales y cómo se van a bajar los escombros. Por ello, hay que recordar, que en el caso de querer instalar algún elemento auxiliar, deberá tramitarse su legalización previamente al comienzo de las obras.

· Si la obra se va a realizar por varias empresas y/o varios trabajadores autónomos, en la fase de ejecución de la misma, se deberá nombrar un coordinador de seguridad y salud.

· El tamaño de las obras o instalaciones no será mayor que el especificado. En este sentido, cualquier superación de medidas se entenderá como incumplimiento de la normativa urbanística siendo objeto de sanción.

· Antes del inicio de las obras, se adoptaran las medidas de seguridad necesarias, y durante el transcurso de los trabajos se cumplirá con la legislación vigente en materia de seguridad y salud de los trabajadores. Asimismo, se tomarán las medidas correctoras necesarias para garantizar la seguridad de las personas que puedan acceder cerca de la obra.

· La licencia de obra se concede exclusivamente para realizar los trabajos definidos en la memoria por lo que no se podrá cambiar ningún elemento de la estructura, si no se presenta previamente el correspondiente proyecto con el cálculo estructural y justificantes correspondientes

· Las obras no se podrán realizar entre las 21:00 y las 8:00 horas ni los domingos ni festivos. La policía municipal paralizará los trabajos que se realicen fuera del horario autorizado.

· Si para realizar los trabajos de obra se ve necesaria la colocación de contenedor para los residuos de construcción se deberá realizar la correspondiente solicitud de ocupación de vía pública previo pago de la tasa correspondiente.

· El ayuntamiento podrá realizar inspección tanto en el momento mismo de la realización de la obra como posteriormente y verificar que se cumplen las condiciones establecidas en la presente licencia.

· Las licencias se conceden siempre salvo el derecho de propiedad, y sin perjuicio de terceros, es decir, que la obtención de la licencia no exime de otras autorizaciones que se requiriesen, como cuando los elementos a reparar son elementos comunes que pertenecen a una comunidad de propietarios.

Examinado el expediente, visto el informe técnico, a propuesta de este Concejal Delegado de Urbanismo, Medio Ambiente, Obras y Servicios la Junta de Gobierno Local ACUERDA:

PRIMERO: Conceder licencia de obra a los copropietarios de Lezoko Industrialdea para realizar la impermeabilización de la cubierta de los pabellones que conforman el edificio Norte.

SEGUNDO: Por los derechos de concesión de la presente licencia deberá pagar lo establecido en la ordenanza fiscal en vigor, teniendo en cuenta que el presupuesto de los trabajos de ejecución asciende a 273.466,98 €.

TERCERO:Para garantizar la correcta gestión de residuos generados durante la obra, y tal y como establece el apartado 2 del artículo 5 del Decreto 112/2012, deberá establecerse una fianza, que será un 120% del presupuesto estimado en el estudio de gestión de residuos del proyecto. Es decir se establece una garantía de 1.076,01 x 1,2 = 1.291,21€. En el fin de obra, se demostrará mediante la presentación de los certificados correspondientes, que se ha cumplido con las condiciones que se establecen en el mencionado decreto, y el cumplimiento de dichas exigencias condicionará la devolución de la fianza presentada.

CUARTO: Solicitar a los copropietarios del polígono industrial 103 Sagasti que indiquen si los datos del ayuntamiento correspondientes a los pabellones que conforman el edificio Norte son correctos. Asimismo, notificar a las empresas que carecen de licencia de actividad, que disponen de un mes para iniciar la tramitación de legalización de las actividades correspondientes o para presentar la documentación complementaria que se les solicito en su día.

PERSONAL

8. Propuesta para conceder permiso sin sueldo por cuidado de hijas/os solicitado por M.G.I. (2018PE040003).

M.G.I., trabajadora social de este Ayuntamiento, ha solicitado en instancia presentada el 23 de mayo de 2018, permiso sin sueldo por cuidado de hijas/os desde el día 16 al 30 de julio de 2018.

Examinada la petición, visto el informe emitido por el técnico y dada cuenta de la petición a la responsable de Servicios Sociales, a propuesta de esta Alcaldíala Junta de Gobierno Local ACUERDA:

PRIMERO: Conceder a M.G.I. el permiso sin sueldo solicitado por cuidado de hijas/os.

SEGUNDO: El permiso entrará en vigor el 16 de julio de 2018 y finalizará el 30 de julio de 2018.

TERCERO: Dar cuenta de este acuerdo a los/as interesados/as.

9. Propuesta para aprobar el calendario laboral de la técnica de igualdad (2018PE060002).

La Junta de Gobierno Local en sesiones celebradas el 04/12/2017 y 15/01/2018 aprobó los calendarios laborales de los distintos departamentos y servicios municipales.

En este sentido, la técnica de igualdad ha propuesto un calendario laboral que facilitaría mejor que con el actual, la conciliación de su vida personal y laboral.

Examinado el expediente, a propuesta de esta Alcaldíala Junta de Gobierno Local ACUERDA:

PRIMERO: Aprobar el calendario laboral de la técnica de igualdad. El calendario es el siguiente:

· Trabajar de lunes a jueves, 4h 22,5min al día.

· Lunes, miércoles y jueves, horario matinal. Hora de entrada de 8:30 a 9:00.

· Martes, horario de tarde. Entrada a las 16:00horas.

· Disposición a adecuarse a cambios de horario por necesidades de trabajo.

ALCALDÍA Y DELEGADOS

10. Dación de cuenta de resoluciones de Alcaldía.

El alcalde da cuenta de las resoluciones adoptadas desde la celebración de la última Junta de Gobierno, desde el 11 de junio.

RUEGOS Y PREGUNTAS.

No ha habido ruegos ni preguntas.

Cierre del acta.

Y no habiendo más a

Eguna