26 de Enero de 2010

Tipo de documento

En Lezo, siendo las 8:15 horas del día 26 de enero de 2010, se celebra en la Sala de Juntas de Gobierno, SESIÓN ORDINARIA de la Junta de Gobierno Local, que tiene lugar en primera convocatoria, bajo la presidencia del alcalde, Haritz Salaberria Goikoetxea y con la asistencia de los corporativos Jon Legorburu Arrastra e Iñigo Esnaola Arbiza.

No han asistido a la reunión Urko Lopetegi Campano y Pili Legorburu Etxegarai.

Actúa de secretario Xabier Loiola Aristi.

APROBACIÓN DE ACTA.

 

1.- Aprobación, si procede, del acta de la sesión celebrada el día 12 de enero de 2010.

 

Se aprueba el acta.

 

URBANISMO, OBRAS Y SERVICIOS

 

2.- Propuesta para la aprobación de los proyectos para la solicitud de subvención del Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local. (2009ID500006).

Al objeto de acogerse a las ayudas previstas en el Real Decreto-Ley 13/2009, de 26 de octubre , por el que se crea un Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local, y con la condición para la realización de las inversiones a que se autorice su financiación por el Fondo mencionado, la Junta de Gobierno Local aprueba la realización de las siguientes inversiones (de nueva planificación y de ejecución inmediata):

1.- "Obras para la mejora de la eficiencia energética y la sostenibilidad del edificio del Ayuntamiento", con un presupuesto de ejecución por contrata de 183.828,20 € (IVA incluido). Base imponible 158.472,59 € e IVA 25.355,61 €.

2.- "Obras para la mejora de la eficiencia energética y la sostenibilidad del edificio Casa de Cultura Andreone", con un presupuesto de ejecución por contrata de 149.997,37 € (IVA incluido). Base imponible 129.308,08 € e IVA 20.689,29 €.

Honorarios de redacción de proyecto: 11.321,6 € (IVA incluido). Base imponible 9.760 € e IVA 1.561,6 €.

Honorarios de dirección de obra: 8.804,4 € (IVA incluido). Base imponible 7.590 € e IVA 1.214,4 €.

3.- "Renovación de redes de abastecimiento, saneamiento (aguas pluviales) y alumbrado en el polígono Itturrin (108) de Lezo", con un presupuesto de ejecución por contrata de 112.622,46 € (IVA incluido). Base imponible 97.088.33 € e IVA 15.534,13 €.

4.- "Renovación de redes de abastecimiento y alumbrado en los barrios de Pisbe eta San Pedro", con un presupuesto de ejecución por contrata de 53.779,47 € (IVA incluido). Base imponible 46.361,61 € e IVA 7.417,86 €.

3.- Propuesta para la adjudicación provisional de las obras en Jauregialde (2009H0110003).

El Ayuntamiento de Lezo, en Junta de Gobierno Local celebrada el 20 de octubre de 2009, resolvió iniciar el proceso de contratación de las obras de reurbanización de Jauregialde, me­diante procedimiento abierto y urgente, y acordó aprobar los gastos y los pliegos de condiciones que han de regir la contratación.

El anuncio de esta contratación fue publicada en el Boletín Oficial de Gipuzkoa el 6 de noviembre de 2009.

Se admitieron 16 propuestas para la licitación.

Teniendo en cuenta la propuesta de la Mesa de Contratación

Teniendo en cuenta lo establecido en los artículos 134 y 135 de la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público

Asimismo, teniendo en cuenta lo dispuesto en los artículos 16 y 19 del Pliego de Condiciones, y a propuesta del concejal delegado de de Urbanismo, Medio Ambiente y Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local ha adoptado las siguientes resoluciones:

PRIMERO: Adjudicar provisionalmente la contratación de las obras de "reurbanización de la Calle Guillermo Lazon " a Construcciones Gaztañaga, S.L., en las siguientes condiciones:

  • Precio: 436.135,12 €, IVA: 69.781,62€ (D-3/2010).
  • Plazo de ejecución: 16 semanas.

El resto de las establecidas en la propuesta presentada.

SEGUNDO: El adjudicatario, publicada la adjudicación provisional en el perfil del contratante y recibida la notificación de este acuerdo, en el plazo de 15 días contados desde el día siguiente deberá llevar a cabo lo siguiente:

  • a) Depositar la garantía definitiva, la cuantía de esta garantía será el 5% de la cantidad de la adjudicación, esto es, 21.806,75 €.

TERCERO: La adjudicación provisional se publicará en el perfil del contratante durante 15 días y se notificará a todos los que han presentado oferta. Esta adjudicación provisional, se convertirá automáticamente en definitiva si en dicho plazo de 15 días el contratista lleva a cabo las acciones previstas. Si no, la adjudicación definitiva no se efectuará a favor del adjudicatario provisional.

4.- Propuesta para la aprobación del anexo del proyecto de urbanización del polígono 107 (2008H0430003).

La Junta de Gobierno Local, en la sesión celebrada con fecha 9 de septiembre de 2008, en respuesta a la solicitud realizada por parte de los miembros de la junta de compensación sobre la devolución de los avales por importe de 63.574 € y 43.706 €, adoptó la siguiente resolución:

PRIMERO: Solicitar a la Junta de Compensación del polígono 107 la presentación de un anexo del Proyecto de Urbanización, en el plazo de dos meses a partir de la recepción de la notificación del presente acuerdo. El citado anexo deberá establecer las medidas oportunas que deberán adoptarse en el sur de la parcela número 2 del polígono 107 para evitar posibles daños.

SEGUNDO: Una vez presentado el anexo correspondiente al Proyecto de Urbanización por la Junta y aprobado por el ayuntamiento, la Junta de Compensación deberá ejecutar las obras correspondientes. La gestión, recepción y el resto de tramitaciones relacionadas con las obras coincidirán con las del Proyecto de Urbanización.

TERCERO: Si no se presenta el mencionado anexo en el plazo establecido, el ayuntamiento encargará la redacción del Proyecto de Urbanización y llevará a cabo las correspondientes obras a cuenta de los miembros de la Junta de Compensación, ejecutando los avales constituidos al efecto.

En cumplimiento de la orden municipal, la Junta de Compensación del polígono 107 presentó el 10 de julio de 2009 el anexo correspondiente al Proyecto de Urbanización redactado por el ingeniero MatÍas Grande Pison. El 26 de agosto de 2009, presentó asimismo otro anexo sobre la gestión de residuos.

El Arquitecto Asesor municipal ha informado favorablemente sobre el proyecto presentado.

Después de la presentación del anexo correspondiente al Proyecto de Urbanización, el presidente de la Junta de Compensación del polígono 107, en varias reuniones celebradas con el ayuntamiento, comunicó que prefería que fuese el ayuntamiento quien se encargara de ejecutar las obras pendientes para finalizar la urbanización a cuenta de los avales constituidos por los miembros de la Junta.

En cualquier caso, con el fin de cumplir los acuerdos adoptados anteriormente, y a propuesta del concejal delegado de Urbanismo, Medio Ambiente, Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local ha adoptado las siguientes resoluciones:

PRIMERO: Aprobar el anexo correspondiente al Proyecto de Urbanización presentado por la Junta de Compensación del polígono 107.

SEGUNDO: La Junta de Compensación del polígono 107 deberá comenzar a ejecutar las obras previstas en el anexo en el plazo de un mes a partir de la recepción de la notificación del presente acuerdo, o de lo contrario, deberá comunicar al ayuntamiento por escrito su intención de no ejecutar las obras y su propósito de delegar su ejecución en el ayuntamiento a cuenta de los avales constituidos por los miembros de la Junta de Compensación, dando su visto bueno a la ejecución de los mismos.

TERCERO: Si no se comienzan las obras en el plazo previsto o si no se comunica por escrito al ayuntamiento lo expuesto en el punto anterior, el ayuntamiento llevará a cabo las correspondientes obras a cuenta de los miembros de la Junta de Compensación, ejecutando los avales constituidos al efecto.

5.- Propuesta para iniciar el expediente de suministro del alquiler de la máquina barredora (2010H0170001).

El Ayuntamiento de Lezo necesita adquirir una barredora y, para ello, propone realizar un contrato de arrendamiento.

Se trata de un contrato de suministro según lo previsto en el artículo 9 de la LEY 30/2007 de Contratos del Sector Público, por lo tanto, además de tener en cuenta lo dispuesto en el tomo primero de la mencionada Ley, también se estará a lo establecido en el título primero del tomo segundo.

En cuanto al tipo de expediente, considero oportuna su tramitación ordinaria, ya que no existe ningún motivo objetivo para tramitarlo de manera urgente. Además la tramitación urgente en este caso no haría más que limitar la competitividad.

Según lo dispuesto en el artículo 122 de la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público, la adjudicación de este contrato puede realizarse mediante procedimiento abierto, restringido o negociado. En el caso del procedimiento abierto, todo aquel empresario que esté interesado puede presentar su proposición; en el caso del procedimiento restringido, solo los empresarios designados por la Administración pueden presentar su proposición; y en el caso del procedimiento negociado, la Administración adjudicará el contrato al empresario correspondiente, previa negociación y consulta con diversos empresarios. Según lo dispuesto en los artículos 154 y 161, debería rechazarse el procedimiento negociado.

Teniendo en cuenta que este tipo de contrato no es nada complejo, me he inclinado por el procedimiento abierto previsto en el artículo 141 y siguiente de la mencionada Ley, a la hora de redactar el pliego de condiciones administrativas particulares que ha de regir el mismo. En cualquier caso, el procedimiento restringido también es posible y opcional.

En virtud de lo dispuesto en los artículos 122, 126, 141 y siguientes de la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público, y a propuesta del concejal delegado de Urbanismo, Medio Ambiente, Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local ha adoptado las siguientes resoluciones:

PRIMERO: Iniciar el expediente de contratación mediante procedimiento abierto.

SEGUNDO: Aprobar el Pliego de Condiciones Administrativas y Técnicas que ha de regir el presente contrato de suministro.

TERCERO: Aprobar el gasto correspondiente al presente contrato (A-6).

6.- Propuesta para la concesión de licencia de actividad a Calderería Pasajes, S.L. para la actividad de calderería en el pabellón sito en el nº 44 de Urune kalea (2009H0050006).

Examinado el expediente de actividades que se tramita a instancia de Calderería Pasajes, S.L. y vistos los informes jurídico y técnico emitidos al efecto, así mismo, a propuesta del concejal delegado de Urbanismo, Medio Ambiente, Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local ha adoptado las siguientes resoluciones:

PRIMERO: Conceder la licencia de actividad a Calderería Pasajes, S.L., para llevar a cabo la actividad de calderería en el pabellón ubicado en Urune kalea 44, condicionado a cumplir con las siguientes condiciones:

  • Deberá cumplir con las medidas correctoras impuestas tanto por el Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio, Agricultura y Pesca del Gobierno Vasco y por Osakidetza.
  • Una vez cumplidas las medidas correctoras impuestas, se deberá solicitar en el ayuntamiento la licencia de apertura, presentando para ello un informe técnico visado certificando la ejecución de las medidas correctoras

SEGUNDO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

  • Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

  • Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

7.- Propuesta de informe favorable al expediente de CBG S, COOP/ UBEGAS S.L., para la actividad de taller de reparación de compresores y de almacén de botellas de gases, a ejercer en el pabellón sito en el nº 41 de Txatxamendi kalea (2009H0050010).

Examinado el expediente de actividades que se tramita a instancia CBG S, COOP/ Ubegas S.L. y vistos los informes jurídico y técnico emitidos al efecto, así mismo, y a propuesta del concejal delegado de de Urbanismo, Medio Ambiente y Obras y Servicios, la Junta de Gobierno Local ha adoptado las siguientes resoluciones:

PRIMERO: Informar favorablemente dicho expediente, cuyas actividades son las de taller de reparación de compresores y de almacén de botellas de gases, a ejercer en el pabellón sito en el nº 41 de Txatxamendi kalea.

SEGUNDO: Elevar el expediente al Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente del Gobierno Vasco, a fin de que procedan a imponer las medidas correctoras que correspondan.

 

 

 

 

 

 

 

 

SERVICIOS SOCIALES

 

8.- Propuesta para solicitar la ayuda económica del Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local, para el desarrollo del programa de ayuda a domicilio y para el programa de intervención socioeducativa en medio abierto con jóvenes y menores en situación de riesgo (2009ID500006).

Examinado visto el informe del técnico municipal de Servicios Sociales, y a propuesta de alcaldía, la Junta de Gobierno Local ha adoptado las siguientes resoluciones:

PRIMERO: Solicitar la ayuda económica prevista en el Real Decreto-Ley 13/2009, de 26 de octubre por el que se crea el Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local, dirigida a financiar gastos corrientes de los Servicios Sociales del Ayuntamiento de Lezo

SEGUNDO: Que esta ayuda se dirija para el desarrollo del programa de "Ayuda a Domicilio" y para el programa de "Intervención socioeducativa en medio abierto con jóvenes y menores en situación de riesgo".

TERCERO: Solicitar en total una ayuda de 130.465 €: 90.000 € para el programa de Servicio de ayuda a domicilio, y 40.465 € para el programa de intervención socioeducativa en medio abierto con jóvenes y menores en situación de riesgo.

9.- Propuesta para aprobar los criterios para la distribución de las ayudas de emergencia social y ayudas a familias.

Vistas las solicitudes de ayuda de emergencia social recibidas en este Ayuntamiento de Lezo y analizada la consignación presupuestaria municipal destinada a cubrir dichas ayudas, así mismo, a propuesta de alcaldía, la Junta de Gobierno Local ha adoptado las siguientes resoluciones:

PRIMERO: Tendrán derecho a percibir ayudas de emergencia social las personas que cumplan las condiciones establecidas en la Ley 18/2008, de 23 de diciembre, para la Garantía de Ingresos y para la Inclusión Social.

SEGUNDO: Tendrán derecho a percibir ayudas económicas a familias los ciudadanos que no cumplan las condiciones de acceso a las ayudas de emergencia social (edad, tiempo de empadronamiento...). Será necesario el informe sobre la situación de necesidad redactado por la trabajadora social. El procedimiento de concesión será el mismo que en las ayudas de emergencia social.

TERCERO: Se establecen y se aprueban los siguientes criterios para la distribución y concesión de las ayudas de emergencia social y ayudas a familias.

  • A. Unidades convivenciales constituidas por pensionistas. Se aprobará ayudas por tres conceptos como máximo. Las solicitudes de ayuda se podrán presentar para todo el año 2010 y se aprobarán para todo el año. Las cantidades máximas que se concederán por cada concepto son las siguientes:

- Gastos de alquiler y gastos de intereses y amortización de créditos de vivienda habitual, el 50% del gasto solicitado siendo el máximo de la ayuda 217 € mensuales. En concepto de gastos por entrada en una vivienda, el 50% del gasto solicitado siendo el máximo de la ayuda 434 € en total.

- Gastos de mantenimiento de vivienda: máximo de la ayuda 92.50€/mes.

- Gastos de instalaciones y reparaciones: el 50% del gasto solicitado siendo el máximo de la ayuda 550 € al año en total.

- Electrodomésticos y muebles: el 50% del gasto solicitado siendo el máximo de la ayuda 550 € al año en total.

- Necesidades básicas: el 50% del gasto solicitado siendo el máximo de la ayuda 550 € al año en total.

-Deudas que se tengan por todos los conceptos anteriores: dependiendo del concepto las cantidades y porcentajes que se establecen por cada concepto.

  • B. Unidades convivenciales constituidas por personas en edad activa laboral que están trabajando o/y tienen suscrito convenio de inserción. Se aprobará ayudas por dos conceptos como máximo. En todo caso, y con informe de la trabajadora social, se aceptará un tercer concepto siempre que sea necesario para posibilitar cualquier modalidad de proceso de inserción del solicitante o cualquier miembro de la unidad de convivencia. Las solicitudes de ayuda se podrán presentar para todo el año 2009 y se aprobarán para todo el año. Las cantidades máximas que se concederán por cada concepto son las siguientes:

 

- Gastos de alquiler y gastos de intereses y amortización de créditos de vivienda habitual, el 50% del gasto solicitado siendo el máximo de la ayuda 217 € mensuales. En concepto de gastos por entrada en una vivienda, el 50% del gasto solicitado siendo el máximo de la ayuda 434 € en total.

- Gastos de mantenimiento de vivienda: máximo de la ayuda 46.5 €/mes.

- Gastos de instalaciones y reparaciones: el 50% del gasto solicitado siendo el máximo de la ayuda 550 € al año en total.

- Electrodomésticos y muebles: el 50% del gasto solicitado siendo el máximo de la ayuda 550 € al año en total.

- Necesidades básicas: el 50% del gasto solicitado siendo el máximo de la ayuda 550 € al año en total.

- Deudas que se tengan por todos los conceptos anteriores: dependiendo del concepto las cantidades y porcentajes que se establecen por cada concepto.

D. Unidades convivenciales constituidas por personas en edad acitva laboral que no están trabajando y no han suscrito convenio de inserción. Se aprobará ayudas por un solo concepto. Las solicitudes de ayuda se podrán presentar para todo el año 2010 y se aprobarán para todo el año. Las cantidades máximas que se concederán por cada concepto son las siguientes:

- Gastos de alquiler y gastos de intereses y amortización de créditos de vivienda habitual, el 50% del gasto solicitado siendo el máximo de la ayuda 109€ mensuales. En concepto de gastos por entrada en una vivienda, el 50% del gasto solicitado siendo el máximo de la ayuda 218 € en total.

- Gastos de mantenimiento de vivienda: máximo de la ayuda 22 €/mes.

- Gastos de instalaciones y reparaciones: no se prioriza este concepto para estas unidades convivenciales.

- Electrodomésticos y muebles: no se prioriza este concepto para estas unidades convivenciales.

- Necesidades básicas: el 50% del gasto solicitado siendo el máximo de la ayuda 550 € al año en total.

- Deudas que se tengan por todos los conceptos anteriores: dependiendo del concepto las cantidades y porcentajes que se establecen por cada concepto.

CUARTO: Los beneficiarios de ayudas de emergencia social deberán cumplir las siguientes condiciones:

- La subvención deberá utilizarse para los fines a los que se ha solicitado.

- Se debe de justificar la subvención presentando los correspondientes recibos y facturas (trimestralmente)

- En caso de modificación de alguna de las condiciones del momento de la recepción de la subvención, comunicarlo a los Servicios Sociales del Ayuntamiento.

- En caso de que el beneficiario cambie de domicilio, comunicarlo.

- Devolver las cantidades que no le correspondan.

- Acudir y colaborar con los servicios sociales cuando así se le solicite o cuando han suscrito los convenios de inserción.

QUINTO: En función de la disponibilidad presupuestaria del Ayuntamiento podrán adoptarse medidas o criterios que complementen las actuales dirigidas a redistribuir mayores cuantías por los conceptos solicitados o al contrario para redistribuir menores cuantías por los conceptos solicitados.

SEXTO: Recursos contra esta resolución:

a) El solicitante, si así lo desea, puede presentar un recurso de reposición, antes de acudir al contencioso (Ley 30/1992).

  • Para ello tiene el plazo de un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse a la Junta de Gobierno Local.

b) De lo contrario, puede presentar directamente un recurso contencioso administrativo.

  • Para ello tiene el plazo de dos meses a partir del día siguiente a recibir la notificación de esta resolución.
  • De presentar recurso debe dirigirse al Juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

EUSKARA-CULTURA

10.- Ratificación del decreto de alcaldía nº D10/00034, sobre la compra de tambores para las fiestas de Santacruz (2010ALO30004).

No se ha ratificado el decreto. Este gasto se realizará de otra manera.

11.- Ratificación del decreto de alcaldía nº D10/00033, sobre la firma del convenio de colaboración con Murixka Dantza Taldea durante los años 2010-2011 (2010KU360001).

Se ha ratificado el decreto, por tanto, el convenio de colaboración y el compromiso de gasto recogido en él.

INTERVENCIÓN

12.- Aprobación de la relación de facturas nº 53.

Se ha aprobado.

 

ALCALDÍA Y DELEGADOS

 

13.- Dación de cuenta de resoluciones de Alcaldía.

 

El alcalde da cuenta de las resoluciones adoptadas desde la celebración de la última Junta de Gobierno, desde el 12 de enero de 2010.

 

Entre éstas, se ha aprobado el decreto D10/00064. Mediante dicho decreto se ha adjudicado a la empresa Nigurko Eraikuntzak, S.L. por 47.703,28 €, la obra para la ejecución de la escalera y la acera entre Piku kale y la parada del autobús.

RUEGOS Y PREGUNTAS.

No ha habido ruegos ni preguntas.

Cierre del acta.

Y no habiendo más asuntos que tratar, siendo las 10:00 horas, la presidencia da por finalizada la sesión, levantándose la presente acta en las hojas oficiales números 828.560 al 828.567 y del 828.569 al 828.569 que firman todos los corporativos asistentes conmigo el secretario, de todo lo cual doy fe.

Eguna